domingo, 29 de noviembre de 2020

AENA ADJUDICA LA SEGURIDAD DE 42 AEROPUERTOS POR MAS DE 300 MILLONES DE EUROS

                                   

AENA ADJUDICA LA SEGURIDAD DE 42 AEROPUERTOS POR MAS DE 300 MILLONES DE EUROS



EL PERIODO DE ADJUDICACIÓN ES DE 2 AÑOS PRORROGABLE UN AÑO MAS

El Consejo de Administración de AENA ha aprobado la adjudicación de los servicios de seguridad para el conjunto de los aeropuertos de la red, agrupados en lotes, por un importe total de 303.481.460,47 millones de euros.

Para los 22 aeropuertos con mayor tráfico de pasajeros el importe suma cerca de 289 millones de euros, mientras que los más de 14,5 millones restantes corresponden a 20 aeropuertos con menos de 400.000 viajeros. El periodo de adjudicación de los contratos es de dos años, prorrogable por otro año más.

En este importe no se incluyen los servicios de seguridad en los Aeropuertos de Alicante-Elche, Almería, Ibiza, Menorca y Palma de Mallorca, así como la inspección de pasajeros en Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, al haberse alcanzado un acuerdo de prórroga de los servicios con la actual adjudicataria (Trablisa) en estas instalaciones.

Los pliegos de licitación de los servicios de seguridad han recogido costes normativos y regulatorios de obligado cumplimiento.

También han incluido una partida de inversión para apoyar los proyectos de transición tecnológica (EDS estándar 3) y otra asociada a actividades Covid-19, que comprende formación, medidas higiénicas y medidas de control, entre otras, atendiendo a los protocolos de seguridad sanitaria implantados como consecuencia de la pandemia.

La contratación de estos servicios se dividió en dos procesos de licitación. Uno que recogía los 22 aeropuertos de mayor tráfico, que tiene diversos adjudicatarios al estar dividido en distintos lotes en función de su localización geográfica, y otro para los 20 aeropuertos con un tráfico menor a 400.000 pasajeros, con un único adjudicatario para todos ellos.

Además, los servicios de seguridad del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas se repartieron por su tamaño en cuatro lotes con cuatro empresas adjudicatarias, y lo mismo los de Josep Tarradellas Barcelona El-Prat, repartidos en dos lotes. En cuanto al resto de aeropuertos de más de 400.000 pasajeros, están agrupados en lotes en función de su localización geográfica.

Como aspectos clave, además de la inclusión de la partida para apoyar los proyectos de transición tecnológica y la asociada a actividades Covid-19, los pliegos de prescripciones técnicas también han puesto énfasis en los diferentes servicios y procesos aeroportuarios de manera que se encuentre el mejor equilibrio entre la seguridad y la comodidad de los usuarios, en línea con los requisitos de calidad exigidos en el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).

Los servicios de seguridad han quedado adjudicados del siguiente modo:

Adolfo Suárez Madrid-Barajas – inspección pasajeros TRABLISA, 58.077.000 €
Adolfo Suárez Madrid-Barajas – inspección equipajes bodega y rondas: ISEC, 47.556.000 €
Adolfo Suárez Madrid-Barajas – Centro Gestión Aeroportuaria: ICTS 2.528.708 €
Adolfo Suárez Madrid-Barajas – fast track: SEGURISA, 5.963.000 €
Josep Tarradellas Barcelona-El Prat – inspección equipajes bodega rondas ILUNION, 25.216.349,01 €

Josep Tarradellas Barcelona-El Prat – Centro Gestión Aeroportuaria SEGURISA 1.673.000 €

Gran Canaria, César Manrique-Lanzarote y Fuerteventura TRABLISA, 32.719.338,44 €
Tenerife Sur, Tenerife Norte-Ciudad de La Laguna y La Palma TRABLISA, 27.349.000 €
Bilbao, Asturias, Seve Ballesteros-Santander, Santiago-Rosalía de Castro, A Coruña y Vigo TRABLISA, 25.051.736,57 €
Valencia, Girona-Costa Brava, Reus y Zaragoza SURESTE 21.940.722,30 €
Málaga-Costa del Sol y FGL Granada-Jaén SURESTE 29.405.912,65 €
Sevilla y Jerez TRABLISA, 11.411.437,03 €

Algeciras, Albacete, Badajoz, Burgos, Ceuta, Córdoba, El Hierro, Huesca-Pirineos, La Gomera, León, Logroño-Agoncillo, Madrid-Cuatro Vientos, Melilla, Pamplona, Sabadell, Salamanca, San Sebastián, Son Bonet, Valladolid y Vitoria TRABLISA, 14.589.256,47 €





Fuente: Aena


viernes, 20 de noviembre de 2020

PERMISO POR PATERNIDAD 2021

 


Con efectos de 01/01/2021

 

El permiso de paternidad se amplía de 12 a 16 semanas

 

Cada progenitor disfrutará de igual periodo de suspensión del contrato de trabajo durante dieciséis semanas, incluyendo seis semanas de permiso obligatorio para cada uno de ellos, siendo de aplicación íntegra la nueva regulación dispuesta en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo.

 

a) En el caso de nacimiento

1. El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor de doce meses, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para asegurar la protección de la salud de la madre.

 

2. El nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el art. 68 del Código Civil.

 

3.- La suspensión del contrato de trabajo, transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, y conforme se determine reglamentariamente.

 

A TENER EN CUENTA. Desde el 1 de enero de 2021, ya no podrá cederse parte del permiso de un progenitor a otro.

 

b) En el caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento

1.- La suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas para cada adoptante, guardador o acogedor. Seis semanas deberán disfrutarse a jornada completa de forma obligatoria e ininterrumpida inmediatamente después de la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.

 

2.- Las diez semanas restantes se podrán disfrutar en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los doce meses siguientes a la resolución judicial por la que se constituya la adopción o bien a la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento. En ningún caso un mismo menor dará derecho a varios periodos de suspensión en la misma persona trabajadora. El disfrute de cada período semanal o, en su caso, de la acumulación de dichos períodos, deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de quince días. La suspensión de estas diez semanas se podrá ejercitar en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora afectada, en los términos que reglamentariamente se determinen.

 

3.- En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado, el periodo de suspensión previsto para cada caso en este apartado, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción.

 

A TENER EN CUENTA. Desde el 1 de enero de 2021, este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro adoptante, guardador con fines de adopción o acogedor.


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jueves, 12 de noviembre de 2020

ESPECIAL DENUNCIAS “IN SITU”




BOLETÍN AZUL: ESPECIAL DENUNCIAS “IN SITU”

El Comisario Principal, Jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada presenta el Protocolo de Denuncias “In Situ” mediante un vídeo que se puede descargar a través del siguiente enlace: http://prensa.policia.es/ucsp.rar Así mismo, se facilitan vídeos explicativos sobre los pasos a seguir por los establecimientos comerciales que se adhieran a dicho protocolo y de utilización de la App de Denuncias “In Situ”.



ÍNDICE:

1. EL JEFE DE LA UCSP PRESENTA EL PROTOCOLO DE DENUNCIAS “IN SITU”

2. VÍDEOS SOBRE LOS PASOS A SEGUIR POR LAS ENTIDADES COMERCIALES



3. VÍDEO EXPLICATIVO DE LA APLICACIÓN PARA INTERPONER LA DENUNCIA “IN SITU”














MAS INFORMACIÓN : AQUI


martes, 10 de noviembre de 2020

Evolución de los Convenios en Seguridad Privada (1994-2014)

 

Evolución de los Convenios en Seguridad Privada (1994-2014)


Convenio 1994-1996 (*)
El compromiso de la Patronal del Sector con los Sindicatos de que el próximo Convenio y por la desaparición del Guarda de Seguridad, todos pasaremos a cobrar el salario del antiguo Vigilante Jurado, el cual pasa a denominarse VIGILANTE DE SEGURIDAD. Este convenio es firmado por CC.OO, USO, UGT y SIPVS.

Convenio 1997-2001
El incumplimiento por parte de la Patronal de los compromisos adquiridos en el anterior convenio, UGT y USO firman este convenio, aceptando la congelación salarial de 2 años y la bajada del salario base de 10.000 de las antiguas pesetas. UGT incumple e incluso, la decisión de sus aliados que en Asamblea habían dicho. Subida del IPC desde 1997 al 2001: 24,5 %. Subida del salario 16,57%. Pérdida: 7,93%

Convenio 2002-2004 (**)
Gracias a que UGT y USO no son mayoría, es necesaria la firma de CC.OO para la firma del Convenio. La Patronal se ve mucho más presionada y tras reconocer que el Convenio anterior fué NEFASTO para el Sector, lo que provocó que muchos compañeros dejaran el Sector por los bajos salarios. Se consigue que la Patronal se rasque el bolsillo y tengamos una subida lineal de 13.000 de las antiguas pesetas, así como un incrementos superior al IPC. Subida del IPC desde 2002 al 2004: 10.3%. Subida del salario: 18,77%. Ganancia: 8,47%

Conveniazo- 2005-2008
UGT y USO nuevamente con mayoría suficiente firman lo que la Patronal les pone delante, incumpliendo el Estatuto de los Trabajadores pues el Ministerio de Trabajo se lo devuelve y estalla el escándalo. Firman las horas extras por debajo de la hora ordinaria e incrementando esta diferencia año a año (IPC menos 1 punto). Aquí somos los trabajadores quienes tenemos que reclamar lo que estos firmantes nos han quitado, que se estima en unos 2.000€ por Vigilante y año de Convenio. Subida del IPC desde 2005 al 2008: 15,2%. Subida del salario: 9,45%. Perdida: 5,75%

Conveniazo- 2009-2012
UGT y USO otra vez con la mayoría firman por debajo de la primeras propuestas de la patronal, mareándonos durante dos años con concentraciones y manifestaciones, para después firmar un NEFASTO convenio colectivo con hipoteca y pérdida de poder adquisitivo de todos los trabajadores, traicionando y engañando a todos, robándonos 1.475,80 euros a cada Vigilante de Seguridad como mínimo en estos cuatro años, que han firmado
Subida del IPC 2009 1,40% – 2010 0,80% – 2011 2,3% – 2012 2,8%
Subida de salario 2,8% (supuestamente) Perdida 3,5%

Convenio 2013-2014
UGT y USO otra vez con el rodillo de la mayoría FIRMAN, supresión del Plus de Vestuario de las Pagas extraordinarias, y supresión temporal del Plus Transporte de la paga de Beneficios, esto supone 1,6% de la bajada de la masa salarial. El 22/1/2014 en el SIGMA UGT y USO con la disconformidad de CCOO y CIG la congelación salarial del 2013 y la firma de dicho acuerdo convenio supone el 5,4% de pérdida de poder adquisitivo de los Vigilantes de Seguridad.


FUENTE : https://www.soyseguridadprivada


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