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GUÍA INFORMATIVA

miércoles, 11 de diciembre de 2019

INCAPACIDAD TEMPORAL





INCAPACIDAD TEMPORAL
¿Qué es la Incapacidad Temporal (IT)? Es un subsidio diario que cubre la perdida de rentas mientras el trabajador está imposibilitado para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

¿Qué cobro cuando estoy enfermo? Nos tenemos que remitir al Convenio Colectivo, articulo 51 apartado b). Incapacidad temporal en caso de enfermedad o accidente no laboral.
En este caso tenemos una mejora respecto a lo que pagaría la seguridad social, donde las empresas complementan los porcentajes de la base de cotización por contingencias comunes.

Que paga la S.S.

Como queda
Del día 1 a 3 nada
Del día 1 al 3, por solo una vez al año el 50% base de cotización. (Paga la empresa)
Del día 4 al 20, el 60% Base de Cotización
Del día 4 al 20, hasta 80% de la base de cotización. (Complemento un 20 %)


Del día 21 en adelante el 75% de la base de cotización
Del día 21 al 40, hasta el 100% de la base de cotización (complemento un 25%).
Del 41 al 60, hasta el 90% de la base de cotización (complemento 15%)
Del 61 al 90, hasta el 80% BC. (complemento 5%)
Del 91  en  adelante, como  está       legislado.             No      se complementa nada. Abono 75% BC.

Para este cálculo tomaremos la base de cotización por contingencias comunes de la nómina anterior a producirse la baja y la aplicaremos los tramos de la tabla, donde aparecerá por un lado lo que percibimos por lo que nos corresponde por la S.S. y por otro lado lo que complementa la empresa en función de los días de baja.


ENTREGA DE PARTES.

Plazos de comunicación del trabajador a la empresa:

·       Partes de baja: 3 días
·       Partes de confirmación: 3 días.
·       Partes de alta. 24 horas.

Ø  El plazo empieza a contar a partir de que el medico expide el parte.
Ø  Hay que entregar el original de la copia destinada a la empresa.
Ø  Entregarlo fuera de plazo puede conllevar sanción por parte de la empresa. La empresa ya ha sancionado por este motivo.
Ø  En los casos de bajas muy cortas (hasta 4 días de duración), donde el medico da la baja y el alta en el mismo documento. El plazo para presentarlo acaba a las 24 horas siguientes a la fecha prevista para el alta.

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