viernes, 27 de octubre de 2017

La desesperación de los trabajadores de la empresa PIRATA Seguridad Integral Canaria




SOBRAN LAS PALABRAS




Doce años y un día de cárcel por abusar de una subordinada en el trabajo



Doce años y un día de cárcel por abusar de una subordinada en el trabajo



La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un vigilante del edificio de la Tabacalera, en el barrio de Lavapiés, por abusar varias veces de una compañera de trabajo amenazando con perjudicarla laboralmente si no accedía a sus abusos

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a doce años y un día de cárcel a un vigilante de seguridad del edificio de la Tabacalera, en el barrio de Lavapiés, por abusar sexualmente varias veces de una compañera de trabajo amenazando con perjudicarla laboralmente si no accedía a someterse a las agresiones. La sentencia, contra la que ya ha anunciado recurso, también condena a la empresa para la que trabajaban e impone una indemnización de 18.000 euros para la mujer.

Según explica la sentencia, víctima y agresor trabajaban juntos en la seguridad de este emblemático edificio del barrio madrileño de Lavapiés, cercano a la glorieta de Embajadores y dedicado a la difusión del arte desde hace más de una década. Como jefe de equipo, Carlos María O.T se aprovechó de "su situación jerárquica laboral" sobre la mujer "haciéndole creer que su puesto laboral dependía de él, y que podría promover su despido", explica la sentencia. Entre otras cosas, era quien elaboraba los cuadrantes de los turnos de trabajo.

Los abusos se produjeron en tres ocasiones entre 2011 y 2013, en distintos lugares del edificio, siempre contra la voluntad de la víctima e incluso con alguna amenaza de carácter laboral: le dijo que "si no hacía lo que él quisiera no le asignaría más horas extras en su turno", por ejemplo.


"Impresiona de sinceridad"


Unos abusos sexuales que ahora la Audiencia Provincial de Madrid da por probados y que se traducen en una condena de doce años y un día de prisión, una orden de alejamiento de medio kilómetro y otros diez años más de libertad vigilada y asistencia a programas de educación sexual.

Entre otras pruebas, los magistrados de la sección 16ª destacan el testimonio de la víctima: "Impresiona de sinceridad", dicen, asegurando que su relato fue "pormenorizado y detallado" describiendo cómo su agresor "emplea la violencia" y cómo ella "se vio superada físicamente y confusa y temerosa de perder sus ingresos y trabajo". Compañeros de trabajo a los que contó lo sucedido "llorando y nerviosa" afirmaron en el juicio que no quería denunciar "por estar sola, por miedo a perder el trabajo y porque por su edad tendría dificultad para encontrar otro".

Más acusaciones

La sentencia refleja que la denunciante no fue la única mujer que acusó al condenado de abusar de ellas o de haberlo intentado, también en el ámbito laboral: una mujer que trabajó en la Tabacalera cubriendo una baja, que a su vez aseguró que una trabajadora de la limpieza también había sufrido lo mismo, así como otra testigo más. En éste último caso, la Audiencia Provincial de Madrid ya dictó sentencia absolutoria en diciembre del año pasado, manteniendo intactas las acusaciones pero explicando que en todo caso sería culpable de un delito de abusos, y no del de acoso del que había sido acusado.

En las últimas semanas, la Justicia ha dictado su ingreso en prisión teniendo en cuenta el riesgo "inequívoco" de fuga: su defensa, además de anunciar recurso contra la sentencia condenatoria, también ha recurrido su ingreso en prisión, poniendo en duda el testimonio de la víctima, acusando de nulidad al auto e incluso sacando a colación pasajes de la obra de William Shakespeare 'El Mercader de Venecia'.

Las empresas para las que trabajaron víctima y agresor cuando sucedieron los hechos, primero Prosegur y luego Seguriber, también han sido condenadas a hacerse cargo de las indemnizaciones en calidad de responsables civiles subisidarias, y también han recurrido la sentencia condenatoria. La sentencia explica que "incurrieron en una responsabilidad civil no sólo 'in eligendo', sino también 'in vigilando' durante el dilatado tiempo en que ocurrieron los hechos".

miércoles, 25 de octubre de 2017

Un juez obliga a una mujer con dos cánceres de mama a trabajar de vigilante de seguridad




ARGUMENTA QUE PUEDE ADAPTAR SU TRABAJO
Un juez obliga a una mujer con dos cánceres de mama a trabajar de vigilante de seguridad



La mujer, de 47 años, ha sufrido varias operaciones, tratamientos de quimioterapia, tiene un brazo en cabestrillo, toma fármacos para reducir el trastorno depresivo y visita al psiquiatra cada dos meses

FUENTE https://www.elconfidencial.com/




Soledad C. T. tuvo un cáncer de mama en 2010. El tratamiento de quimioterapia y la operación quirúrgica la dejaron sin pecho derecho. Tres años más tarde, la mujer presentó un nuevo tumor en su otra mama, que provocó una nueva intervención y otra mastectomía que le quitó el izquierdo. Ambos pechos fueron reconstruidos mediante cirugía, pero la mujer también presentó un "linfedema bilateral" que le afectó a los dedos de las dos manos. Especialmente mal quedó el brazo izquierdo, que aún hoy tiene que ser tratado ortopédicamente con una manga especializada.

Todos estos procesos generaron en la mujer un "trastorno adaptativo con sintomatología ansioso depresiva" que todavía dura en la actualidad. Soledad tiene que tomar fármacos periódicamente para mermar los efectos de esta patología y acude cada dos meses a la consulta del psiquiatra con el fin de mejorar su capacidad para relacionarse con el resto del mundo, una competencia que perdió precisamente como consecuencias de los padecimientos que ha sufrido.

En este contexto, la mujer pidió al Instituto Nacional de la Seguridad Social que le concediera la incapacidad al menos para desempeñar su profesión habitual, que es la de vigilante de seguridad en los juzgados de Madrid. Sin embargo, el organismo rechazó la solicitud de Soledad. Argumentó que la paciente "no presentaba reducciones anatómicas o funcionales que disminuyeran a anularan su capacidad laboral". El dictamen previo constataba la existencia de "un cuadro clínico residual consistente en trastorno adaptativo con sintomatología ansioso depresiva, carcinoma intraductal de mama derecha e infiltrante en mama izquierda".

La mujer recurrió la resolución administrativa ante los tribunales. Sin embargo, tampoco estos le dieron la razón. El titular del Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, Antonio S. G., entendió el pasado junio que Soledad tiene que reincorporarse a su puesto de vigilante de seguridad en los tribunales de Madrid, cosa que ocurrirá la próxima semana. "De acuerdo con los informes de valoración de incapacidad temporal, no desvirtuados de contrario, la actora se halla limitada para actividades de esfuerzo y sobrecargas mecánicas", reconoce la sentencia, que añade incluso los peligros que puede conllevar la práctica de determinadas actividades por parte de la paciente.

Entre estos últimos, la resolución admite el "riesgo de traumatismos incisos" o la amenaza que supone para la mujer la "proximidad a fuentes de calor". Estos "requerimientos funcionales", sin embargo, según entiende el juez, "no forman parte de las tareas fundamentales del oficio de la demandante". "De formar parte de un puesto de trabajo concreto son evitables mediante la correspondiente adaptación o cambio" de destino, considera el magistrado, que añade otros problemas que tiene la mujer y que a su juicio son salvables.

"A consecuencia del trastorno psicológico padecido, que no es grave, podría adicionarse que se halla limitada para trabajos de relación con el público y que conlleven exigencias importantes de concentración y atención; así como para trabajos de riesgo, en altura o con conducción, incluyendo servicios de armas", relata la sentencia judicial, que añade que incluso estos extremos son superables. "En cualquiera de los casos tampoco estos requerimientos son fundamentales en el oficio de la demandante, que podría desarrollar servicios sin armas", apunta el magistrado.

Los únicos oficios "para los que podría determinar incapacidad serían aquellos con requerimientos de sobrecarga de los miembros superiores por esfuerzos intensos o continuados sin necesidad de que sean muy importantes, de flexoextensión de los mismos, carga de pesos; es decir, trabajos esencialmente manuales" y que, según el titular del Juzgado de lo Social número 34, "no pueden predicarse del oficio de la demandante".

Soledad se incorporará mañana y sus compañeros la esperan con sorpresa. Consideran que es "una barbaridad" que la mujer vuelva a trabajar, ya que saben de qué va su actividad, que pueden encontrarse a gente muy nerviosa en los tribunales, que se enfrentan cada día a personas que pretenden introducir armas en los juzgados, que estos son un punto de conflictividad con enfrentamientos habituales sea cual sea el puesto que ocupes dentro de los diferentes destinos.

martes, 24 de octubre de 2017

lunes, 23 de octubre de 2017

Proteger tu vida depende de ti


PROTEGER TU VIDA DEPENDE DE TI

Cuando tu empresa te asigne un servicio nuevo, haz una primera EVALUACIÓN DE LAS CARENCIAS que tiene para tu seguridad y ponlas en conocimiento de tus representantes sindicales. Exige que den parte por escrito a los responsables operativos. 

  Solicita que te faciliten todos los MEDIOS NECESARIOS para desempeñar tu trabajo: móviles, linternas, uniformidad suficiente. Nunca realices tareas que excedan de tus funciones o que supongan un riesgo para tu integridad física (cuadros eléctricos, calderas, ascensores etc). Elabora un listado básico de teléfonos de EMERGENCIAS.  

  Cuando tengas asignado un turno en el que utilices MEDIOS DE LOCOMOCIÓN, asegúrate de que el vehículo esta optimas condiciones y tiene toda la documentación en regla y su seguro en vigor. En caso de usar ciclomotor, la empresa tiene que facilitarte un casco para tu uso personal, así como ropa de agua y material reflectante. Si estas destinado en el trasporte de fondos, exige que se te facilite chaleco anti-balas y no permitas el inicio de servicio sin la dotación completa de vigilantes. 

  En aquellos servicios que incluyan RONDAS A PIE POR EXTERIORES, pide a tu empresa uniformidad reflectante para poder ser bien visto por los vehículos que transiten por la zona. Si tienes asignado un LECTOR DE RONDAS con recorrido de picadas, asegúrate que no hay ningún riesgo a la hora de acceder a algunos de los puntos. Anota los puntos peligrosos y da conocimiento de ellos para que sea mejorado su acceso o, en su caso, sea eliminado este punto de la ronda. 

  No permitas TURNOS ABUSIVOS, ni prolongaciones dobles de jornadas. Haz que se respeten escrupulosamente los descansos preceptivos entre turnos. Tienes el derecho y el deber de descansar para desempeñar tus funciones en condiciones óptimas. Ten en cuenta cuando te avisan para cubrir una “emergencia puntual” y cuando este tipo de asignación de servicios abusivos se convierte en un método de trabajo habitual. Muchos compañeros que se prestaron a realizar prolongaciones de servicios han terminado siendo sancionados por sus inspectores, bajo la argumentación de que el vigilante ofrecía una “mala imagen y un servicio deficiente”. 

  En cuanto a la prestación de servicios en PUESTOS DE CONTROL, evita el exceso de horas delante de monitores, ordenadores y escáneres  por las consecuencias probadas de cansancio visual, postural y radiaciones nocivas para la salud. Demanda a tu empresa la impartición de la formación necesaria para trabajar con estos medios. Los puntos de radioscopias son peligrosos para las compañeras que están en periodo de gestación. Si trabajas en HOSPITALES O CENTROS DE SALUD, presta atención en no acceder a zonas que pueden ser nocivas para tu salud. No ocupes funciones ajenas a tus labores, especialmente en posibles intervenciones en zona de siquiatría u otras áreas que son de intervención propia de celadores o personal médico. 

  Si trabajas SOLO en el turno de noche, lo primero: tu seguridad. En caso de sufrir un robo o intrusión en tu servicio, ponte a resguardo y da conocimiento del incidente a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y comunícalo a tus responsables operativos. NUNCA TE EXPONGAS innecesariamente al descubierto ante las personas que has detectado. Esas intervenciones terminan, en la mayoría de las ocasiones, con una situación de debilidad del vigilante ante los agresores, que saben lo que se van a encontrar y van pertrechados.  

Si te asignan un servicio que, por su ubicación, queda AISLADO DE ZONAS RESIDENCIALES (fincas, centrales térmicas, solares o eólicas, etc) plantea a tu empresa la posibilidad de contar con el apoyo de un perro adiestrado. Este tipo de servicios deberían de estar cubiertos obligatoriamente con un mínimo de dos vigilantes y prestarse con personal con arma. Así lo seguiremos reflejando en los informes de incidencias que se levanten en estos servicios. 


  En caso de ocurrirte un ACCIDENTE LABORAL en tu jornada de trabajo, conecta inmediatamente con tus responsables operativos para dar conocimiento de esta incidencia. Si tienes lesiones acude directamente desde el servicio a tu mutua y pide copia del parte médico. No permitas incorporarte de nuevo a tu puesto hasta no estar cien por cien recuperado. Si la mutua intenta “regatearte” el tiempo necesario para tu total recuperación, dándote de alta precipitadamente, no dudes en denunciarlo. 

  Cuando seas DENUNCIADO por un usuario en el ejercicio de tus funciones, requiere a tu empresa asistencia y asesoramiento gratuito de su gabinete jurídico. Si eres CITADO A UN JUICIO por una intervención laboral, o el cliente en el que prestas servicio te exige que denuncies algún robo u otro altercado ocurrido dentro de tu turno, infórmate bien porque el tiempo presencial en los juzgados debe ser considerado como tiempo de trabajo, o en el caso de ir fuera de turno, contabilizado en tu cómputo mensual. 



domingo, 22 de octubre de 2017

SENTENCIA CONTRA PROSEGUR


EL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID HA CONDENADO A PROSEGUR AL ABONO DE 103 HORAS EXTRAS AL COMPAÑERO AL QUE LA EMPRESA INTENTABA COMPENSAR UN DÉFICIT DE JORNADA.



En el caso del compañero, la empresa durante varios meses ha estado descontando de sus excesos de jornada la compensación de un déficit ya caduco. Pese a ello, prosegur es muy dada a dejar a los trabajadores con déficit durante varios meses y a posterior intentar recuperar la jornada cuando ya han transcurrido los dos meses contemplados en el convenio.

La Sentencia Señala que “no ha sido debatido que en los meses a los que se refiere su reclamación hizo el número de horas de trabajo que el demandante señala, que se traduce en un exceso sobre la jornada mensual de 162 horas de un total de 111 horas. No es posible, sin embargo, reconocer al demandante el derecho al cobro de todas ellas, ya que se aprecia al folio 54 que en el mes de junio de 2016 (dentro de los dos meses previos) el demandante hizo una jornada inferior a la prevista en el Convenio Colectivo (un defecto de 8 horas, ya que hizo 154), que con arreglo al Convenio Colectivo debe compensarse en los dos meses siguientes, por lo que debe descontarse, quedando un total de 103 horas extra, en relación a las cuales procede la estimación de la demanda, aplicando el precio por hora que no se ha debatido, lo que supone un total de 835,19 euros.”


Como siempre las empresas realizan la interpretación del convenio a su manera e interés y la unica manera de que reconozcan nuestros derechos por desgracia es acudir a los tribunales.

ANTE CUALQUIER DUDA ACUDE E TU SINDICATO

CCOO TE ASESORA E INFORMA


jueves, 19 de octubre de 2017

El Congreso anula el 'descuelgue' de las empresas en los contratos públicos aprobado por el PP en el Senado


El Congreso anula el 'descuelgue' de las empresas en los contratos públicos aprobado por el PP en el Senado


PSOE, Unidos Podemos, ERC, PDeCAT y PNV imponen que la nueva ley entre en vigor en los términos que había acordado la Cámara Baja
MADRID, 19 (EUROPA PRESS)



El Pleno del Congreso ha aprobado la nueva Ley de Contratos del Sector Público, rechazando todas las enmiendas introducidas en el Senado por la mayoría absoluta del PP, en las que se permitía a las empresas adjudicatarias priorizar un convenio de empresa sobre el sectorial.

Así, PSOE, Unidos Podemos-En Comú Podem, Esquerra Republicana, el PDeCAT y PNV han tumbado las enmiendas introducidas en el proyecto de ley durante su paso por la Cámara Alta, con lo que la nueva norma entrará en vigor tal y como salió el pasado mes de julio del Congreso.

El proyecto por el que se transponen dos directivas europeas fue aprobado por el Gobierno en noviembre de 2016 y tomada en consideración a mediados de febrero de este año. Desde entonces, la complejidad y la extensión de la norma alargó el período de ponencia, celebrándose entre marzo y julio reuniones para debatir y acordar cambios en la norma.

Finalmente, fue aprobada por la Comisión de Hacienda y Función Pública en la última semana de julio, sin ningún voto en contra, únicamente con la abstención del PSOE, y con satisfacción general de los grupos al haber podido introducirse aportaciones de prácticamente todas las fuerzas políticas.

Así, celebraban haber conseguido plasmar una contratación pública más transparente, más controlada, más accesible para pymes, con mayor protección para los trabajadores de las adjudicatarias y con un papel más importante de las cláusulas sociales.

¿CALIDAD ANTES QUE PRECIO?

Aunque en el proyecto de ley ya se recogía la inclusión de cláusulas sociales, tal y como mandata la propia directiva comunitaria, partidos de izquierda como PSOE y Unidos Podemos celebran que se éstas se hayan incorporado con mayor detalle durante el trámite parlamentario.

UN SUPERVISOR DE LA CONTRATACION PUBLICA

Otro de los grupos que ve plasmada en la ley una de sus principales reivindicaciones es Ciudadanos, ya que la reforma incluye la creación de un organismo de control de la contratación pública, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión, que según comentan desde la formación naranja, contará con capacidad normativa y podrá emitir recomendaciones para el cumplimiento de los órganos de contratación.

LICITACIONES MAS ABIERTAS

Uno de los aspectos en los que ha habido un mayor consenso a la hora de incluir modificaciones es en las propuestas que permitían una mayor flexibilidad en los criterios de contratación con el objetivo de abrir las licitaciones a un mayor número de empresas.

MAYOR PROTECCION DE LOS TRABAJADORES

Otra reivindicación atendida y consensuada ha sido la protección de los derechos laborales, ya que según denunciaban muchas formaciones, en numerosas ocasiones las empresas se 'descolgaban' en los concursos de los convenios laborales para presentar ofertas más baratas.

miércoles, 18 de octubre de 2017

MATÓ A DOS AGENTES RURALES




La acusación particular pide 51 años de cárcel para el cazador de Aspa



La acusación particular pedirá hasta 51 años y medio de cárcel para I.R.C., el cazador que confesó haber matado a tiros a dos agentes rurales el pasado 21 de enero en un coto de caza en Aspa, ha confirmado a Europa Press el abogado que representa a los familiares.

Las familias de las víctimas le atribuyen dos delitos de asesinato, un delito de atentado contra la autoridad, otro de tenencia ilícita de armas y un delito contra la flora y la fauna, han informado este miércoles los diarios Segre y La Mañana.

Este jueves se celebra la vista previa en el juzgado de Instrucción 4 de Lleida, que dirige la investigación, en la que las partes formularán sus escritos de imputación.

Las familias consideran que existió ensañamiento por parte del acusado a la hora de acabar con la vida de los dos rurales, de 43 y 39 años, una circunstancia que está pendiente de ser contrastada con el informe de balística de la escopeta que utilizó el acusado para disparar contra los agentes y que determinará si tenía el arma trucada o la recargó.

El juez acordó el ingreso en prisión del cazador tras tomarle declaración y hacer una reconstrucción de los hechos en el que el joven, vecino de Vacarisses (Barcelona), mató a los dos agentes pegándoles dos tiros, según el auto del juzgado.

Salvan la vida a un cliente en el centro comercial Alcampo


Agradece por escrito a ilunion seguridad y a alcampo que ayudaran a salvar la vida de su novio.

- La rapidez con que uno de los vigilantes llevó el desfibrilador fue esencial para resucitarle



MADRID, 17 (SERVIMEDIA)
"¡Buenas noches!: Queremos daros las GRACIAS, en mayúsculas, por todo el trato recibido, aunque no dudéis que en cuanto mi prometido se reponga iremos a dar las gracias en persona. No sólo por la rapidez ante todo lo sucedido sino por la profesionalidad y el buen corazón que habéis tenido con nosotros".
Así comienza la carta de agradecimiento que la novia de un cliente de Alcampo hace extensible a ILUNION Seguridad, encargada de la vigilancia de esta cadena de hipermercados, después de que su novio fuese resucitado tras morir súbitamente en el establecimiento ubicado en el centro comercial Luz Shopping, de Jerez de la Frontera (Cádiz).
Según informó hoy en una nota de prensa el grupo de empresas de la ONCE y su Fundación, ILUNION, los hechos ocurrieron el pasado 30 de septiembre, en 'Caja Amiga', la zona de pago automático de Alcampo, cuando el joven, de unos 30 años, se desplomó en el suelo.
Tras recibir el aviso, los vigilantes de seguridad de ILUNION, José Antonio Jiménez Flores, Francisco Rubén Chaves Díaz y Raúl Chacón Albendin, acudieron al auxilio y comprobaron que la víctima ya estaba siendo atendida por dos enfermeros, también clientes del hipermercado, y que le estaban realizando maniobras de reanimación cardiorespiratorias.
No obstante, al ver que las maniobras nos eran suficientes, ambos sociosanitarios pidieron un desfibrilador. "El vigilante José Antonio Jiménez Flores emprendió la carrera para coger este dispositivo sin perder un segundo, mientras sus compañeros se encargaban de mantener despejada la zona", indica la nota.

INTERVENCIONES CLAVES

Tanto la rapidez de ambos enfermeros, un padre y su hija, en atender a la víctima, como del vigilante de seguridad de ILUNION para hacer llegar el desfibrilador, fueron claves, asegura la nota, para reanimar al joven, quien fue trasladado a un hospital por los servicios sanitarios del 061.

"Gracias a los datos hemos sabido que tuvo una muerte súbita pero que, gracias a la persona que lo atendió junto con la rapidez del personal para dar el desfibrilador lo devolvieron a la vida, y, a partir de ahora, le colocan uno propio en su cuerpo para que, esté donde esté, tenga su seguro de vida.
No me cansaré de repetirlo: muchísimas gracias, y os prometemos volver pronto tanto para seguir haciendo nuestras compras como para daros las gracias. ¡¡Un abrazo de corazón!!", 
concluye la carta de agradecimiento de la novia del joven.
(SERVIMEDIA)

martes, 17 de octubre de 2017

Novedades FAGUS

Para poner en conocimiento del administrador concursal y reclamar las posibles deudas pendientes de la empresa FAGUS, se dispone de un plazo de un mes a partir del 14 de octubre 2017 .

          ENLACE : http://www.boe.es 

PARA CUALQUIER CONSULTA, DUDA O ACTUACION JURIDICA ACUDE A TU SINDICATO  CCOO 

lunes, 16 de octubre de 2017

Qué hacer ante una sanción.



Qué hacer ante una sanción.

Como todo el mundo sabe, hemos pasado de escasez de vigilantes habilitados a exceso de mano de obra y por ello ahora las empresas vuelven al juego sucio y a las practicas más deplorables para despedir al trabajador, incluso con la ayuda de los inspectores o de algunos compañeros.

Habitualmente las empresas no demuestran inteligencia en esas actuaciones, por lo que es fácil recurrirlas, pero cuentan con que sus víctimas sean más tontas que ellos, o juegan con su miedo. 
Sea de una o de otra forma, consiguen salirse con la suya demasiadas veces, aún siendo muy fácil ganarles en ese juego.
Una de las formas que están utilizando últimamente, es la de despedir al trabajador alegando que se ha perdido la confianza en él, o se sirven de sanciones laborables disciplinarias reconocidas mediante la firma del propio trabajador.

JAMAS SE DEBE DE RECONOCER AQUELLO POR LO QUE NOS QUIEREN SANCIONAR.
ES INDIFERENTE SI SOMOS CULPABLES O NO, NO SE DEBE DE RECONOCER AQUELLO DE LO QUE NOS ACUSAN. 
QUE LO PRUEBEN ELLOS SI PUEDEN.

Una sanción disciplinaria debe ser SIEMPRE probada por la empresa, por lo que no se debe de dudar en llevarla a los tribunales de justicia. Para ello… 

NUNCA FIRMAREMOS EL ACEPTO DE ESA SANCIÓN QUE NOS CONVERTIRÍA EN CULPABLES, NOS PROMETAN LO QUE NOS PROMETAN.


FIRMAREMOS SIEMPRE NO CONFORME.
Las empresas muchas veces si firmas te ofrecen una rebaja de la sanción a la mitad, con facilidades de cumplimiento y promesa de no inscribir dicha sanción en el expediente personal del vigilante ni en su cartilla profesional.
Pero si firmas esa rebaja estas reconociendo los hechos, que has cometido el error o la falta y presumiblemente no cumplan lo pactado, usándolo contra el vigilante  junto con otra sanción, para aprovechar luego para despedirte alegando la falta de confianza en ti de la empresa.
Si no firmas el reconocimiento de la sanción, es muy posible que en el acto de conciliación  la empresa recule si no tiene pruebas, y si no recula, en el Juzgado el Juez podrá declarar la sanción nula y no ajustada  a derecho.
En el 95% de los casos suelen estar mal fundamentadas y no se pueden probar las causas de la sanción, e incluso en casos de culpabilidad demostrada en el juicio, el Juez podría rebajar la sanción impuesta por la empresa al entender que la sanción es desproporcional a los hechos a que se le imputan. 
La sentencia que dicte el juez laboral no podrá agravar en ningún caso la sanción impuesta por la empresa.
Si la sentencia es favorable, el vigilante víctima de la sanción cobrará lo dejado de percibir por la sanción y podrá reclamar cualquier daño que ello le ocasione, y si finalmente lo despiden por ello, tendrá que ser por causas ajustadas a derecho y justamente indemnizado, aunque en estos casos los jueces lo suelen dar como despido NULO, al ser un despido por haber denunciado un derecho fundamental del trabajador, como es “la denuncia” y donde el vigilante es readmitido SI ó SI.

En ningún caso podrán imponerse sanciones que supongan la condena a pagar una multa económica, o que reduzcan las jornadas de descanso o las vacaciones a que tiene derecho el trabajador y el trabajador no podrá ser sancionado dos veces por la misma falta, pero sí tantas veces como faltas cometidas.

POR LO QUE SIEMPRE, SIEMPRE, SIEMPRE, DEBEMOS:

1.- EXIGIR COPIA DE LA CARTA DE SANCIÓN. 

En la copia que se queda la empresa, junto a tu  firma añade “no conforme” y la fecha en que se firma.

2.- SI LA SANCIÓN SE NOTIFICA VERBALMENTE EXIGIR LA PRESENCIA DE UN DELEGADO DE PERSONAL O DE UN TESTIGO. 

La Ley permite que las sanciones leves sean notificadas por el empresario verbalmente.

3.- SI LA SANCIÓN SE NOTIFICA A TRAVÉS DE BURO-FAX O CARTA CERTIFICADA, ANOTA LA FECHA EN QUE LA HAS RECIBIDO. 

Esta será la fecha en que empezarán a contar los plazos para recurrir judicialmente la sanción.

4.- SI ANTES DE IMPONER LA SANCIÓN LA EMPRESA OTORGA UN PLAZO AL TRABAJADOR PARA HACER ALEGACIONES, NO FORMULARLAS SIN EL ASESORAMIENTO DE UN ABOGADO. 

JAMAS SE DEBE RECONOCER aquello por lo que nos quieren sancionar.

¡¡¡OJO!!!. Lo que se manifieste por el trabajador en fase de alegaciones antes de poner la sanción, se dará como hecho probado en el juicio.

5.- ASESÓRATE LEGALMENTE DE FORMA URGENTE. 

Los plazos para impugnar una sanción son de veinte días hábiles (no se cuentan ni  festivos, ni sábados, ni domingos) desde que ha sido notificada la misma, por lo que es muy importante que el trabajador busque rápidamente asesoramiento jurídico sobre la legalidad o no de la sanción.

6.- SI COMO CONSECUENCIA DE LA SANCIÓN EL EMPRESARIO TE DICE QUE TE VAYAS A CASA DETERMINADOS DÍAS, EXIGE DOCUMENTO FIRMADO POR LA EMPRESA DONDE CONSTE DESDE QUÉ FECHA A QUÉ FECHA ESTAS SUSPENDIDO DE EMPLEO Y SUELDO. 

En caso contrario poner inmediatamente denuncia ante la Inspección de Trabajo, tu ausencia al puesto de trabajo podría ser utilizado por el empresario para alegar que se ha producido una ausencia injustificada a tu puesto de trabajo.

7.- UNA VEZ IMPUESTA LA SANCIÓN NO ENTRES EN DISCUSIONES SOBRE LA MISMA CON LA EMPRESA U OTROS COMPAÑEROS DE TRABAJO. 

Sobre la veracidad o no de los hechos que alega la empresa y la sanción que se impone se discute en los Juzgados, hacerlo en el ámbito del trabajo, solo sirve para que te puedan poner otra sanción por falta de respeto o desobediencia o que llegue a oídos de la empresa de tus alegatos por lo que no hay que darles pistas de nada.


Por eso SIEMPRE hay que recurrir las sanciones, ya que la no impugnación implica varios perjuicios al trabajador y que se exponen a continuación:

La sanción adquirirá firmeza si no se recurre en el plazo de 20 días, por tanto la empresa podrá utilizarla como una especie de agravante si posteriormente el trabajador comete nuevas infracciones y la acumulación de varias infracciones en periodos de tiempo cercanos en el tiempo, lo que  faculta a la empresa a sancionar al trabajador de forma mas grave, incluso con la mayor sanción existente, el despido disciplinario, que, en caso de ser procedente impide al trabajador la obtención de cualquier indemnización.

Si al trabajador se le ha suspendido de empleo y sueldo la empresa deja de abonarle su salario durante ese periodo, por tanto la impugnación de la sanción proporciona al trabajador la posibilidad de recuperar el dinero no percibido.

La falta de impugnación genera en la empresa una sensación de poder sobre el trabajador que se torna en contrario cuando el trabajador impugna y consigue la revocación de la sanción. En estos casos la empresa habrá aprendido la lección y se abstendrá de volver a sancionar al mismo trabajador si la infracción denunciada carece de fundamento.

En todos estos casos, es necesario consultar con los servicios jurídicos del sindicato, para evitar que los procesos de impugnación condenen al trabajador a no poder discutir el fondo del asunto.




sábado, 14 de octubre de 2017


#Big Security

Siempre dispuesto, siempre disponible, 24 horas, 365 días al año. Formado y preparado. Con jornadas de más de 12 horas. Atiende al público, reparte el correo, aparca coches, Vigila y protege solo ante el peligro.

No es un Vigilante de Seguridad… es Big Security
Estamos contigo; contigo Somos











miércoles, 11 de octubre de 2017

Gobierno de la Rioja y sus contrataciones


El Gobierno de la Rioja deja la seguridad de sus edificios en manos de empresas “piratas”



La Empresa FAGUS SEGURIDAD ha presentado un Concurso Voluntario de Acreedores ante las deudas contraídas con la Seguridad Social y Hacienda. Se trata de la empresa encargada de la vigilancia y seguridad del Palacio de Gobierno de La Rioja y de otros edificios institucionales.

El pasado 28 de junio, coincidiendo con la movilización de los trabajadores del sector, desde Comisiones Obreras ya alertábamos de la existencia de empresas “PIRATAS” que no respetaban el convenio colectivo aplicable al sector y que están incluidas en el Acuerdo Marco con el Gobierno Riojano.

De hecho, desde CCOO hicimos un llamamiento a la Administración riojana para que rescindiera los contratos con este tipo de empresas que están llevando al sector a una situación de retroceso en sus condiciones laborales. Tan solo cuatro meses después, además de peores condiciones, nos encontramos con que el sueldo de estos trabajadores puede estar en peligro.

Por esta razón, exigimos al Gobierno de La Rioja una actuación inmediata de cara a asegurar el salario y los puestos de trabajo del personal de seguridad de esta empresa.



Pero además, instamos al Ejecutivo regional a que adjudique la vigilancia de los centros de trabajo que le competen a empresas que cumplan y respeten las condiciones existentes en la normativa legal del sector.

lunes, 9 de octubre de 2017

ULTIMA HORA FAGUS SEGURIDAD, S.



FAGUS SEGURIDAD ENTRA VOLUNTARIAMENTE EN CONCURSO DE ACREEDORES

CONTENIDO EDICTO
ANUNCIA
1.- Que en el procedimiento número 648/2017, NIG nº 48.04.2-17/022013, por auto de 28/09/2017 se ha declarado
en concurso voluntario al deudor FAGUS SEGURIDAD, S.L.., con CIF , con B75038364 domicilio en Avenida
LEHENDAKARI AGIRRE nº 29-4º D- 48014 BILBAO y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao.

2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas
éstas a la intervención de la administración concursal.

3.- Que la administración concursal está integrada por DON SERGIO MARTIN GARCIA, ABOGADO. Dirección
electrónica: concursofagus@giomartin.es

4.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia
de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial del Estado.

5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de
procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

6.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del
Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es
En Bilbao (BIZKAIA), a cinco de octubre de dos mil diecisiete.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL





jueves, 5 de octubre de 2017

Patronal, sindicatos y Gobierno negocian para expulsar a las empresas 'pirata' de seguridad



Patronal, sindicatos y Gobierno negocian para expulsar a las empresas 'pirata' de seguridad

Se trata de un negocio de 500 millones de euros.


Aproser, la patronal controlada por Prosegur, Hacienda, Empleo y las fuerzas sindicales han iniciado las reuniones para evitar más conflictos como los de El Prat (Eulen) y Defensa (Marsegur).

Las huelgas de vigilantes de seguridad por impagos de sueldos que han provocado el colapso en el aeropuerto de El Prat este verano (vigilantes de Eulen) o en el Ministerio de Defensa la semana pasada (Marsegur) podrían tener los días contados. Al menos, este es el objetivo de las reuniones que tras el colapso en las instalaciones de AENA han realizado representantes del Ministerio de Hacienda, de Empleo, de la patronal controlada por Prosegur y Securitas (Aproser) y de los sindicatos.


Según ha podido saber este diario de fuentes de empresariales, el objetivo es acabar con los "entre 400 y 500 millones de euros" de concursos públicos que se han llevado en los últimos años compañías que las grandes (también otras como Ombuds, que aún no está en Aproser pese a ser la tercera compañía del sector) califican como "piratas" y que están lideradas por Marsegur, Sinergias de Seguridad, Sureste y otras compañías que optan por hacer descuelgues de convenio. Esto es, ofrecer en los concursos públicos bajas de hasta un 30% al presupuesto de licitación, para posteriormente salirse del convenio general del sector y bajar sueldos a sus trabajadores para poder afrontar.


La administración hasta ahora ha colaborado en estas prácticas, primero permitiendo los descuelgues en la reforma laboral de 2012, y luego teniendo como valoración objetiva para sus adjudicaciones sólo el precio. Así ha pasado durante los últimos años con muchas compañías que han acabado dando problemas y cuyos convenios de empresa han sido recurridos y anulados.


En realidad, desde las empresas y los sindicatos se tiene claro que en caso de que esta práctica se elimine en la administración, la razón de ser de las empresas de bajo coste dejarán de existir.


En los pliegos públicos de condiciones para licitaciones de servicios de seguridad privada, la oferta económica podría llegara importar hasta un 70% en el total y los criterios técnicos un 30%. Con estas condiciones era posible adjudicar a ofertas temerarias que luego incumplían sus compromisos, o bien bajaban los sueldos a los trabajadores provocando movilidad laboral, imposibilidad de atender a las bajas y sustituciones y afectando al servicio. Los sindicatos manejan ahora propuestas para la administración que hablarían de ofertas de 50-50% o incluso inferiores.


El propio Ejecutivo, una vez pasados los peores años de crisis económica y de caída de ingresos, está convencido de que la inercia debe cambiar y también de que el modelo de licitaciones a la baja les ha dejado con una enorme deuda de empresas de seguridad privada tanto para Hacienda como para la Seguridad Social. En la última lista de morosos publicada por el ministerio de Cristóbal Montoro, las empresas de seguridad privada debían más de 130 millones de euros al fisco.


lunes, 2 de octubre de 2017

Acta nº 13






ultima hora negociaciones convenio seguridad privada



Ultima propuesta de hoy a las 21:23 h por parte de la patronal representantes de las empresas de seguridad:
Año 2018 subida salarial del 1,4
Año 2019 subida salarial del 1,3
Se retira la pretension de  los recortes referentes a la antiguedad e incapacidad temporal.

En vista de que la oferta es ridicula la parte social en pleno se retira de la mesa negociadora a la espera de nuevas ofertas.

Se fija nueva reunion para el dia 9 

UGT y CCOO se desmarcan de la huelga general de este martes


UGT y CCOO se desmarcan de la huelga general de este martes


UGT y CCOO han anunciado este miércoles que se desmarcan de la huelga general convocada para este martes en Cataluña, afirmando que "en ningún caso" van a "avalar posiciones que den cobertura a la declaración unilateral de independencia".

"Las declaraciones del president (Carles) Puigdemont en la noche del 1 de octubre no dejaron lugar a dudas de que la única estrategia política que contempla el Govern es la declaración unilateral de independencia. Siendo esto así, UGT y CCOO decimos claramente que no avalamos esa posición ni esa estrategia política", han señalado en un comunicado conjunto.

Ambos sindicatos han subrayado que siguen apostando por "la negociación política e institucional para reconducir el conflicto político" que existe en Cataluña. En este sentido, han instado al Ejecutivo catalán a "no proceder a ninguna medida unilateral más, especialmente a la declaración de independencia".