jueves, 4 de febrero de 2021



¿Puede un vigilante de seguridad que presta servicio armado en una empresa cubrir un servicio armado en otra empresa distinta?

En relación al arma se debe depositar al finalizar la jornada en la empresa para la que trabaja. Por lo que, si quiere trabajar en otra empresa distinta desarrollando un servicio armado, será esta otra empresa la que le facilitará el arma de fuego con la documentación correspondiente en vigor, siempre y cuando no se supere la actividad laboral de 8 horas en total entre las dos empresas.

UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA




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