Todo lo que debes saber sobre la nueva Ley de Familias
¿En qué medida
ayudará a trabajadores y trabajadoras y sus familias?
Que la conciliación con la
vida personal y profesional es uno de los principales retos que tenemos por
delante como sociedad no es ningún descubrimiento. Solo el 41 % de la población
ocupada española señala que tiene facilidades para conciliar la vida laboral y
familiar. Esta circunstancia empeoró notablemente con la llegada de la pandemia
y la implantación generalizada del teletrabajo y, como es de esperar, las
mujeres son las que tienen más dificultades para conciliar. El 61 % de ellas
indica que le resulta difícil, frente al 56 % de los hombres. De ahí que el
Consejo de Ministros haya aprobado el anteproyecto de la Ley de Familias,
una iniciativa que surge del impulso del Ministerio de Asuntos Sociales, con la
ministra Ione Belarra al frente.
Tras la primera aprobación, la nueva legislación iniciará el
consabido trámite parlamentario y, a partir de ahí, una vez lograda su
aprobación, comenzarán a notarse los cambios en la vida de los ciudadanos, los
trabajadores y las empresas.
Pero, ¿en qué consistirá esta nueva Ley de Familias y
qué repercusión tendrá sobre los empleados?
Veamos, a continuación,
cuáles son las novedades de esta norma.
¿Qué novedades incluye la nueva Ley de Familias?
La nueva Ley de Familias aborda distintas realidades y
problemáticas, todas ellas intrínsecas del seno familiar. Una de las novedades
más relevantes es el permiso de hasta nueve días para el cuidado de familiares
y parientes cercanos. Pero, veamos cuáles son, punto por punto, todas aquellas
novedades que incluye la norma.
Permiso de 5 días para cuidar convivientes
Se trata de un permiso que
puede usarse durante todo el año, hasta un máximo de cinco días, para cuidar
familiares de hasta segundo grado (abuelos, nietos, padres, hijos, hermanos) si
tienen una enfermedad grave, así como a convivientes, aunque no sean familiares
de segundo grado. Estos días son retribuidos, de modo que los trabajadores y
trabajadoras no lo notarán en el sueldo. Hasta ahora lo único que tenían a su
disposición eran dos días al año para familiares, pero solo en caso de muerte o
enfermedad grave.
Permiso de 4 días para urgencias
¿Qué pasa si tu hijo se
pasa la noche vomitando y al día siguiente no puede ir al colegio? ¿Y si tu
padre tiene un accidente doméstico y tienes que acompañarlo al médico? Este
permiso de 4 días para urgencias no está pensado únicamente para casos de
enfermedad grave, sino para urgencias (sean de la índole que sean). Estos días
se podrán ir fragmentando por horas, hasta sumar un total de cuatro días al
año. Del mismo modo que el anterior, este permiso también será remunerado.
Prestación de 100 euros
Otra novedad importante es la prestación de 100 euros, que ya
estaba vigente hasta ahora, pero solo para madres trabajadoras. Con la nueva
Ley de Familias, habrá una retribución de 100 euros mensuales para madres con
trabajo, padres o tutores en caso de fallecimiento de la madre, madres en paro
o que lleven cotizados al menos 30 días y, si los progenitores son del mismo
sexo, uno de los dos. No podrán cobrar esta prestación aquellas personas que
estén inactivas y no estén cotizando, así como los perceptores del Ingreso
Mínimo Vital con complemento de infancia.
Permiso parental de 8
semanas
La nueva Ley de Familias también incluye un permiso parental no
retribuido que puede alargarse durante 8 semanas y disfrutarse durante los 8
primeros años de vida de un hijo. La idea es que se pueda disfrutar seguido o
repartiendo las semanas de forma discontinuada, a lo largo de los 8 años. Este
nuevo permiso amplía el de 16 semanas que sí están retribuidas.
Nuevos conceptos de familia
Otra cuestión importante tiene que ver con la nueva equiparación
de las familias monoparentales con dos hijos con las familias numerosas. Las
primeras tendrán, en cuanto se aplique la nueva ley, los mismos derechos que
las segundas
Desde CCOO
consideramos positivo el avance
Aún con todo, defendemos la necesidad de mejorar la conciliación y
consideramos positivas las medidas que ya se han ido conociendo como es el caso
de equiparar permisos por matrimonio y parejas de hecho.
Al mismo tiempo, le recordamos al gobierno que la creación de
este tipo de permisos responde a una petición de una directiva europea que busca
"ofrecer más oportunidades de permanecer en el mercado de trabajo a los
hombres y las mujeres con responsabilidades en el cuidado de
familiares".
A falta de conocer el texto definitivo y a expensas de saber si
se modificará cuando por fin inicie su recorrido parlamentario,
(previsiblemente en enero) las medidas han calado en el seno de CCOO,
donde priorizamos el cuidado de
las familias.
No obstante, queremos dejar claro que, en el caso de ciertos
permisos, como puede ser por una enfermedad repentina de un familiar no se podrá avisar con antelación por lo que las
empresas deberán tomar las medidas para prevenir sobresaltos de última hora que
les impidan cubrir los servicios a tiempo.
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