lunes, 5 de noviembre de 2018

"El mirón": nueva categoría laboral en seguridad privada


Los vecinos de Arcas piden más seguridad ante la espera de informes

Sobre la mesa, medidas como la instalación de cámaras, lectores de matrículas o la contratación de un 'mirón'


los vecinos de la zona señalan sentirse “inseguros” y piden una mayor seguridad. “La noche de este último robo, cuando se avisó a la Guardia Civil, no había nadie en el cuartel de Arcas, ya que sólo está abierto dos días a la semana y hasta las dos de la tarde, la llamada se pasó a la centralita de Cuenca y acudió al lugar una pareja de agentes del Villar de Domingo García, tardando unos 45 minutos”, declaraba uno de los vecinos de la urbanización consultado por Las Noticias.

La instalación de cámaras en puntos de acceso y glorietas es algo que está llevando su tiempo dado que se encuentran en la vía pública, aunque según las fuentes consultadas, se prevé que para el próximo 9 de noviembre esté disponible el citado informe para saber si son viables medidas como esta u otras alternativas como un lector de matrículas, mayor iluminación o la contratación de seguridad privada.

Por el momento, tanto los representantes vecinales como la presidenta de la entidad del grupo de viviendas piden un mayor apoyo por parte de las instituciones ante la continua espera de recibir los informes de actuación por parte del Ayuntamiento.

En este caso, el próximo martes tendrán una reunión con los distintos vecinos donde habrá representación del consorcio y a la que se ha invitado al alcalde. Vecinos aseguran que se les ha recomendado la instalación de sistemas de seguridad, “pero no queremos esperar a que suene una alarma, queremos más vigilancia”, aseguran. Otra de las propuestas que de actuación inmediata que han sugerido desde varias comunidades es la contratación de un
‘mirón’, una persona que vigile las distintas urbanizaciones registrando cualquier movimiento sospechoso.


RESUMIENDO : los vecinos se están planteando contratar a "un mirón" que vigile las distintas urbanizaciones registrando cualquier movimiento sospechoso.

 Un nuevo superagente de seguridad que recorra las urbanizaciones volando con su capa y vigilando con su supermirada todo movimiento de los "malos" para atajar el delito ....

                  ESTO ES DE RISA

Las ganancias netas registradas en Prosegur Cash en los nueve primeros meses fueron un 43,1% inferiores a 2017


Prosegur Cash obtiene un beneficio neto de 140 millones hasta septiembre, un 17,5% menos



Prosegur Cash logró un beneficio neto atribuible a su actividad de 140 millones de euros en los nueve primeros meses de este año, lo que supone un 17,5% menos con respecto al mismo periodo del año anterior, según ha informado este lunes la compañía. Si se consideran las operaciones societarias realizadas dentro del proceso de salida a Bolsa de la compañía, según se detalló en el folleto de la operación, el beneficio neto registrado en el periodo es un 43,1% inferior.

Entre enero y septiembre, las ventas de Prosegur Cash alcanzaron los 1.217 millones de euros, un 15,2% menos con respecto a la cifra registrada un año antes. Según ha explicado la compañía, el periodo ha estado marcado por la devaluación de las monedas en los mercados de América Latina. Además, la declaración de Argentina como economía hiperinflacionaria ha derivado en la aplicación de las normativas IAS 21 y 29.

En conjunto, la incidencia de la tasa de cambio para los mercados en los que opera la compañía ha restado un 26,8% incluyendo el efecto de la aplicación de dichas normas contables. En cualquier caso, la firma ha destacado la fortaleza del negocio subyacente, ya que las ventas en moneda constante han registrado un crecimiento del 8,7%.

Pese a la volatilidad del mercado de divisas, Prosegur Cash ha mantenido el margen sobre el resultado neto de explotación (Ebit) en el 16,3%, muy cerca del 17,8% de los nueve primeros meses 2017, lo que supone un buen indicador de la resistencia del modelo de negocio a pesar de las intensas fluctuaciones de los tipos de cambio. En concreto, el Ebit se situó en los 198 millones de euros, lo que representa un 22,3% menos, también comparado con las cifras atribuibles a la actividad del negocio en el mismo periodo de 2017.


Por geografías, Prosegur Cash obtuvo unas ventas en América Latina de 789 millones de euros. La región aportó el 65% de las ventas totales y mantuvo un crecimiento orgánico saludable del 13,3%. Además, hay que añadir la contribución positiva de las adquisiciones, que sumaron un 2,1% de crecimiento. No obstante, es en América Latina donde la devaluación de las divisas ha tenido un mayor impacto, con lo que el resultado en euros ha sido un 22,1% menos que en el mismo periodo de 2017.El resultado bruto de explotación (Ebitda), por su parte, alcanzó los 250 millones de euros, un 18,1% menos que en el mismo periodo del año anterior comparando las cifras atribuibles a la actividad del negocio. Incluyendo las operaciones societarias realizadas dentro del proceso de salida a Bolsa de la compañía, Ebit y Ebitda retroceden un 41,6% y un 35,9% respectivamente.

Europa aportó el 30% de la facturación total con unas ventas de 363 millones de euros, lo que representa un aumento del 4,9% con respecto al ejercicio precedente. Asia, Oceanía y África aportaron en conjunto el 5% de las ventas de la compañía con 65 millones de euros, un 15,6% menos con respecto a los nueve primeros meses de 2017.

La deuda financiera neta, incluyendo los pagos aplazados de las adquisiciones recientes y la autocartera de Prosegur Cash, ha finalizado el periodo de los nueve primeros meses de este año en 489 millones de euros. La compañía mantiene, por tanto, un nivel de 1,3 vez deuda neta sobre Ebitda, muy por debajo del límite interno de 2,5 veces.

"Esta situación de bajo endeudamiento le permite seguir comprometida con su programa de adquisiciones acorde a su estrategia de liderazgo dentro de la industria global de transporte de fondos y gestión de efectivo", ha resaltado la compañía. El pasado mes de octubre, la agencia de calificación Standard & Poor's ratificó la calificación de Prosegur Cash como BBB con perspectiva estable.

viernes, 2 de noviembre de 2018

La subida del salario mínimo interprofesional para el año 2019




La subida del salario mínimo interprofesional para el año 2019



En los últimos días se ha anunciado desde el Gobierno la subida del SMI desde los 735.9 euros mensuales actuales hasta los 900 euros.

Estos 900 € al mes son en 14 pagas, por lo que si hablamos de que las pagas extras están prorrateadas, el salario mínimo interprofesional se sitúa en 1.050 € mensuales con las pagas extras prorrateadas, lo que se traduce en 12.600 € anuales.

¿Está medida afecta a todos los trabajadores?


No, no todos los trabajadores van a ver aumentado su salario por la subida del SMI.

Sin embargo, sí que podrán ser beneficiados de manera indirecta ya que el SMI tiene efectos sobre determinadas contingencias.

Por ejemplo, los límites de salario e indemnizaciones que abona el FOGASA se va a incrementar, así como la protección del salario en caso de concurso de acreedores, o la cantidad de salario que va a estar protegida y no puede ser embargada. En el caso del FOGASA, se tiene en cuenta la fecha del decreto de insolvencia que permite acudir al FOGASA.

En definitiva, aunque no te aumenten el salario, todos los trabajadores pueden verse beneficiados por el hecho de que se aumente el SMI.

¿A que trabajadores les va a subir el salario?

El primer colectivo de trabajadores más beneficiado será aquellos que no tienen un convenio colectivoque regule su relación laboral y por tanto, el salario mínimo que perciben es el SMI salvo que haya pactado con el empresario una subida de salario. Puede ser el caso de los ordenanzas en accesos.

En este conjunto, debemos tener en cuenta al sector de los empleados del hogar familiar.

Por otro lado, que un trabajador esté amparado por un convenio colectivo no quiere decir que no le afecte esta medida.


En primer lugar, el convenio nunca puede recoger un salario inferior al nuevo salario mínimo interprofesional, por lo que todos aquellos trabajadores que perciban un salario inferior deberán de ver incrementado su nómina sin necesidad de que se publiquen unas nuevas tablas salariales en el convenio colectivo.

Además, aunque el trabajador perciba un salario superior a los 900 € en los que se fija el SMI, puede verse beneficiado por la medida, en función de la naturaleza salarial (o extrasalarial) de los conceptos que se indican en la nómina.

Vamos a intentar explicar esta cuestión, los distintos conceptos que se abonan en una nómina, esto es salario base más complementos, tienen una naturaleza determinada y habrá que analizar esa naturaleza para saber si se nos tiene que aplicar la subida del SMI.

Pongamos un ejemplo que se verá más claro;

Salario base ….. 800 €
Plus de vestimenta …. 150 €
Plus de transporte …. 100 €
Pacto de dedicación exclusiva …. 250 €
TOTAL … 1.300 €


Este trabajador cobra un salario bastante superior al SMI, sin embargo tiene derecho a la subida, ya que los diferentes conceptos salariales, a excepción del salario base, retribuyen una cuestión específica y concreta que no puede compensar la subida del SMI.

El plus de vestimenta y de transporte, no es un concepto salarial, sino extrasalarial. No retribuye el trabajo, sino los gastos ocasionados al trabajador con ocasión del trabajo. Por lo tanto, estos conceptos no pueden compensarse con el salario base ya que la naturaleza es diferente.

El pacto de dedicación exclusiva implica que el trabajador no puede tener otro trabajo en función de lo acordado en un pacto entre empresario y trabajador. Este concepto salarial, retribuye de manera específica un pacto individual y no puede compensarse con el SMI.

En consecuencia, en este caso concreto, el salario base debería aumentar hasta los 900 € que se fija como SMI para el año 2019, y el salario total hasta los 1.400 €.

Distinto sería que el trabajador tuviera un complemento que se suele determinar como “complemento personal”, o “complemento de convenio” o “complemento voluntario” o similar. Este tipo de complementos no retribuye una cuestión específica, por lo que si que puede compensar la subida del SMI.

Aporta tus ideas enviando un correo a :  inigo.ccoo@hotmail.com

Los empleados de renfe han sufrido 3.435 agresiones desde 2012




Los empleados y los vigilantes de seguridad que prestan sus servicios en las estaciones y trenes de Renfe han sufrido un total de 3.435 agresiones físicas y verbales, incluidas coacciones y amenazas, desde el año 2012.

Así lo revela el Gobierno en una respuesta escrita al diputado de Unidos Podemos Félix Alonso a la que ha tenido acceso Servimedia y en la que se explican también algunas medidas impulsadas por Renfe para afrontar este problema.

De las agresiones contabilizadas entre enero de 2012 y junio de 2018 destaca el hecho de que 1.537, el 44,7%, se produjeron en Cataluña. En cuanto a su evolución, el máximo se registró en 2016, con 590 agresiones. Ese año fue también el que registró un porcentaje mayor de casos en Cataluña, el 54,9%, con 324.

Posteriormente, en 2017 las agresiones en España bajaron hasta 506, de las que 202 tuvieron lugar en Cataluña, el 39,9%. Sin embargo, hasta junio de 2018 volvió la tendencia al alza, con 338 casos en toda España y 146 en Cataluña, el 43,2%.

Anteriormente, en 2012 se produjeron 484 agresiones en España y 223 en Cataluña (46,1%); en 2013, 424 en el conjunto del país y 185 en Cataluña (43,6%); en 2014, 543 en España y 208 en Cataluña (38,3%), y en 2015, 550 en España y 249 en Cataluña (45,2%).

Entre las medidas para luchar contra este incremento de las agresiones, Renfe está llevando a cabo acciones para que sus empleados presenten denuncias, de modo que no queden sin ser perseguidas policial y judicialmente.

Al mismo tiempo, ante el alto porcentaje registrado en Cataluña, mantiene reuniones periódicas con Mossos d'Esquadra con el fin de que se incremente su presencia física en las estaciones y los trenes.

Por su parte, los Mossos d'Esquadra están impartiendo formación a los empleados de Renfe sobre la forma adecuada de responder a las provocaciones y agresiones que sufren por parte de viajeros y otros usuarios.

Bla bla bla......asi nos pasamos la vida.
Y mientras tanto continuamos sufriendo todo tipo de agresiones, tanto físicas como verbales.

Que medidas piensan tomar RENFE, JUECES y FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD ??????


lunes, 29 de octubre de 2018

Guía rápida de la prestación de jubilación hoy




Guía rápida de la prestación de jubilación hoy



Las ultimas reformas han introducido importantes variaciones en la prestación de jubilación . Veamos en qué punto estamos y cuáles son los requisitos que se exigen a un trabajador del régimen general para acceder a la prestación de jubilación




Hagamos un repaso por la prestación por jubilación y en qué punto estamos en la aplicación de las reformas de los últimos años.

¿Cuándo puedo jubilarme?

En general, la edad para poder acceder a la pensión de jubilación depende del propio interesado y de las cotizaciones que haya acumulado a lo largo de su vida laboral. En todo caso, cuando se termine de implementar la reforma, tendrá que haber cumplido los 67 años, en general, o bien tener los 65 y acreditar 38 años y medio cotizados.

En concreto, en 2017 la edad de jubilación exigida es 65 años si se han cotizado 36 años y tres meses o más, y 65 años y 5 meses si la cotización ha sido de menos de 36 años y tres meses (ver tabla).

¿Hay alguna opción para jubilarme antes?

En general, hay que jubilarse a la edad que corresponde, aunque la edad mínima puede rebajarse en supuestos especiales. Eso sí, nunca podrá ser antes de los 52 años.

– Jubilación anticipada a partir de los 60 por ser mutualista.

– Jubilación anticipada a partir de los 61 si no eres mutualista.

– Jubilación parcial.

– Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y Ertzaintza.

– Jubilación flexible.

– Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.

¿Y si he cotizado más de 40 años?

Para jubilarse, hay que llegar a la edad legal de jubilación. Si nos jubilamos antes, veremos mermada nuestra prestación hasta en un 7,5% por cada año que hayamos adelantado nuestra salida del mercado laboral. En todo caso, estos coeficientes reductores no son lineales. Las personas que han cotizado más de 40 años ven rebajada su prestación en un 6% por año.

¿Cuántos años tengo que haber cotizado para cobrar la pensión?

Como mínimo, 15 años a los largo de tu vida, de los cuáles, dos tienen que haber sido en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Para hacer el cálculo, sólo se tienen en cuenta las cotizaciones efectivamente realizadas y no se tiene en cuenta la parte proporcional de las pagas extra.

¿Cuánto voy a cobrar?

Para saber cuánto voy a cobrar, lo primero es establecer mi base reguladora.

La base reguladora será, en 2017, el resultado de dividir por 280 las bases de cotización del interesado durante los 240 meses inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante. Estos factores se irán incrementando hasta el año 2022, en el que la base reguladora será el resultado de dividir las bases de cotización del interesado en los últimos 300 meses entre 350.

En 2017, ya se tienen en cuenta los últimos 20 años que se haya cotizado. Esta cantidad se irá incrementando a razón de 12 meses al año, hasta 2022 (cuando se computarán 25 años).

Se cobra el 50% de la pensión por los primeros 15 años cotizados. Cada mes adicional, supone un porcentaje de incremento hasta completar el 100% una vez que se completen los 35,5 años cotizados. Eso, en 2017. Los años necesarios para acceder al 100% de la jubilación en 2027 serán 37.

A las mujeres que hayan tenido 2 o más hijos, se les aplicará un complemento por maternidad: el 5% si son 2 hijos, el 10% si son 3, y el 15% si son más.

¿Y si trabajo después de los 65?

Cuando se accede a la prestación a una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y se ha reunido el periodo mínimo de cotización, el interesado disfruta de un porcentaje adicional por cada año completo cotizado. Si se han cotizado hasta 25 años, se suma un 2%; si se han cotizado entre 25 y 37 años, se suma un 2,75%, y si se ha cotizado más de 37 años, el suplemento es del 4%.


En el siguiente enlace puedes descargarte una breve pero muy interesante guía de pensiones actualizada a 2018
 Guía de la Pensión Publica de Jubilación



La justicia europea avala que las embarazadas no trabajen de noche tras la denuncia de una vigilante.


La justicia europea avala que las embarazadas no trabajen de noche tras la denuncia de una vigilante.



El fallo, extensivo al periodo de lactancia, afianza el derecho a baja, también en jornada parcial, y a una prestación por los riesgos

Cuatro meses después de dar a luz a un niño, Isabel González se reincorporó a su puesto de vigilante de seguridad para la empresa Prosegur en turnos rotatorios y variables de 8 horas en el centro comercial As Termas, en la ciudad de Lugo. Parte de la jornada era por la noche. Y la trabajadora estaba dando el pecho a su hijo. Por esa razón solicitó a sus jefes la suspensión del contrato y una prestación económica, acogiéndose al riesgo durante la lactancia recogido por la ley española. Pero la mutua se negó a darle el certificado médico que acreditara la existencia de algún tipo de peligro en su caso y la solicitud acabó en el cajón. Es un requisito imprescindible, según la directiva europea sobre seguridad y salud de las empleadas embarazadas. Sin certificado, no hay baja. La afectada denunció una posible discriminación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que decidió acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para resolver varias dudas sobre la demanda. ¿Se puede hablar de trabajo nocturno aunque sea solo una parte de ese horario? ¿Se evaluaron bien los riesgos? ¿Es la trabajadora o la mutua la que deben demostrar que las condiciones laborales "no resultan técnica u objetivamente posibles o no pueden exigirse razonablemente". La justicia europea acaba de darle la razón a Isabel González y afianza el derecho "a la protección específica" de las trabajadoras embarazadas con este tipo de jornadas.


Primero, porque, efectivamente, se trata de un trabajo nocturno. La normativa en vigor no realiza "ninguna precisión sobre el alcance exacto del concepto". No existe, por tanto, ninguna limitación para que el empleo a turnos de la vigilante no fuera considerado de esa manera.


La sentencia insiste en la necesidad de que los peligros queden claros a través de un certificado médico. La evaluación "no puede estar sujeta a requisitos menos estrictos" que los aplicados "a todas las actividades que puedan conllevar un riesgo específico para estas trabajadoras". Hay que estudiar la situación "individual" de la empleada y, insiste el TJUE, "determinar si su salud o su seguridad o las de su hijo están expuestas a un riesgo". "En el supuesto de que no se haya llevado a cabo dicho examen -añade-, existirá un trato menos favorable a una mujer en relación con el embarazo o el permiso de maternidad". Lo que sucede aquí, según el tribunal europeo. No hubo "aparentemente" el estudio personalizado de los riesgos ante la negativa de Mutua Umivale y "la interesada sufrió discriminación". EL TJUE deja en manos ahora del tribunal gallego la comprobación de la negativa a la evaluación.




viernes, 26 de octubre de 2018

Agrede a su bebé y carga contra los vigilantes del aeropuerto con unas tijeras en Málaga



Agrede a su bebé y carga contra los vigilantes del aeropuerto con unas tijeras en Málaga


Portaba a su hijo en una mochila portabebés por el Aeropuerto de Málaga. Traspasó la línea de Filtros de Seguridad amenazando a los vigilantes de seguridad con unas tijeras. Al ver lo que ocurría, la Guardia Civil intervino consiguiendo arrebatarle las tijeras. La mujer se encontraba muy alterada y agresiva. A pesar de las indicaciones de los agentes para que depusiera su actitud, cada vez se encontraba más violenta, llegando a abrazar a su bebé contra su pecho con mucha fuerza y amenazando con que lo iba a matar.

El bebé se encontraba llorando y respiraba con dificultad, por lo que los guardias civiles decidieron intervenir para quitarle al niño. En ese momento, la madre comenzó a morder la mano al bebé, para causarle lesiones. No hacía caso a las indicaciones de los agentes y gritaba con el ánimo de llamar la atención del resto de pasajeros que se encontraban en la terminal.

Finalmente, se produjo un gran forcejeo en el que intervinieron seis personas para tratar de inmovilizarla y evitar que continuase hiriendo al niño. Consiguiendo desabrochar la mochila y arrebatarle al bebé, que lloraba desconsoladamente. Durante la intervención resultaron heridos un agente de la Guardia Civil y un vigilante de seguridad por mordiscos.

Los hechos tuvieron lugar el pasado día 1 de octubre. Efectivos de la Sección de Seguridad de la Guardia Civil del Aeropuerto de Málaga detuvieron a la mujer tras saltarse el control de seguridad. La arrestada, de nacionalidad keniata y de 26 años de edad, tras ser puesta a disposición judicial, fue ingresada en un hospital de la capital malagueña. El bebé, tras ser atendido en primera instancia en el aeropuerto, fue trasladado al hospital materno de Málaga, haciéndose cargo posteriormente de él Protección de Menores.