martes, 27 de noviembre de 2018

El Supremo dinamita el sistema de subrogación en las contratas de servicios


El Supremo dinamita el sistema de subrogación en las contratas de servicios

Las adjudicatarias cargarán con deudas que afloren con Hacienda o la Seguridad Social.


El Alto Tribunal ha unificado doctrina tras sentencias en Luxemburgo




Centenares de empresas de servicios en España han quedado expuestas a una fuerte incertidumbre cuando acuden a un concurso. Una primera sentencia dictada por elTribunal Superior de Justicia de la UE el pasado julio (asunto Somoza) y una segunda, hecha pública en octubre por el Tribunal Supremo, han dado un vuelco a la tradicional subrogación convencional contemplada en convenios como el de la limpieza o el de seguridad privada. Distintas fuentes consultadas coinciden en que se produce, de facto, un paso a la subrogación legal, en la que rige el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

Al traspaso de plantillas se suma también la asunción de la responsabilidad solidaria laboral y de Seguridad Social. El asunto ha caído como una bomba entre compañías de servicios intensivas en mano de obra. En el caso que ha llevado al Supremo a unificar doctrina, Clecehabía sido denunciada por una antigua empleada de la limpieza del aeropuerto Virgen del Camino (León), cuya disputa salarial ascendía a 2.900 euros. La filial de ACS elevó recurso de casación al TS y la respuesta ha llegado con fuerte onda expansiva.


Vista la doctrina marcada por el TSJUE, y que asume el Alto Tribunal español, la carga a soportar ahora por cualquier contrata, que sucede a una anterior, incluye a la totalidad de los trabajadores (también en el caso en que la nueva adjudicación reduzca las tareas encomendadas) y se lleva el riesgo de posibles deudas con organismos como la Seguridad Social o Hacienda. A la vista de que las empresas pueden ser sometidas ainspecciones que abarcan los cuatro años anteriores, las cargas o costes en que podrían incurrir las contratas son un misterio en el momento de firmar una adjudicación y subrogarse el personal.


Hasta que el Pleno de la Sala de lo Social del Supremo ha decidido alinearse con el TJUE, en España eran subrogables los trabajadores con más de siete meses adscritos al servicio en que se produce la sucesión de empresas adjudicatarias. Y la nueva empleadora tenía potestad para quedarse solo con los equipos humanos necesarios para prestar la tarea en el caso de que el órgano contratante hubiera introducido cambios. En los fallos del tribunal con sede en Luxemburgo y del Supremo se ofrece un papel predominante al concepto de “sucesión de plantillas” y se califica a los recursos humanos como “entidades económicas” en actividades en que la subrogación de mano de obra tiene más relevancia que el traspaso de infraestructura productiva.


En este sentido, el TS afirma que “se produce una transmisión de empresa, encuadrable en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, si la sucesión de contratas va acompañada de una entidad económica entre las empresas saliente y entrante”. Esa trasmisión de empresa incluye la asunción de las obligaciones del empleador saliente. Otro de los consultados por este periódico, directivo del sector de la seguridad privada, recuerda que su convenio sectorial recoge en el artículo 14 la regulación de la subrogación y límites a la responsabilidad, salvaguarda que se ha convertido en arma de doble filo.


“Ese artículo 14 el convenio obliga a las empresas a mantener en plantilla a los empleados con más de siete meses de servicio. Y la nueva doctrina del Supremo añade que si el personal subrogado supone una parte esencial de la plantilla, la subrogación se extiende a la totalidad de la misma, incluso si en el cambio de contrata se contempla una reducción del servicio”. La típica subrogación convencional queda prácticamente encadenada, por tanto, a la sucesión de plantilla y de empresa, tal y como contempla la Directiva 2001/23 y en línea con sentencias anteriores del Tribunal de Justicia de la UE. Sin embargo, este último se había declarado incompetente en pasado verano en el conflicto entre normas nacionales, como son los citados artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y convenios sectoriales, quedando ahora marcado el predominio del 44 sobre transmisión de empresa.


VÍAS PARA ASUMIR UNA PLANTILLA Tres escenarios. Una vez que la nueva Ley de Contratos del Sector Público (artículo 130) elude obligar a la subrogación a través de los pliegos, la sucesión de empresa quedaba regulada por el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores; por los convenios sectoriales, o por el acuerdo entre las partes de tratarse de un cliente privado.


Estatuto de los Tabajadores. Mientras el artículo 44 señala a una nueva contrata como empleador y titular de la responsabilidad solidaria laboral y de Seguridad Social de la anterior, los convenios del sector servicios limitan estas obligaciones. Tras la sentencia del Supremo, se complica por tanto la negociación de convenios que se aparten del 44.


viernes, 23 de noviembre de 2018

Llamar dictador empresaria al capo de la seguridad canaria es libertad de expresión (vozpopuli)



Miguel Ángel Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, se ha deshecho este año de su participación en Seguridad Integral Canaria, que se encuentra en concurso de acreedores camino de la liquidación


Haber sido trabajador de Seguridad Integral Canaria y haber llamado al que fuera presidente de esta compañía, Miguel Ángel Ramírez, "dictador empresarial", "cacique" o haber responsabilizado al controvertido empresario "de las penurias y separaciones matrimoniales de sus trabajadores", entra dentro de la libertad de expresión y sindical, y no debiera ser motivo de despido.


Integral Canaria abandona la mayoría de sus contratos de seguridad por impagos públicos Integral Canaria abandona la mayoría de sus contratos de seguridad por impagos públicos

El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo solicitado por un extrabajador de Seguridad Integral Canaria quien, en el año 2014, se sumó a las protestas de parte de la plantilla de la empresa contra su expresidente.

El Constitucional considera que se ha vulnerado el derecho a la libertad sindical en relación con la libertad de expresión del empleado de Ramírez, quien fue despedido por esas protestas.

El tribunal obliga al restablecimiento "en la integridad de su derecho" y anula la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 26 de enero de 2017, que declaró la procedencia del despido.


La empresa de seguridad fue declarada en concurso de acreedores el pasado mes de enero

El demandante era miembro del comité de empresa de Seguridad Integral Canaria, compañía en la que trabajaba desde enero de 1997. En diciembre de 2014, en una sesión del pleno del Ayuntamiento de LasPalmas de Gran Canaria, el trabajador en cuestión, junto a otros representantes de la plantilla de la empresa se seguridad, se levantó de su asiento y se puso una careta del 'pequeño Nicolás', exhibiendo una camiseta en la que se leía: "Donde hay corrupto hay un corruptor. Tanto o más importante que el nombre del político corrupto, es conocer el de la empresa de seguridad corruptora».

La compañía argumentó el despido advirtiendo que Seguridad Integral Canaria era la adjudicataria de los servicios de vigilancia y seguridad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por lo que sugería corrupción tanto en la empresa privada como en la Administración pública canaria.

La empresa de Ramírez, para justificar el despido, añadió que, además, en marzo de 2015, en una rueda de prensa organizada por el sindicato Intersindical, a la que asistió el demandante se dijeron cosas como: "Estamos ante una empresa y un grupo empresarial, con una política basada en el terror y el miedo hacia los trabajadores, la cual cuenta con sicarios empresariales y explotadores, que actúan contra la clase trabajadora"; "Miguel Ángel Ramírez Alonso es un dictador empresarial, que acosa y amenaza a los trabajadores que reivindican sus derechos. Es un cacique empresarial, responsable de las penurias y separaciones matrimoniales de sus trabajadores (...)".

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria declaró la procedenciadel despido del demandante por causas disciplinarias en enero de 2017, entendiendo que se habían traspasado "los límites inherentes al respeto al derecho al honor de los responsables de la empresa y también de la Administración receptora del servicio (...)". Dicha sentencia ha sido ahora anulada por el Constitucional.
Concurso de acreedores

A pesar de la victoria en el Tribunal Constitucional del trabajador de la empresa canaria de seguridad, su reincorporación a la compañía resulta complicada.

Seguridad Integral Canaria fue declarada en concurso de acreedores el pasado mes de enero por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria. A mediados de este año, Miguel Ángel Ramírez se deshizo de su participación, cercana al 100%, en la empresa.

Recientemente la administración concursal designada por el juez en la compañía ha estimado que esta tiene un agujero de 70 millones de euros, por lo que irá a liquidación.

miércoles, 21 de noviembre de 2018

Ojo con el uso de los grupos de whatsapp en el ámbito laboral





La DGA pide la retirada de dos vigilantes de COVIAR de los juzgados de Zaragoza por fotografiar y mofarse del público

Difundían fotos que tomaban en el control de acceso y comentarios vejatorios a través de su grupo Whatsapp 'la Ciudad de la Injusticia' . La Policía no aprecia delito, pero la empresa de seguridad que los contrató estudiará posibles sanciones disciplinarias.


La toma de fotografías por parte de vigilantes de seguridad a ciudadanos que acuden a la Ciudad de la Justicia de Zaragoza, imágenes que van acompañadas de comentarios jocosos e incluso vejatorios, ha llevado a la DGA a tomar cartas en el asunto. De hecho, nada más ser informada de que esto podría estar sucediendo, la dirección General de Justicia e Interior ordenó a la Policía de la Unidad Adscrita (encargada de la seguridad del edificio) abrir una investigación.


Las diligencias policiales han confirmado que varios trabajadores de la empresa de seguridad –y también algún funcionario policial– han estado utilizando un grupo de Whatsapp (bautizado como 'Ciudad de la Injusticia') que crearon en julio de 2017 con motivo de la jubilación de un compañeropara hacer fotografías de algunos ciudadanos que pasaban por el control de acceso a los juzgados. 

Estas imágenes, según la investigación, las tomaron concretamente dos empleadas durante su horario de trabajo y las difundieron en el grupo acompañadas de mofas y chanzas sobre el aspecto físico y vestimenta de otras personas. Algunas de ellas están hechas dentro de los juzgados, como la de una mujer que acude a una boda, aunque hay otras de personas que pasan junto a la puerta acristalada y las retratan desde dentro. En ambos casos hacen comentarios despectivos sobre ellas.


También hay una fotografía del escáner que analiza los objetos en el que se ve un bolso y lo que aparentemente es un vibrador. No obstante, fuentes de la investigación aseguraron este martes a HERALDO.es que no pueden afirmar con total certeza que esta foto fuera realmente obtenida del escáner de la Ciudad de la Justicia y que podría corresponder a las que se usan en cursos de formación. El informe policial concluye que, en principio, no ve nada delictivo, puesto que las fotos se tomaron en un espacio público y se movieron en un grupo privado con teléfonos personales y no de empresa. También que son obra de dos empleadas y que otros miembros del grupo (no todos) se suman a los comentarios.


No obstante, la Dirección General de Justicia, que ha contado en todo momento con la colaboración de la empresa Coviar para poder hacer las investigaciones, solicitará el traslado de las empleadas a algún puesto de trabajo que no esté relacionado con la atención al público. Fuentes del departamento indicaron pueden pedir su traslado de acuerdo con una cláusula que firmaron en el contrato de subrogación de la empresa de la que provenían las vigilantes. Por su parte, fuentes de Coviar han indicado que han tenido conocimiento del asunto aunque aún no les ha llegado el informe de la dirección de Justicia pero que, en cuanto lo reciban, abrirán un expediente por si su conducta pudiera ser motivo de sanción disciplinaria por incumplimiento de la ley de seguridad privada. "En la empresa tenemos un protocolo sobre el uso del móvil durante las horas de trabajo, ya que cubrimos destinos sensibles como las prisiones o los propios juzgados",aseguraron.


La directora general de Justicia, María Ángeles Júlvez, agradeció a la Policía de la Unidad Adscrita su trabajo ágil y rápido para investigar el asunto y la ayuda de la empresa de seguridad.

lunes, 19 de noviembre de 2018

Asesoramiento laboral



1. Me han echado del trabajo y me deben dinero (salario, pagas, horas extras, etc.). ¿Qué puedo hacer? 

En primer lugar, el despido se comunicará por escrito. En la carta de despido debe figurar la fecha en que se ha producido, la causa y la indemnización, y el finiquito correspondiente. Mientras no se entregue la fecha de despido, el trabajador debe continuar presentando en su lugar de trabajo para que la empresa no pueda alegar que la ha abandonado.

En caso de que la empresa te impida, por la fuerza, entrar en el centro de trabajo, busca testigos que lo vean y presenta la demanda correspondiente ante la jurisdicción social por despido (se considera un despido de hecho). En esta demanda deberás reclamar la indemnización correspondiente (que luego fijará el juez) y TODAS las cantidades salariales debidas (salario base, complementos, pagas extras, horas extras, etc.). Si no te han dado de alta en la Seguridad Social durante algún período de la relación laboral, deberás hacerlo constar también en la demanda, para que este periodo te sea reconocido por sentencia. En este caso, la sentencia deberá aportar después a la Inspección de Trabajo para que liquide las cuotas a la Seguridad Social correspondientes.

TE RECOMENDAMOS QUE ANTES DE EMPRENDER CUALQUIER ACCIÓN TE PÓNGASE EN CONTACTO CON EL SINDICATO.


2. De qué plazo dispongo para interponer una demanda por despido ante la jurisdicción social? 

La demanda ante la jurisdicción social se interpondrá en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de despido (la fecha que conste en la carta o la fecha en que, de hecho, se ha producido, cuando no se ha comunicado por escrito).

Sin perjuicio de todo lo mencionado anteriormente, también se podrá presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para investigar si alguna acción de la empresa puede constituir infracción administrativa.



sábado, 17 de noviembre de 2018

En caso de múltiples servicios, se aplicará el convenio de la actividad principal

En caso de múltiples servicios, se aplicará el convenio de la actividad principal, señala el fallo.


Importante sentencia de la Audiencia Nacional sobre convenios sectoriales


El convenio aplicable en empresas dedicadas a más de una actividad, es decir multiservicios, será el correspondiente a la que se desarrolle principalmente, ha dictado en una reciente sentencia la Audiencia Nacional.

El tribunal da así la razón a una demanda de UGT a favor de los convenios sectoriales frente a los de empresa y supone un espaldarazo a la negociación colectiva afectada por la reforma laboral de 2012. En este sentido, el Gobierno del PSOE ya ha anunciado su intención de cambiar el Estatuto de los Trabajadores (artículo 84.2) para devolver la prevalencia del convenio de sector sobre el de empresa.

Se presentó demanda contra la empresa ICTS General Services –que opera en los aeropuertos de Madrid y Barcelona– al considerar que los, aproximadamente 450 trabajadores de esta compañía multiservicios están realizando principalmente tareas de handling aeroportuario (asistencia en tierra a aeronaves) y no de seguridad (como afirmaba la propia empresa), de ahí que debieran regirse por el convenio sectorial de handling.

Dicho convenio ofrece mejores condiciones salariales y sociales que el de seguridad privada. La sentencia deja claro  que “el convenio aplicable en empresas dedicadas a más de una actividad será el correspondiente a la que se desarrolle principalmente”, es decir, asistencia en tierra (handling) “sin que, por otro lado, la empresa haya sido capaz de demostrar que su actividad sea la de seguridad”, subraya el sindicato.

La Audiencia Nacional advierte en su sentencia que –quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley de seguridad privada 5/2014 de 4 de abril– “el personal no habilitado que preste los servicios o funciones comprendidos en el apartado 2 del art.6, en ningún caso podrá ejercer función alguna de las reservadas al personal de seguridad privada, ni portar ni usar armas ni medios de defensa, ni utilizar distintivos, uniformes o medios que puedan confundirse con los previstos para dicho personal”.

Con la aplicación de esta sentencia, los trabajadores de ICTS pasarán de cobrar el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) a lo estipulado en las tablas salariales del convenio de handling, es decir (dependiendo del nivel y categoría) se incrementa su poder adquisitivo desde los 13.600 euros a 22.300 euros brutos anuales (siendo estas las tablas para un tiempo completo), más las variables que realicen, pasando de una jornada anual de 1.826 horas a 1.712. Además, tendrán una cláusula de garantía de empleo mediante subrogación, pues así lo contempla el convenio sectorial de asistencia en tierra (handling) en caso de pérdida de actividad.

Detenido un hombre por insultar y amenazar al vigilante de un supermercado por su raza



Sucesos.- Detenido un hombre por insultar y amenazar al vigilante de un supermercado por su raza


NI UNA RESEÑA EN LOS TELEDIARIOS, NI EN PRENSA NACIONAL, NI POLÍTICOS, NI PERIODISTAS, NI DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS, NI LA DERECHA TRASNOCHADA, NI LA IZQUIERDA PROGRESISTA.......NADIE DICE NADA


Agentes de la Policía Nacional detuvieron el pasado miércoles a un hombre, de 38 años y nacionalidad española, por su presunta implicación en un delito de odio y otro de amenazas. La víctima era un vigilante de seguridad de origen africano que fue recriminado mientras ejercía en un supermercado.

Los hechos tuvieron lugar el pasado 13 de noviembre en un comercio de la capital malagueña donde la víctima trabajaba como vigilante de seguridad. Tras sorprender a una persona hurtando productos del establecimiento y cuando trataba de identificarlo, el investigado comenzó a insultarlo y amenazarlo. El personal del supermercado avisó a la Policía Nacional mediante una llamada a la Sala del 091 que inmediatamente envió al lugar una dotación policial que a su llegada localizó a la víctima y al autor de las amenazas forcejeando, según han indicado en un comunicado.

 Tras las pertinentes gestiones, el agresor fue detenido como presunto responsable de los delitos de odio y de amenazas.



La factoría avilesina de Arcelor, pionera en la utilización de drones para vigilancia



El servicio con aeronaves, que funciona desde el 1 de noviembre, estará operativo todos los días del año y se extenderá a las instalaciones de Gijón






El complejo siderúrgico de Arcelor-Mittal en Avilés es pionero en el uso de drones para realizar tareas de vigilancia. Dos aeronaves sobrevuelan desde el pasado día 1 las instalaciones para dar soporte a los vigilantes de seguridad que trabajan en la factoría. El novedoso servicio, que estará operativo los 365 días del año, se extenderá también próximamente a la factoría gijonesa. La implantación del servicio de drones en Arcelor-Mittal Asturias surge como consecuencia de la progresiva incorporación de elementos de última tecnología en sus instalaciones.

Estos no son los únicos vehículos aéreos no tripulados que se pueden encontrar en la siderúrgica. Arcelor-Mittal ya utiliza drones para llegar a zonas de difícil acceso para los trabajadores, como al interior de tuberías o para inspecciones, por ejemplo para hacer análisis de emisiones a la atmósfera. Los aparatos están equipados con sensores que transmiten información en tiempo real. En el centro New Frontier del parque empresarial avilesino se investiga en la aplicación industrial de los robots y drones, concretamente los especialistas del equipo denominado Factoría Digital que dirige Tatiana Manso.


El servicio de drones para vigilancia impulsado por Arcelor-Mittal y la compañía Prosegur, activo desde el pasado 1 de noviembre, se presentó el pasado día 8 a mandos de la Policía Nacional de Asturias y de la Guardia Civil. Los aparatos están equipados con una cámara dual, que permite grabar imágenes tanto en espectro visible como térmico, y están preparados para volar en condiciones de lluvia y vientos de hasta cuarenta kilómetros por hora, lo que les confiere una gran capacidad operativa.

"La incorporación de la tecnología a los servicios de seguridad es una prioridad para Prosegur ya que, de esta manera, la compañía incrementa la eficiencia y efectividad de las medidas de protección. En este sentido, los drones permiten cubrir con mayor eficacia y rapidez el área que ocupan las instalaciones que, cabe recordar, son el mayor centro siderúrgico de España", sostienen desde la firma de seguridad.

De esta manera, y gracias a la monitorización de la actividad de los drones desde un centro de control, las patrullas móviles consiguen una mayor capacidad de respuesta ante cualquier alerta de seguridad. Y, en caso de que se produzca un imprevisto que afecte a la seguridad de las instalaciones, los drones, además, graban imágenes para generar una prueba forense y dan aviso inmediato a las fuerzas y cuerpos de seguridad.

Ambas compañías están trabajando juntas desde hace tiempo para, mediante la integración de diferentes soluciones de base tecnológica, agregar valor a las tareas de vigilancia.

Prosegur presume de ser la primera compañía de seguridad privada reconocida por el Ministerio de Fomento para operar con RPAS (Remotely Piloted Aircraft Systems). Además, los aparatos están pilotados por vigilantes de seguridad debidamente acreditados con el título oficial de piloto de drones profesionales que otorga la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), organismo dependiente del Ministerio de Fomento.

Más de cuatro millones de trabajadores están descontentos con su empleo






Casi tres millones consideran escasa o excesiva su jornada laboral y otro millón largo busca un nuevo empleo por estar disconforme con su horario


Más de cuatro millones de trabajadores están descontentos con sus empleos en España, según revelan los datos de la Encuesta de Población Activa del INE (Instituto Nacional de Estadística), que recogen cómo casi un millón y medio de personas aceptan jornadas parciales por no haber encontrado ocupación completa, cómo más de un millón busca otro puesto, cómo más de dos millones buscan ampliar su horario y cómo cerca de 800.000 pretenden recortarlo.


A estas cifras, que no se pueden sumar por coincidir en varios de los grupos los mismos afectados, se les suman los 1,7 millones de trabajadores que se encuentran subempleados, es decir, que desempeñan trabajos con exigencias inferiores a las de su formación o experiencia. En cualquier caso, esos más de cuatro millones de trabajadores suponen más de la quinta parte de los 19,5 millones de ocupados del país, entre los que crece la precariedad, principalmente como consecuencia del cada vez más frecuente troceo del empleo.


El principal bloque de trabajadores descontentos se concentra entre los que quieren modificar su horario laboral: 2,12 millones quieren trabajar más horas y 776.600 preferirían recortar su jornada y su salario de manera proporcional. Este grupo se ha mantenido más bien estable en los últimos cuatro años, desde que en 2014 comenzó la recuperación de las variables macroeconómicas, aunque con dos tendencias diferenciadas, ya que desciende el número de los que quieren trabajar más horas mientras aumenta de manera notable el volumen de quienes pretenden reducir la jornada. Paralelamente, el grupo de los que están conformes con su tiempo de trabajo se ha disparado en algo más de dos millones de personas, al pasar de 14,45 a 16,62 en ese mismo periodo.


Jornadas incompletas a regañadientes A este grupo de cerca de tres millones de trabajadores se les une otro de algo más de un millón (1.086.000 ocupados) que, disconforme con la duración de su jornada, opta por buscar otro empleo en lugar de intentar modificar el horario del que ahora tiene. Son 178.000 menos que en 2014 (un 16%), si bien el volumen de trabajadores de este grupo se mantiene también relativamente estable a lo largo de los años. Desde principios de 2005, la cifra ha oscilado entre los 1,33 y los 1,02 millones. Dos tercios de ellos (732.100) buscan empleos de jornada completa, mientras que otros 228.000 aceptarían una ocupación con independencia de la duración de la jornada.

Buena parte de los trabajadores descontentos con su situación laboral se encuentran entre los que desempeñan puestos de jornada parcial. Concretamente, algo más de la mitad de ellos (1,47 millones de 2,71 millones) aceptan ocupaciones con horario incompleto por no haber podido encontrar otro tipo de empleo. Ese porcentaje ha retrocedido algo más de ocho puntos en los últimos cuatro años, aunque continúa situándose por encima de la mitad de quienes ocupan puestos de jornada incompleta, una modalidad que, pese a los picos descendentes del final del tercer trimestre, en el que finalizan las contrataciones del verano y parte de las ocupaciones interinas relacionadas con el curso escolar, lleva más de una década en aumento.


El subempleo de los más preparados El cuarto gran grupo de los trabajadores descontentos con su ocupación lo forman los subempleados, que son quienes ocupan puestos con unas exigencias de formación o de experiencia inferiores a las que poseen. Aunque también tiene una tendencia descendente, en parte por la leve mejora del mercado laboral y en parte por la decisión de 400.000 jóvenes de emigrar y de otros 300.000 de prorrogar sus estudios ante las precarias perspectivas que les ofrece el país, se encuentran en esta situación uno de cada once ocupados en España (1,76 millones de 19,5 millones). En este sentido, llama la atención cómo el principal grupo de subempleados lo forman quienes han cursado estudios superiores (573.400). Casi dos tercios de ellos (354.600 empleados) tienen entre 25 y 45 años, lo que supone uno de los factores que están provocando la aparición de un nuevo modelo de convivencia familiar en el que conviven bajo un mismo techo padres jubilados y jóvenes precarios.

Prácticamente uno de cada cinco activos de esa franja de edad con estudios superiores, 845.100 de 5,54 millones, están subempleados o en el paro (490.500). La mitad de los subempleados, el 93% de los cuales trabaja por cuenta ajena, tienen contratos eventuales; en casi la mitad de los casos (399.000), de menos de cinco meses de duración.



miércoles, 14 de noviembre de 2018

Esta es una pequeña muestra de actuaciones recientes realizadas por compañeros VIGILANTES DE SEGURIAD


VALENCIA: Vigilantes ponen a disposición de la policía a un hombre que intentó robar a su hermano ingresado en hospital
Intenta robar a su hermano ingresado en la UCI de un hospital de Valencia y amenaza a los sanitarios que lo detienen

El hombre trató de agredir a uno de ellos con un bolígrafo a la vez que les decía que era portador del virus sida

Agentes de la Policía Nacional han detenido a un hombre de 43 años, de origen español, como presunto autor de un delito de atentado a agente de la autoridad, tras amenazar, insultar y tratar de agredir a tres sanitarios en la UCI de un hospital de Valencia. El ahora arrestado se encontraba visitando a su hermano. Los hechos ocurrieron al mediodía de ayer cuando los agentes fueron comisionados por la Sala del 091 para que acudieran a un hospital de Valencia donde un hombre se encontraba retenido por vigilantes de seguridad ya que había amenazado a personal sanitario.


Los policías acudieron de inmediato al hospital y averiguaron que el hombre había acudido a visitar a su hermano que se encontraba en la UCI y había comenzado a rebuscar entre sus pertenencias tratando de llevarse 200€ y varios efectos, por lo que una médico le había recriminado la acción. El hombre le habría gritado diciéndole que quién se creía que era y que le iba a dar un puñetazo en la cara, por lo que al escucharse gritos se acercaron dos enfermeros pidiéndole en un primer momento que dejara de gritar, ya que se encontraba en una estancia con pacientes de cuidados intensivos.


El sospechoso no cesó y continuó amenazando e insultando a los sanitarios, a la vez que cogía y amenazaba con clavárselo a uno de ellos mientras decía ser portador del virus del sida, por lo que acudieron vigilantes de seguridad que lo detuvieron hasta la llegada de los policías. Los policías tras las comprobaciones oportunas lo detuvieron como presunto autor de un delito de atentado agente de autoridad. Se da la circunstancia que las pertenencias del enfermo inconsciente, son responsabilidad del hospital y en caso de entregarse a un familiar se ha de realizar cumplimentando un formulario para su registro. El detenido, con numerosos antecedentes policiales, ha pasado a disposición judicial.



MURCIA: Vigilante de seguridad de hospital atrapa a un preso que intentó escapar durante traslado al centro sanitario

Un preso trata de huir durante un traslado al hospital después de tragarse unas pilas

Un interno del centro penitenciario de Sangonera la Verde (Murcia) trató de escapar en la tarde de ayer durante un traslado médico. Según explicaron fuentes penitenciarias, el reo, A. M., que cuenta con un largo historial delictivo, fue detenido por un vigilante del Hospital Virgen de la Arrixaca cuando huía.


El interno fue conducido al citado centro sanitario después de que, según explican las fuentes, se tragase unas pilas. El hombre iba a ser trasladado desde la cárcel de Sangonera la Verde al centro penitenciario de Castellón, un cambio que, al parecer, trataba de evitar. A su llegada al hospital, y nada más abrir el furgón, el reo salió corriendo. El preso había conseguido desprenderse incluso de las esposas. Un vigilante de seguridad puso fin a la huida del interno cuando ya trataba de escalar una valla.


El pasado lunes, un interno del CIS Guillermo Miranda, también en Sangonera la Verde, que había regresado de un permiso el fin de semana se fugó, a mediodía, aprovechando el reparto de la comida. Los hechos ocurrieron sobre las 13.35 horas, cuando los funcionarios se percataron, cuando se repartía el almuerzo, de que faltaba un interno, por lo que se procedió a un recuento extraordinario. El interno escapó saltando un muro que da acceso a los vehículos. El delegado del Gobierno, Diego Conesa, al ser preguntado ayer por el preso fugado y las protestas de los trabajadores sobre la falta de recursos, reconoció que se trata de una queja que «llevan ya durante muchos meses» y que él también ha manifestado «públicamente».




BARCELONA: Vigilante de seguridad descubre a dos hombres robando material de un almacen en Igualada

Un vigilante de seguridad observó a una persona lanzando mochilas desde una ventana mientras otra las recogía en la calle

Los Mossos d’Esquadra detuvieron el martes dos hombres, de 19 y 20 años, vecinos de Santa Margarida de Montbui y Collbató, por presuntamente robar en un almacén de la calle del Rec de Igualada. La detención tuvo lugar de madrugada. Un vigilante de seguridad avisó al cuerpo policial que había dos personas robando en un almacén. Cuando los agentes llegaron al lugar, el vigilante les explicó que había visto a un hombre que tiraba mochilas desde una ventana y otro hombre que, desde la calle, las recogía y se las llevaba a un callejón al lado.


Mientras los mossos hablaban con el vigilante apareció uno de los sospechosos. Los agentes lo identificaron y fueron a hacer comprobaciones en la calle de donde venía, donde localizaron material deportivo preparado para llevárselo. En la misma zona observaron que la puerta de un almacén estaba abierta y que en el interior se guardaba ropa y material deportivo de una empresa que había participado en el REC.0. Poco después, los agentes localizaron y detuvieron al segundo ladrón. Los detenidos están acusados ​​de ser los presuntos autores de un robo con fuerza. Está previsto que este miércoles pasen a disposición del juzgado de instrucción en funciones de guardia de Igualada.




OURENSE: La seguridad privada del CHUO ponen a disposición de la policía a una mujer tras forzar una taquilla

Una mujer detenida en el CHUO por robar una cartera ofreció a la policía una de sus seis identidades falsas

La mujer, con 32 detenciones anteriores en seis comunidades, fue detenida por los vigilantes del Complexo tras detectarse un robo en una taquilla

Una mujer de 52 años, natural de Madrid, con 32 detenciones anteriores por actuaciones en distintos lugares de España, ha sumado una más en Ourense como presunta autora de un robo con fuerza cometido en el Complexo Hospitalario Universitario (CHUO). La mujer fue detenida por el personal de seguridad tras advertir que se había forzado una taquilla del vestuario de personal. Un trabajador la vio salir con una cartera en la mano, por lo que los vigilantes la localizaron, recuperaron la cartera y la retuvieron a la espera de que la Policía Nacional se hiciese cargo de la actuación posterior.


Los agentes inspeccionan el vestuario, comprobaron que una taquilla estaba forzada, con el pasador doblado y la puerta de chapa en la parte inferior vencida hacia fuera, según fuentes oficiales. La víctima reconoció la cartera, que tenía 500 euros y diversa documentación. Detenida y trasladada a la comisaría de policía, se comprobó que la identidad aportada por la mujer era falsa. Utilizaba seis diferentes, además de la propia. En sus 32 detenciones han intervenido no solo la Policía Nacional y la Guardia Civil, sino también los Mossos de Escuadra y la Ertzaintza. Actuó en seis comunidades diferentes.






viernes, 9 de noviembre de 2018

Permiso retribuido por ingreso de familiar



El Estatuto de los Trabajadores establece en su articulo 37.3, b) que cuando hospitalizan a un familiar de un trabajador de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, el trabajador tiene:

· 2 días de permiso.

· Se amplia a 4 días si se tiene que realizar un desplazamiento.


(Hay que recordar siempre que el convenio colectivo puede mejorar los días de permiso)


¿QUE SUCEDE SI DURANTE EL PERMISO DAN DE ALTA AL FAMILIAR INGRESADO?


En este caso pueden darse dos situaciones
1. ALTA HOSPITALARIA, PERO SIN EL ALTA MEDICA

2. ALTA HOSPITALARIA CON ALTA MEDICA


1.- ALTA HOSPITALARIA, PERO SIN EL ALTA MEDICA


Si al familiar/paciente, le dan alta del hospital, pero no el dan el alta médica, es decir que sigue de baja, y no se han consumido los 2 días de permiso, (o los que diga el convenio) el trabajador puede continuar disfrutando del permiso completo, ya que persiste la gravedad de la enfermedad, Por tanto, se debe poder disfrutar íntegramente con independencia de que el familiar siga o no hospitalizado.

Es decir, el simple parte de alta hospitalaria no conlleva de forma automática la finalización del permiso si no ha consumido completo


2.- ALTA HOSPITALARIA CON ALTA MEDICA

Ahora bien, si en el momento de dar el alta del hospital, al familiar/paciente también le dan el alta médica, si que se finaliza el permiso, aunque el trabajador no haya consumido los dos días (o los que diga su convenio).

Esto es así porque la finalidad del permiso de atender al cuidado del familiar desaparece en ese momento dado que éste ya se ha curado del todo si el dan también el alta médica.


lunes, 5 de noviembre de 2018

"El mirón": nueva categoría laboral en seguridad privada


Los vecinos de Arcas piden más seguridad ante la espera de informes

Sobre la mesa, medidas como la instalación de cámaras, lectores de matrículas o la contratación de un 'mirón'


los vecinos de la zona señalan sentirse “inseguros” y piden una mayor seguridad. “La noche de este último robo, cuando se avisó a la Guardia Civil, no había nadie en el cuartel de Arcas, ya que sólo está abierto dos días a la semana y hasta las dos de la tarde, la llamada se pasó a la centralita de Cuenca y acudió al lugar una pareja de agentes del Villar de Domingo García, tardando unos 45 minutos”, declaraba uno de los vecinos de la urbanización consultado por Las Noticias.

La instalación de cámaras en puntos de acceso y glorietas es algo que está llevando su tiempo dado que se encuentran en la vía pública, aunque según las fuentes consultadas, se prevé que para el próximo 9 de noviembre esté disponible el citado informe para saber si son viables medidas como esta u otras alternativas como un lector de matrículas, mayor iluminación o la contratación de seguridad privada.

Por el momento, tanto los representantes vecinales como la presidenta de la entidad del grupo de viviendas piden un mayor apoyo por parte de las instituciones ante la continua espera de recibir los informes de actuación por parte del Ayuntamiento.

En este caso, el próximo martes tendrán una reunión con los distintos vecinos donde habrá representación del consorcio y a la que se ha invitado al alcalde. Vecinos aseguran que se les ha recomendado la instalación de sistemas de seguridad, “pero no queremos esperar a que suene una alarma, queremos más vigilancia”, aseguran. Otra de las propuestas que de actuación inmediata que han sugerido desde varias comunidades es la contratación de un
‘mirón’, una persona que vigile las distintas urbanizaciones registrando cualquier movimiento sospechoso.


RESUMIENDO : los vecinos se están planteando contratar a "un mirón" que vigile las distintas urbanizaciones registrando cualquier movimiento sospechoso.

 Un nuevo superagente de seguridad que recorra las urbanizaciones volando con su capa y vigilando con su supermirada todo movimiento de los "malos" para atajar el delito ....

                  ESTO ES DE RISA

Las ganancias netas registradas en Prosegur Cash en los nueve primeros meses fueron un 43,1% inferiores a 2017


Prosegur Cash obtiene un beneficio neto de 140 millones hasta septiembre, un 17,5% menos



Prosegur Cash logró un beneficio neto atribuible a su actividad de 140 millones de euros en los nueve primeros meses de este año, lo que supone un 17,5% menos con respecto al mismo periodo del año anterior, según ha informado este lunes la compañía. Si se consideran las operaciones societarias realizadas dentro del proceso de salida a Bolsa de la compañía, según se detalló en el folleto de la operación, el beneficio neto registrado en el periodo es un 43,1% inferior.

Entre enero y septiembre, las ventas de Prosegur Cash alcanzaron los 1.217 millones de euros, un 15,2% menos con respecto a la cifra registrada un año antes. Según ha explicado la compañía, el periodo ha estado marcado por la devaluación de las monedas en los mercados de América Latina. Además, la declaración de Argentina como economía hiperinflacionaria ha derivado en la aplicación de las normativas IAS 21 y 29.

En conjunto, la incidencia de la tasa de cambio para los mercados en los que opera la compañía ha restado un 26,8% incluyendo el efecto de la aplicación de dichas normas contables. En cualquier caso, la firma ha destacado la fortaleza del negocio subyacente, ya que las ventas en moneda constante han registrado un crecimiento del 8,7%.

Pese a la volatilidad del mercado de divisas, Prosegur Cash ha mantenido el margen sobre el resultado neto de explotación (Ebit) en el 16,3%, muy cerca del 17,8% de los nueve primeros meses 2017, lo que supone un buen indicador de la resistencia del modelo de negocio a pesar de las intensas fluctuaciones de los tipos de cambio. En concreto, el Ebit se situó en los 198 millones de euros, lo que representa un 22,3% menos, también comparado con las cifras atribuibles a la actividad del negocio en el mismo periodo de 2017.


Por geografías, Prosegur Cash obtuvo unas ventas en América Latina de 789 millones de euros. La región aportó el 65% de las ventas totales y mantuvo un crecimiento orgánico saludable del 13,3%. Además, hay que añadir la contribución positiva de las adquisiciones, que sumaron un 2,1% de crecimiento. No obstante, es en América Latina donde la devaluación de las divisas ha tenido un mayor impacto, con lo que el resultado en euros ha sido un 22,1% menos que en el mismo periodo de 2017.El resultado bruto de explotación (Ebitda), por su parte, alcanzó los 250 millones de euros, un 18,1% menos que en el mismo periodo del año anterior comparando las cifras atribuibles a la actividad del negocio. Incluyendo las operaciones societarias realizadas dentro del proceso de salida a Bolsa de la compañía, Ebit y Ebitda retroceden un 41,6% y un 35,9% respectivamente.

Europa aportó el 30% de la facturación total con unas ventas de 363 millones de euros, lo que representa un aumento del 4,9% con respecto al ejercicio precedente. Asia, Oceanía y África aportaron en conjunto el 5% de las ventas de la compañía con 65 millones de euros, un 15,6% menos con respecto a los nueve primeros meses de 2017.

La deuda financiera neta, incluyendo los pagos aplazados de las adquisiciones recientes y la autocartera de Prosegur Cash, ha finalizado el periodo de los nueve primeros meses de este año en 489 millones de euros. La compañía mantiene, por tanto, un nivel de 1,3 vez deuda neta sobre Ebitda, muy por debajo del límite interno de 2,5 veces.

"Esta situación de bajo endeudamiento le permite seguir comprometida con su programa de adquisiciones acorde a su estrategia de liderazgo dentro de la industria global de transporte de fondos y gestión de efectivo", ha resaltado la compañía. El pasado mes de octubre, la agencia de calificación Standard & Poor's ratificó la calificación de Prosegur Cash como BBB con perspectiva estable.

viernes, 2 de noviembre de 2018

La subida del salario mínimo interprofesional para el año 2019




La subida del salario mínimo interprofesional para el año 2019



En los últimos días se ha anunciado desde el Gobierno la subida del SMI desde los 735.9 euros mensuales actuales hasta los 900 euros.

Estos 900 € al mes son en 14 pagas, por lo que si hablamos de que las pagas extras están prorrateadas, el salario mínimo interprofesional se sitúa en 1.050 € mensuales con las pagas extras prorrateadas, lo que se traduce en 12.600 € anuales.

¿Está medida afecta a todos los trabajadores?


No, no todos los trabajadores van a ver aumentado su salario por la subida del SMI.

Sin embargo, sí que podrán ser beneficiados de manera indirecta ya que el SMI tiene efectos sobre determinadas contingencias.

Por ejemplo, los límites de salario e indemnizaciones que abona el FOGASA se va a incrementar, así como la protección del salario en caso de concurso de acreedores, o la cantidad de salario que va a estar protegida y no puede ser embargada. En el caso del FOGASA, se tiene en cuenta la fecha del decreto de insolvencia que permite acudir al FOGASA.

En definitiva, aunque no te aumenten el salario, todos los trabajadores pueden verse beneficiados por el hecho de que se aumente el SMI.

¿A que trabajadores les va a subir el salario?

El primer colectivo de trabajadores más beneficiado será aquellos que no tienen un convenio colectivoque regule su relación laboral y por tanto, el salario mínimo que perciben es el SMI salvo que haya pactado con el empresario una subida de salario. Puede ser el caso de los ordenanzas en accesos.

En este conjunto, debemos tener en cuenta al sector de los empleados del hogar familiar.

Por otro lado, que un trabajador esté amparado por un convenio colectivo no quiere decir que no le afecte esta medida.


En primer lugar, el convenio nunca puede recoger un salario inferior al nuevo salario mínimo interprofesional, por lo que todos aquellos trabajadores que perciban un salario inferior deberán de ver incrementado su nómina sin necesidad de que se publiquen unas nuevas tablas salariales en el convenio colectivo.

Además, aunque el trabajador perciba un salario superior a los 900 € en los que se fija el SMI, puede verse beneficiado por la medida, en función de la naturaleza salarial (o extrasalarial) de los conceptos que se indican en la nómina.

Vamos a intentar explicar esta cuestión, los distintos conceptos que se abonan en una nómina, esto es salario base más complementos, tienen una naturaleza determinada y habrá que analizar esa naturaleza para saber si se nos tiene que aplicar la subida del SMI.

Pongamos un ejemplo que se verá más claro;

Salario base ….. 800 €
Plus de vestimenta …. 150 €
Plus de transporte …. 100 €
Pacto de dedicación exclusiva …. 250 €
TOTAL … 1.300 €


Este trabajador cobra un salario bastante superior al SMI, sin embargo tiene derecho a la subida, ya que los diferentes conceptos salariales, a excepción del salario base, retribuyen una cuestión específica y concreta que no puede compensar la subida del SMI.

El plus de vestimenta y de transporte, no es un concepto salarial, sino extrasalarial. No retribuye el trabajo, sino los gastos ocasionados al trabajador con ocasión del trabajo. Por lo tanto, estos conceptos no pueden compensarse con el salario base ya que la naturaleza es diferente.

El pacto de dedicación exclusiva implica que el trabajador no puede tener otro trabajo en función de lo acordado en un pacto entre empresario y trabajador. Este concepto salarial, retribuye de manera específica un pacto individual y no puede compensarse con el SMI.

En consecuencia, en este caso concreto, el salario base debería aumentar hasta los 900 € que se fija como SMI para el año 2019, y el salario total hasta los 1.400 €.

Distinto sería que el trabajador tuviera un complemento que se suele determinar como “complemento personal”, o “complemento de convenio” o “complemento voluntario” o similar. Este tipo de complementos no retribuye una cuestión específica, por lo que si que puede compensar la subida del SMI.

Aporta tus ideas enviando un correo a :  inigo.ccoo@hotmail.com

Los empleados de renfe han sufrido 3.435 agresiones desde 2012




Los empleados y los vigilantes de seguridad que prestan sus servicios en las estaciones y trenes de Renfe han sufrido un total de 3.435 agresiones físicas y verbales, incluidas coacciones y amenazas, desde el año 2012.

Así lo revela el Gobierno en una respuesta escrita al diputado de Unidos Podemos Félix Alonso a la que ha tenido acceso Servimedia y en la que se explican también algunas medidas impulsadas por Renfe para afrontar este problema.

De las agresiones contabilizadas entre enero de 2012 y junio de 2018 destaca el hecho de que 1.537, el 44,7%, se produjeron en Cataluña. En cuanto a su evolución, el máximo se registró en 2016, con 590 agresiones. Ese año fue también el que registró un porcentaje mayor de casos en Cataluña, el 54,9%, con 324.

Posteriormente, en 2017 las agresiones en España bajaron hasta 506, de las que 202 tuvieron lugar en Cataluña, el 39,9%. Sin embargo, hasta junio de 2018 volvió la tendencia al alza, con 338 casos en toda España y 146 en Cataluña, el 43,2%.

Anteriormente, en 2012 se produjeron 484 agresiones en España y 223 en Cataluña (46,1%); en 2013, 424 en el conjunto del país y 185 en Cataluña (43,6%); en 2014, 543 en España y 208 en Cataluña (38,3%), y en 2015, 550 en España y 249 en Cataluña (45,2%).

Entre las medidas para luchar contra este incremento de las agresiones, Renfe está llevando a cabo acciones para que sus empleados presenten denuncias, de modo que no queden sin ser perseguidas policial y judicialmente.

Al mismo tiempo, ante el alto porcentaje registrado en Cataluña, mantiene reuniones periódicas con Mossos d'Esquadra con el fin de que se incremente su presencia física en las estaciones y los trenes.

Por su parte, los Mossos d'Esquadra están impartiendo formación a los empleados de Renfe sobre la forma adecuada de responder a las provocaciones y agresiones que sufren por parte de viajeros y otros usuarios.

Bla bla bla......asi nos pasamos la vida.
Y mientras tanto continuamos sufriendo todo tipo de agresiones, tanto físicas como verbales.

Que medidas piensan tomar RENFE, JUECES y FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD ??????