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jueves, 31 de agosto de 2023

Trabajadora indemnizada con 3000 euros por daño moral tras negársele la posibilidad de fraccionar las vacaciones para cuidar de su hijo

 



El TSJ de Galicia condena a una empresa a indemnizar a una trabajadora con 3.000 euros por daño moral tras negarle la posibilidad de fraccionar sus vacaciones para cuidado de hijo y vulnerar su derecho a la conciliación entre vida laboral y familiar.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado a una empresa a pagar 3.000 euros a una trabajadora como indemnización por daño moral, tras negarle la opción de fraccionar sus vacaciones para cuidar de su hijo. Esta decisión judicial responde a la vulneración de los derechos de la trabajadora, en consideración con su necesidad de conciliar su vida laboral y familiar.

En la STSJ de Galicia, rec. 853/2023 de 29 de mayo del 2023, ES:TSJGAL:2023:3939, la Sala de lo Social condena a una empresa a indemnizar a una trabajadora con 3.000 euros por daño moral, tras denegar su derecho a la fraccionación de sus vacaciones. La trabajadora, una auxiliar de ayuda a domicilio, necesitaba contar con días de vacaciones en agosto, septiembre y diciembre debido a la enfermedad de su hijo.

Esta resolución judicial considera que la empresa vulneró el derecho de la trabajadora a la conciliación de la vida familiar y laboral. La mercantil, que obligaba a su plantilla a fraccionar sus vacaciones en dos quincenas, se había negado a negociar la medida de conciliación solicitada al amparo del art. 34.8 del ET.

El convenio colectivo aplicable establece que: «(...) las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa», es decir, no impide dicho fraccionamiento, pues simplemente lo condiciona a que exista acuerdo de las partes. Según el fallo, la actual redacción del art. 34.8 del ET «(...) sobrepasa la ordenación de la jornada para referirse la introducción de fórmulas de jornada continuada, horario flexible u otras de organización del tiempo de trabajo y de los descansos que permitan la mayor compatibilidad». 

Según indica la sentencia, la empleada había probado la existencia de una necesidad de conciliar y la empresa se limita a negarle la medida de conciliación pedida no en base a razones organizativas ni en la desproporcionalidad de lo pedido sino en la imposibilidad convencional de concederla «lo que no es un argumento lícito porque precisamente el Convenio lo permite, aunque sea de forma excepcional, y la empresa ha concedido lo mismo que pidió la actora a otras trabajadoras».

En base a todo lo anterior, se condena a la empresa a abonar a la trabajadora 3.000 euros como indemnización por daño moral.



viernes, 4 de agosto de 2023

Grado medio seguridad (vigilante de seguridad): nuevo título FP

 


Grado medio seguridad (vigilante de seguridad): nuevo título FP

 

Duración del estudio

2000 horas


Requisitos de acceso

Puedes acceder a un ciclo de grado medio cuando reúnas alguno de los siguientes requisitos:

Acceso directo:

·       Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.

·       Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar o equivalente a efectos académicos.

·       Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP).

Acceso mediante prueba (para quienes no tengan alguno de los requisitos anteriores)

·       Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio (se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).

¿Qué voy a aprender y hacer?

·       Vigilar y proteger bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, y las personas que se encuentren en los mismos, siguiendo los protocolos establecidos.

·       Vigilar y proteger personas y bienes en fincas rústicas, en fincas de caza, espacios de pesca fluvial o zonas marítimas con fines pesqueros de acuerdo con los regímenes de aplicación específicos de cada ámbito.

·       Efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, verificando la acreditación o autorización, mediante el uso de los medios técnicos, manuales o visuales establecidos.

·       Acompañar, defender y proteger a personas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos, actuando de acuerdo con los límites establecidos por la normativa vigente.

·       Detectar, prevenir, evitar y oponerse a las infracciones administrativas o actos delictivos sobre las personas o bienes objeto de su protección, haciendo cumplir la legislación, en el ámbito de su responsabilidad.

·       Efectuar y proteger el transporte de seguridad, según lo establecido en los procedimientos aplicables.

·       Colaborar con el conjunto de servicios de seguridad del Estado, siempre que se requiera, siguiendo los protocolos operativos aplicables.

·       Identificar las técnicas de uso, limpieza y conservación del armamento reglamentario de forma experta y con el equipo técnico específico.

·       Proporcionar la atención básica a los accidentados en situaciones de emergencia, aplicando los primeros auxilios y técnicas de apoyo psicológico y autocontrol.

·       Detectar y comunicar los riesgos de incendios que puedan producirse en el ámbito rural y urbano y colaborando en su prevención y extinción de acuerdo a los protocolos establecidos.

Consulta el resto de competencias en el Real Decreto de establecimiento de este título.

Plan de formación

Los módulos profesionales de este ciclo formativo son los siguientes:

·       Primeros auxilios.

·       Inglés.

·       Ordenamiento jurídico en seguridad.

·       Habilidades sociopersonales.

·       Tecnología aplicada a la seguridad.

·       Acondicionamiento físico y defensa personal.

·       Vigilancia e intervención operativa básica en incendios.

·       Vigilancia y Protección.

·       Guarderío rural, cinegético, fluvial y marítimo.

·       Formación y orientación laboral.

·       Empresa e iniciativa emprendedora.

·       Formación en centros de trabajo.

Al finalizar mis estudios, ¿Qué puedo hacer?

Trabajar:

·       Escoltas.

·       Vigilantes de seguridad privada, en todas sus especialidades, incluida la vigilancia de explosivos.

·       Guardas rurales y sus especialidades de guardas de caza y guardapescas marítimos

¿Cuáles son las salidas profesionales?

 

Las personas que obtienen este título desarrollan su actividad profesional en servicios de seguridad en entornos de naturaleza pública o privada. Llevan a cabo su actividad en establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, pertenecientes a diversos ámbitos como las infraestructuras de transporte, industria, comercio, sectores educativo y sanitario, sedes corporativas, ámbito residencial o edificios de las administraciones públicas, entre otros, dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Su actividad profesional y el acceso a la misma está sometida a regulación por la Administración competente.