sábado, 30 de septiembre de 2017

ULTIMA HORA SOBRE EL CONVENIO


29 / septiembre / 2017

El sector de la seguridad privada prepara una convocatoria de huelga general en toda España


CCOO, UGT y USO
 Las tres centrales sindicales mantendrán reunión con carácter de urgencia para concretar un calendario conjunto de movilizaciones en el territorio nacional que culmine en la convocatoria de huelga general, una vez puesto de manifiesto por parte de la Patronal su inmovilismo en la mesa negociadora sobre abandonar propuestas de retroceso para el conjunto de vigilantes de seguridad privada.
Tras nueve meses de negociación del convenio sectorial, las Patronales del sector siguen planteando abiertamente congelación de antigüedad, modificación de parámetros de IT, así como flexibilizar la jornada en el ámbito de Transporte de Fondos, elementos camuflados en medidas de productividad, cuando realmente son conductas inequívocas de retroceso en las condiciones laborales del sector.
El comportamiento de las empresas de seguridad privada en los últimos años viene derivando en una competencia de precios a la baja, mermando condiciones laborales, que para nada coinciden con el planteamiento expuesto en la MESA por la parte social, que no es otro que situar comportamientos claros de no retroceso asi como avanzar en una apuesta clara de situar al sector de la seguridad en condiciones laborales y de calidad de servicios lejos de políticas de retroceso.
Abordar un incremento salarial, así como la clara intención de avanzar en políticas de empleabilidad, jubilación anticipada, carrera profesional, acceso a la profesión, especialización son elementos que contrarios a los planteamientos empresariales la parte social sitúa como de vital importancia para el presente y futuro de la profesión, encontrando una patronal incapaz de situar con altura de miras suficientes ningún planteamiento que no pase por congelar antigüedad, recortar IT, o modificar jornadas del Transporte de Fondos.
UGT, CCOO, USO consideran que la solución a la situación del sector debe ser negociada, con seriedad y rigor lejos del ruido, pero nunca debe ser situada en el retroceso. Esta situación de retroceso nos lleva desde la unidad de acción que el tema merece, a plantear movilizaciones en el sector que culmine en huelga general, exigiendo a la Patronal que como petición ineludible que retire de la MESA elementos de retroceso pasando a explorar políticas de avance.
30 / septiembre / 2017
Tras este comunicado firmado por las centrales sindicales con el firme compromiso de levantarse de la mesa e ir a la huelga APROSER  ha tardado un día en reaccionar y ha emitido la siguiente nota : 
Estimados miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad:
En respuesta a la solicitud formulada por la organización empresarial APROSER a esta Secretaría, se convoca reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el próximo LUNES 2 de OCTUBRE a las 17 horas.
La reunión  tendrá  lugar  en Madrid. Durante  la  mañana del  lunes  se comunicará  el lugar  de celebración de la reunión.
Un cordial  saludo.
Secretaría  de  la  Comisión  Negociadora  del  Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad.

Desde CCOO somos cautos y no descartamos ninguna posibilidad después de lo sucedido en la reunión del pasado jueves día 28. Entendemos que esta convocatoria tan repentina, pueda estar motivada por un replanteamiento en la postura que hasta ese día han mantenido las patronales que componen APROSER en la negociación del convenio colectivo sectorial y que representa a las empresas mas importantes en número de trabajadores del sector.

jueves, 28 de septiembre de 2017

Negociación del convenio



Tras finalizar la reunión de hoy sin ningún tipo de cambio de actitud por parte de la Patronal, en relación a retirar sus opciones de eliminación o supresión de conceptos que implican la pérdida de derechos para los trabajadores como son:

“IT, antigüedad y la modificación de las jornadas en transporte de fondos” y así mismo sin poner sobre la mesa ninguna subida salarial. Firmar por 5 años , PRODUCTIVIDAD,  PRODUCTIVIDAD
 PRODUCTIVIDAD,  PRODUCTIVIDAD obsesión es lo que tienen.


Los Sindicatos nos reuniremos en el menor tiempo posible, para dar una respuesta acorde y contundente a esta patronal, ya que con su actitud entendemos, que en ningún momento ha tenido la más mínima intención de negociar nada.


Reunión Grupo de trabajo Seguridad Privada








miércoles, 27 de septiembre de 2017

Borrador del nuevo Reglamento de Seguridad Privada



10 novedades previsibles en el nuevo Reglamento de Seguridad Privada

Desde CCOO deseamos que este nuevo reglamento nos de a los Vigilantes de Seguridad una cobertura jurídica y una protección legal ante las continuas agresiones y amenazas que sufrimos.


Nos hemos leído las 388 páginas del último borrador del Reglamento de Seguridad Privada 2017 y hemos realizado el análisis de todas las novedades y las noticias relacionadas. Para que no te lo tengas que leer entero, te destacamos sus puntos principales. Si el Ministerio del Interior cumple con su palabra, este Reglamento verá la luz este 2017. Recordemos que ya hace 3 años de la publicación de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada (en adelante, Ley de Seguridad Privada), pero es que hace más de 12 años que se aprobó el Reglamento de Seguridad Privada que está vigente a día de hoy.

Este desfase normativo hace que el sector de la seguridad privada esté desordenado,tenga ineficiencias, falta de regulación y control, ausencia de herramientas, descoordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, sobre todo, falta de adaptación a la realidad, riesgos y amenazas que afectan al personal de seguridad, a nuestros ciudadanos, a las empresas y, por ende, a las instituciones. A continuación, desgranamos las principales novedades que previsiblemente incluirá el Reglamento:

1. Su objetivo principal: Aumentar la eficacia de los servicios de seguridad a los que tienen derecho los ciudadanos y dar respuesta a las necesidades reales de seguridad en cada momento, lo que obliga a permitir cierta flexibilidad en el marco jurídico para que la seguridad se pueda adaptar con cierta rapidez a las necesidades de seguridad de la sociedad.

2. Creación de un nuevo Registro: Se creará un Registro Nacional de Seguridad Privada único para todo el territorio nacional que permitirá tener actualizado un mapa de los servicios de seguridad privada a nivel estatal facilitando la integración y coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

3. Relación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: De sumisión, dependencia y subordinación a coordinación, colaboración y corresponsabilidad. Ya lo establecía la Ley de Seguridad Privada de 2014, pero ahora se hace aún más énfasis con el objetivo de mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios en favor de la preservación de la
seguridad ciudadana y la lucha contra el delito.

4. Incentivos económicos, sí… ¿pero para quién?

A. Para los que quieran crear empresas de seguridad privada (y a las ya existentes) se reducen o eliminan exigencias que provocaban desembolsos desproporcionados einnecesarios, excepto en lo relativo a medidas de seguridad obligatorias (ver punto 9).

B. En lo que se refiere a concursos públicos para contratar servicios de seguridad, a partir de ahora, se priorizarán los criterios cualitativos en vez de tener en cuenta solo el precio.

Esta priorización es positiva porque debería provocar que las empresas no compitan en reducir el precio/hora de vigilante de seguridad a toda costa, con lo que ello implica para los sueldos del profesional de la seguridad. Estos criterios cualitativos dependerán principalmente de los Directores de Seguridad y de los Directores de Compras quepodrán tener en cuenta factores como la formación permanente por parte de la empresa a su propio personal, la rotación de servicios, las vacaciones del personal de seguridad, la inversión en herramientas tecnológicas de soporte al vigilante, entre otras, con la intención de que las empresas de seguridad que aporten más valor y no las más baratas sean las que ganen más contratos. 

5. Consideración de Agente de Autoridad: Un tema especialmente necesario, a la vez que delicado, es el de la consideración de agente de autoridad al personal de seguridad privada en el ejercicio de sus funciones. Este reglamento prevé la protección jurídica al profesional de seguridad cuando se le agreda o desobedezca cuando está cooperando y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, aunque éstas no estén presentes en el lugar de los hechos.

Falta ver cómo se traduce esto en la práctica. En la actualidad la jurisprudencia exige que haya un convenio o acuerdo por escrito entre la Policía y la empresa contratante de los servicios de seguridad en la que se definan el marco temporal, geográfico y funcional de los servicios de seguridad, acuerdo que rara vez existe provocando que rara vez se pueda considerar a un vigilante de seguridad como agente de autoridad, con la merma que eso supone en su seguridad y en la eficacia de su función. Esperemos que en la práctica se pueda llevar a cabo la flexibilización de este punto. 

6. Servicios mínimos ante situaciones de huelga: Se incluye en este Reglamento la posibilidad de que la autoridad laboral decrete servicios mínimos del personal de seguridad ante situaciones de huelga en supuestos en los que los servicios de seguridad se declaren esenciales, tales como:

1. La vigilancia y protección en centrales nucleares, refinerías, transporte y distribución de materias inflamables, fábricas de armas de fuego, centros de telecomunicaciones,hospitales y juzgados.

2. El Depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes.
3. Protección personal a autoridades y cargos públicos.
4. Operadores en centrales receptoras de alarmas.
5. Personal de seguridad de establecimientos, instalaciones o actividades en los que los servicios de seguridad privada se hubieran impuesto con carácter obligatorio. 

7. Servicios de control de accesos: por primera vez en la legislación sobre seguridad privada, se especifican los requisitos, obligaciones y facultades que debe cumplir el personal de seguridad privada en la ejecución de los servicios de control de accesos. 

8. Ampliación de las tipologías de servicio de seguridad reguladas: Se ha hecho una recopilación de las tipologías de servicio de seguridad que se prestan en la actualidad para regularlas, ponerles condiciones y requisitos varios. Los servicios que contemplará el Reglamento son:

1. La protección de bienes en vías públicas.
2. La vigilancia y protección de buques mercantes y pesqueros.
3. La protección de cajeros automáticos.
4. La protección de medios de transporte.
5. La realización de rondas o vigilancia discontinua.
6. La vigilancia perimetral de centros penitenciarios y centros de internamiento de extranjeros.
7. La vigilancia de edificios o instalaciones de organismos públicos.
8. La participación en servicios encomendados a la seguridad pública.
9. La vigilancia de polígonos industriales y urbanizaciones, complejos o parques comerciales y de ocio.
10. La vigilancia de recintos y espacios abiertos que se encuentren delimitados y acontecimientos culturales, sociales o deportivos.
11. Los servicios de videovigilancia.
12. Los servicios de protección para personas o grupos de personas determinadas.
13. El transporte, protección y depósito de dinero, joyas u otros objetos valiosos, de obras de arte y antigüedades, así como de armas, explosivos y sustancias peligrosas.
14. La instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad.
15. Los servicios de alarmas de seguridad.
16. Los servicios de investigación privada (detectives privados).

9. Regulación de las medidas de seguridad privada para ciertas empresas:

A. Se regulan las medidas de seguridad privada, sus características, naturaleza, exigibilidad y finalidades, qué organismo puede imponerlas y definición deresponsabilidades. Esto es un poco delicado (sobre todo para las empresas pequeñas) que estarán obligadas a invertir en medidas de seguridad. Esperamos que se flexibilice y se haga progresivo para que esta no provoque problemas económicos en las empresas de seguridad, lo que repercutiría también en el personal que trabaja en ellas.

B. Se establece que la principal medida de seguridad organizativa es la constitución de un Departamento de Seguridad en las empresas, acompañado de los planes de seguridad, cuya elaboración y actualización queda atribuida únicamente a la figura del Director de Seguridad.

C. Otro paso importante en la creación (y en los mejores casos consolidación) de los Departamentos de Seguridad en las empresas es la específica y amplia regulación sobre as Centrales receptoras de alarmas de uso propio así como de los Centros de Control o de Videovigilancia cada vez más habituales en empresas de mediano y gran tamaño. 

10. ¿Y la Seguridad de la Información y Ciberseguridad que está tan de moda? 

A. Una gran novedad, aunque no podía ser de otra manera, es la inclusión (por fin) de la seguridad informática en el reglamento. Se establecen requisitos y condiciones a las empresas que presten este tipo de servicios de Seguridad de la Información o Ciberseguridad para garantizar la calidad de sus servicios en función de para qué tipo de cliente estén trabajando. Aunque seguramente escaso, este constituye el primer desarrollo reglamentario de la Seguridad Informática en España, Histórico.

B. En línea con lo anterior, otra novedad es la necesidad obligatoria de que las empresas de seguridad informática y las empresas de seguridad privada que quieran prestar servicios en sectores estratégicos definidos en la normativa de Infraestructuras Críticas se sometan a una auditoría externa obligatoria. Esta obligatoriedad es una tendencia cada vez más habitual en todos aquellos sectores económicos y esenciales tales con el sector financiero o el sector sanitario, ejemplo de la importancia que el legislador le atribuye al sector de la seguridad privada. 


(+) PUNTOS POSITIVOS DE ESTA PROPUESTA DE REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA 

Como siempre, depende. Depende de si eres un vigilante de seguridad, un detective privado que está pagando autónomos, una empresa de seguridad pequeña o una empresa de seguridad grande. En términos generales el Reglamento es positivo al:

1. Regular más el sector y dar más seguridad jurídica a profesionales y empresas por estar ejerciendo funciones que están previstas en la ley.

2. Mantener vigentes indefinidamente las TIP ya obtenidas así como los diplomas expedidos hasta la fecha de cualquier vigilante de seguridad, sus especialidades y los grados y cursos de detective privado y Director de Seguridad.

3. Regular el intercambio de información, no solo hacia la Policía sino hacia el personal de seguridad privada para que pueda: (1) adoptar medidas de protección adecuadas ante riesgos e incluso (2) facilitar datos personales para prevenir peligros reales para la seguridad ciudadana o para evitar comisión de delitos.

4. Reconocer social e institucionalmente al sector, estableciendo oficialmente el Día de la Seguridad Privada, concediendo reconocimientos honoríficos al personal de seguridad privada.

5. Establecer medidas de seguridad obligadas para las empresas de seguridad privada: (1) sistema de seguridad físico y electrónico, (2) área restringida destinada a la custodiade información y documentación sensible, (3) sistema informático acorde con la clasificación del nivel de criticidad, (4) un plan de seguridad frente a riesgos y amenazas y (5) un plan de contingencia para garantizar la continuidad de la actividad cuando se materialicen las amenazas. Estas medidas son coherentes tratándose del sector encuestión, aunque la clave está en cuánto tiempo permitirán dar de alta estas medidas de seguridad y si darán ayudas a las que las empresas puedan acogerse.

6. Darle mayor contenido a la figura del Director de Seguridad al considerarle interlocutor y enlace con la Administración en relación a los siguientes ámbitos. En la mayoría de empresas esos ámbitos están diseminados entre diferentes departamentos por lo que el hecho de que lo incluya el Reglamento da fuerza para que dichas competencias las acabe vehiculando el Director de Seguridad:
a) Materias clasificadas. 
b) Infraestructuras críticas. 
c) Seguridad de la información y las comunicaciones. 
d) Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. 
e) Protección contra incendios. 
f) Seguridad laboral. 
g) Intercambio de información con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sobre cuestiones relativas a delincuencia, de las que se tuviesen indicios o conocimiento en su entidad. 
h) Actuación ante situaciones de emergencia que afecten a la propia empresa o cuando esta aporte recursos en caso de situaciones de catástrofe o emergencia pública. 
i) Cualquier acción de colaboración público-privada en el marco de la Estrategia de Seguridad Nacional.
j) Cualquier otro que afecte a la seguridad de su organización y contribuya a la persecución de delitos e infracciones.

(-) PUNTOS NEGATIVOS DEL REGLAMENTO

Aún así, creemos que este borrador de Reglamento es mejorable en los siguientes puntos:

1. Se pierde una oportunidad de profesionalizar el sector: cada vez hay menos gente que quiere ser vigilante de seguridad por las condiciones laborales y económicas que lleva asociadas una profesión con tantos riesgos intrínsecos. Si no se hace atractiva la profesión, difícilmente se atraerá a personas que quieran dedicarse a la seguridad privada vocacionalmente.

2. Se podría haber aprovechado para exigir mayor calidad en la formación impartida en los Centros de Formación y Universidades: las formaciones de seguridad privada no tienen un método pedagógico moderno, dinámico ni interactivo; los contenidos impartidos son cada vez más teóricos y las prácticas solo se hacen cuando son imprescindibles, sin importar si el candidato ha adquirido realmente los conocimientos y habilidades que lleva asociada la TIP.  Tampoco está previsto el reciclaje en cursos complementarios que ayudarían al profesional a ampliar sus capacidades y habilidades, tales como cursos deciberseguridad, autoprotección, gestión de conflictos, entre otros, que va a necesitar a lo largo de su trayectoria profesional. Haz clic aquí para consultar nuestro método y loscursos sobre ciberseguridad, inteligencia y autoprotección.

3. Flexibilizar en términos prácticos y viables la figura de agente de autoridad (como pasa en algunos países de nuestro entorno): se ha producido un avance no exigiendo lapresencia de FCS en el lugar de los hechos y reconociéndola en algunos supuestos concretos pero, aún así, con el actual redactado, será difícil que jurídicamente se reconozca esta protección jurídica en todos los casos en los que se produzca una agresión o desobediencia a un profesional de la seguridad en el ejercicio de sus funciones.

EN RESUMEN

Este borrador del Reglamento es un avance en muchos ámbitos. Aún así, ha dejado algunos temas a medias que podría haber consolidado en una norma de tanta repercusión para el sector y para la seguridad en general.

Y.. ¿CUÁNDO ENTRARÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?


Responsables políticos y altos funcionarios del Ministerio de Interior, en varias ocasiones,han comentado que será a la vuelta de verano cuando este Reglamento vea la luz definitivamente.  De todos modos, esto lleva diciéndose varios años y siempre se ha ido posponiendo hasta la fecha, por lo que esperamos que esta vez sea cierto. La sociedad lo demanda. Las empresas lo necesitan y el entorno de riesgo lo exige


si quieres leer el borrador completo pincha aqui


inigo.ccoo@hotmail.com

martes, 26 de septiembre de 2017

acción de Prosegur sigue imparable

Prosegur sigue imparable en Bolsa y vuelve a valer más que su filial



La acción de Prosegur sigue imparable en Bolsa. La acción acumula 16 subidas en las últimas 20 sesiones (avanzó un 1,98% este lunes), marca un nuevo maximo del año en los 6,19 euros por acción y la capitalización bursátil supera ya los 3.800 millones de euros.

El rally, que alcanza ya el 8% en el mes de septiembre, permite al grupo de seguridad corregir el desfase en el que incurrió con su filial hace dos semanas. Entonces, con la acción de Prosegur Cash disparada también en Bolsa, paradójicamente el valor de mercado de esta última superó la de la matriz. Corregida esta anomalía, ambas compañía ya están en positivo en 2017. Prosegur ha dejado atrás la corrección gracias a la gran reacción de las cuatro últimas semanas y ya sube cerca de un 6% este año. Cash, por su parte, se ha revalorizado un espectacular 25% desde su salida a bolsa en marzo a 2 euros por acción.


Precisamente la fortaleza de la filial que está detrás del gran avance de Prosegur en los últimos días, ya que ha provocado el cierre de numerosas posiciones cortas sobre la matriz.. Según el último recuento de la CNMV, las posiciones cortas sobre Prosegur se han desplomado un 57% desde el 0,51% hasta el 0,22% del capital. Es el nivel más bajo del año y de los últimos tiempos. Los bajistas han salido de Prosegur en estampida por el buen comportamiento de la filial y porque consideran que el potencial bajista de la empresa de seguridad ya estaba agotado. Los analistas asignan a la compañía un potencial alcista de alrededor del 10% desde los niveles actuales.

inigo.ccoo@hotmail.com

lunes, 25 de septiembre de 2017

Huelga en Marsegur






Huelga en Marsegur, 99% de seguimiento en Defensa, a falta de datos del resto de sectores afectados. En la imágen funcionarios de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz en la calle, sin poder acceder a sus puestos de trabajo.


A las 00:00 horas de hoy lunes 25 de septiembre primer día de huelga convocada por los tres sindicatos mayoritarios del sector, UGT, CCOO y USO, un miembro del comité de huelga , informa de que tras ponerse en contacto con él, los diferentes territorios en los que los 188 centros dependientes del Ministerio de Defensa, como bases, cuarteles, sedes regionales, edificios históricos, museos, hospitales militares, tiene seguridad privada, siendo la empresa ‘PIRATA’ Marsegur la adjudicataria de los mismos. "Se puede afirmar de que el seguimiento de la huelga es del 99% de la plantilla, más de 700 vigilantes en toda España solo en Defensa".

Estamos a la espera de datos de los servicios que esta empresa PIRATA tiene en el resto del territorio nacional.

Huelga provocada por los retrasos e impagos reiterados de MARSEGUR con sus trabajadores y familias a los que ha llevado a la miseria económica, esta empresa PIRATA.

En la subdelegación del Gobierno en Badajoz han secundado la huelga el 100%, los funcionarios está mañana se encontraron las puertas cerradas y tuvieron que entrar por el garaje, provocando que saltasen las alarmas.

También en el acuartelamiento Sancha Brava de Badajoz han secundado la huelga todos los VS.

.- En Sevilla 100%





inigo.ccoo@hotmail.com

domingo, 24 de septiembre de 2017

Detenida tras insultar, agredir y amenazar de muerte a una vigilante de seguridad




La arrestada se alojaba en un hospedaje de Beiramar, donde protagonizó algunos incidentes


Una mujer ha sido detenida en Vigo acusada de insultar, amenazar de muerte y agredir a la vigilante de seguridad de un hospedaje, informaron hoy fuentes policiales. Identificada con las iniciales M.N.B., de 36 años de edad, natural de Barcelona, la mujer fue detenida ayer por agentes de la Policía Local de Vigo.


Los agentes, tras recibir una denuncia, acudieron hacia las 15:50 horas a un hospedaje de la avenida de Beiramar, donde la mujer se había alojado durante dos días creando bastantes problemas tanto a los usuarios como al personal, según las citadas fuentes. La mujer se presentó "formando escándalo", por lo que la vigilante de seguridad le pidió que depusiese su actitud o, de lo contrario, tendría que llamar a la Policía. Entonces, comenzó entonces a insultar y a agredir a la agente y llegó incluso, en presencia de los agentes, a indicar que cuando se fueran "la mataría", señalaron las mismas fuentes.



Nueva agresión



BILBAO: Nueva agresión a un vigilante de seguridad en el metro

Cuando les viene bien, somos personal esencial para la comunidad, para lo demás somos un cero a la izquierda

CCOO denuncia una nueva agresión a un vigilante en el metro de Bilbao

Perdió el conocimiento en la estación de Etxebarri al chocar con una pared cuando era golpeado y empujado por parte de cuatro individuos. El sindicato CCOO ha denunciado hoy una nueva agresión a un vigilante de seguridad privada de Metro Bilbao, que ha perdido el conocimiento esta mañana en la estación de Etxebarri al golpearse con una pared cuando era golpeado y empujado por parte de cuatro individuos, han informado fuentes de la central. Según han señalado, los hechos han ocurrido a primera hora de la mañana cuando el vigilante estaba apoyando a una supervisora de Metro Bilbao que estaba recriminando a un usuario por orinar en la salida de la estación de Etxebarri.

En ese momento, cuatro individuos que acababan de bajar de una unidad del suburbano han comenzado a increpar y agredir al vigilante. Debido a un empujón, el trabajador ha caído hacia atrás, se ha golpeado fuertemente la cabeza contra una pared y ha perdido el conocimiento, según CCOO. En ese momento los cuatro individuos han huido, aunque dos de ellos han sido identificados por efectivos de la Policía Municipal trasladados al lugar, ha indicado la misma fuente.


El vigilante ha sido trasladado a un centro hospitalario para ser reconocido y tras haber sido dado de alta, ha ingresado más tarde en la mutua de su empresa debido a "fuertes dolores en el cuello". CCOO ha condenado esta agresión y ha recordado que ha exigido en varias ocasiones más dotación de efectivos en el metro de Bilbao. Según ha indicado, ningún compañero ha podido ayudar al vigilante agredido porque se encontraba solo en la estación y sus compañeros más cercanos se encontraban a 8 minutos en la estación más próxima.

Denunciamos que las agresiones a profesionales de la seguridad privada se están convirtiendo en el pan nuestro de cada día, sin que nadie haga nada por parar esta barbaridad. Y las leyes nuevas que regulan nuestro sector, más que atajar esta lacra, lo que hacen es ponernos cada vez más expuestos e indefensos antes las agresiones. La gran paradoja es que esos mismos trabajadores que son considerados cuando interesa a nuestros gobernantes "personal esencial para la seguridad de la comunidad", para todo lo demás no son más que un cero a la izquierda, mano de obra barata que tapa los agujeros a dónde la seguridad pública no puede llegar, y que hace engordar las cuentas de beneficios de las empresas de seguridad.


¿Hasta cuándo va a durar esta sinrazón?

miércoles, 20 de septiembre de 2017

A trabajar en chanclas


Los vigilantes de Es Pinaret denuncian la ausencia de medios para ofrecer seguridad




Los vigilantes de Es Pinaret denuncian la ausencia de medios para trabajar tras la concesión del servicio a una nueva empresa, desde el pasado 1 de septiembre. Los guardias de seguridad han recibido únicamente «un pantalón de jardinero y una camiseta para ir a trabajar, que se les envió por correo porque nadie de la nueva empresa se ha puesto en contacto con nosotros ni nos ha querido recibir», manifestó Sebastián Oliver, representante sindical de los trabajadores de seguridad, del Sindicato Independiente, que representa al 90 por ciento de los vigilantes de Es Pinaret y Es Fusteret.

Oliver afirmó que el sindicato tiene a la nueva concesionaria del servicio «en la lista de empresas low cost o, lo que es lo mismo, que paga fuera de convenio». «Han cogido el servicio, nos han entregado un pantalón y una camiseta y nos han enviado a trabajar, no nos han dado ni botas, ni cinturones, ni esposas, que es obligatorio, ni defensas. Los walkies son de juguete y se compran por Amazon, están poniendo en peligro el trabajo del equipo de seguridad porque hay riesgo de que no pueda actuar», agregó el representante sindical, quien precisó que hay una treintena de vigilantesafectados, 23 de ellos en Es Pinaret y seis en Es Fusteret.

miércoles, 6 de septiembre de 2017

Permiso Retribuido

Permiso Retribuido

Voy a hablaros un poco del permiso retribuido, ya que hay personas que no saben bien cómo cuentan estos permisos en relación a la jornada mensual, y empresas de seguridad que se aprovechan de este hecho y intentan colar estos permisos retribuidos como si fueran días de vacaciones (es decir 5,22 horas cada día de dicho permiso).



El permiso retribuido para los vigilantes viene regulado en el artículo 46 de nuestro convenio de seguridad:
Artículo 46. Licencias. En este artículo tenéis la cantidad de días de permiso retribuido que os corresponden según la situación que os da derecho a dicho permiso.

Debéis saber que un permiso retribuido es un día (o varios según el caso) en el que SE COBRA, pero NO SE TRABAJA. Un día de permiso retribuido equivale al total de la jornada que hubiésemos tenido que realizar ese día. Es decir, que si tú el día en que te pides dicho permiso hubieses tenido que trabajar 8 horas, entonces debes contar ese día de permiso retribuido como 8 horas. Si hubieses tenido que trabajar 12 horas, entonces dicho permiso contaría como 12 horas.

Estas horas que contamos pero no trabajamos, entran dentro del cómputo de jornada mensual (o también anual, obviamente).
Ejemplo:
Trabajo 162 horas al mes, y tengo una jornada de 8 horas diarias.
Me pido dos días de permiso retribuido “por traslado de mi domicilio” como me permite el artículo 46, apartado c).
Estos dos días de permiso me contarán como: 8 horas + 8 horas = 16 horas.
Es decir, que para llegar a mi cómputo de 162 horas mensuales, habiéndome pedido dicho permiso, deberé trabajar ese mes: 162 – 16 = 146 horas.
O dicho de otra manera:
Las horas correspondientes a mis días de permiso retribuido cuentan para el cómputo de jornada. Deben sumarse al resto de horas que he trabajado.

Si sumando las horas efectivamente trabajadas ese mes (trabajo real) con las horas de mi permiso retribuido, me salen más de 162 horas, obviamente las que sobrepasen esta cantidad serán HORAS EXTRA.

NO ES VERDAD que un permiso retribuido cuente como un día de vacaciones. No es verdad que ese día equivalga a 5,22 horas. Esta es una treta de las empresas que se aprovechan de nuestro desconocimiento sobre el tema, y de la confusión que existe respecto al tema del cómputo de jornada en vacaciones.

Os lo voy a explicar para que os quede más claro, sobre todo para los vigilantes nuevos que habéis aprobado en estas últimas convocatorias :

– La jornada que debemos realizar los vigilantes al año es de 1782 horas. Y tenemos también 31 días de vacaciones.
Por lo tanto si dividimos 1782 horas entre 11 meses (ya que el mes número 12 tenemos vacaciones) nos saldrá que debemos realizar 162 horas al mes.

¿Qué hacen las empresas para calcular a cuántas horas equivale cada día de vacaciones?
Pues si un mes normal debemos realizar 162 horas, entonces ese mes de vacaciones de 31 días también deberá equivaler a 162 horas.
Hacen una regla de tres:

162 horas _________31 días
x horas _________ 1 día

x = 162 / 31 = 5,22 horas

Como veis entonces, 1 día de vacaciones equivale a 5,22 horas.

De aquí sale ese dichoso 5,22 que intentan colarnos en el permiso retribuido algunas empresas.
Como veis, para calculas un día de vacaciones la operación realizada tiene sentido.
Pero para calcular un día de permiso retribuido NO TIENE NINGÚN SENTIDO realizar la misma operación.
¿Qué tienen que ver 31 días divididos entre 162 horas mensuales para calcular las horas que corresponden a dicho permiso? No podemos realizar la misma operación matemática.

Todo esto os lo cuento para que sepáis cómo poder rebatir a vuestra empresa el que os cuente un día de permiso como 5,22 horas. Aunque dar esta explicación a la empresa NO ES NECESARIO, pues ya lo saben ellos de sobra. Lo que intentan siempre es “a ver si cuela” y no nos quejamos.

Conclusión:
Un permiso retribuido debe contar COMO SI HUBIÉSEMOS TRABAJADO. Tanto para las horas del cómputo de jornada, como para el salario.
Ese día debes cobrar TODO el salario correspondiente a ese día. Pero solo los complementos salariales. Los complementos extrasalariales como por ejemplo las dietas, no se cobran.
– Cobrarás salario base
– plus transporte
– plus vestuario
– antigüedad
– etc

Y por supuesto, a causa de cualquier permiso retribuido, nunca deberás horas a la empresa.
A no ser que sumando horas de trabajo efectivo realizado + horas de permiso retribuido, no llegues al cómputo mensual.

Este permiso lo debes pedir con la suficiente antelación como para que la empresa pueda cubrirte. A no ser casos especiales de fallecimiento, que no se pueden preveer.
Redactas un papel pidiendo a la empresa dicho permiso y que te firmen el recibí (por si acaso, mejor prevenir y no pedir el día “de boca”, que luego no disponemos de pruebas en caso de tener que demandar) .

Hay que decir también que debes presentar a la empresa las “pruebas” necesarias que dieran origen a este permiso:
– en caso de mudanza, el empadronamiento en la dirección nueva.
– en caso de ingreso de familiar, el certificado de ingreso que te dan en el hospital…

Estas “pruebas”, la mayoría de las veces, solo las podemos conseguir una vez terminado el permiso, por lo que la empresa deberá “confiar” en ti y darte el permiso, en espera de que posteriormente les entregues algún papel que verifique que efectivamente has tenido derecho a ese permiso.
La empresa no puede negarse a darte estos permisos retribuidos, a no ser por causas mayores muy mayores.
Si se niegan a darte dicho permiso retribuido al que tú sabes que tienes derecho, deberás fastidiarte e ir a trabajar, si no, se consideraría abandono de puesto. Pero después podrás presentar una demanda en el juzgado.


si tienes que realizar una reclamación asesórate :

inigo.ccoo@hotmail.com



Un parto con mucha urgencia

Un parto con mucha urgencia


Dos vigilantes de seguridad, una celadora y sanitarios atendieron un nacimiento a las puertas del HUCE


Fuente: elfarodeceuta.es/Carmen Echarri | 06/09/2017



Cuando la vida llama a la puerta le da por aparecer a cualquier hora y en cualquier escenario. Y esto es lo que sucedió ayer, a las puertas del Hospital Universitario, en donde se produjo el nacimiento de un varón en un parto marcado por la urgencia. Pasaban las 14.00 horas y los dos vigilantes de seguridad que se encontraban en Urgencias fueron alertados por el conductor de un vehículo. ¿El motivo? Su mujer estaba dando a luz.


La pareja de trabajadores de la empresa Prosegur y una celadora del Hospital abrieron la puerta del coche y se toparon con la mujer y su bebé que “estaba casi en el sillón del vehículo”, expone emocionado uno de los vigilantes.


Al momento acudió la médico que estaba de Urgencias, una enfermera y un trabajador de la ambulancia, quienes asistieron a la parturienta ya en el vehículo, en donde terminó de producirse el alumbramiento. Con el pequeño en el mundo, los sanitarios se lo colocaron a la madre en el pecho y subieron a ambos rápidamente a la sala de partos para ser reconocidos.


La rápida actuación de todos los presentes fue determinante para que el parto se desarrollara sin complicaciones; tal y como explicó ayer Ingesa, tanto la madre como el recién nacido se encontraban bien de salud.





Para los sanitarios del Hospital Universitario fue una actuación más en su día a día, para los dos vigilantes de seguridad fue, sin duda, uno de sus servicios más destacados y emocionantes. Acostumbrados a otro tipo de atenciones, se convirtieron en improvisados matrones a pie de Hospital. Porque la vida no avisa cuando quiere asomarse y en este caso el pequeño tenía mucha prisa por llegar a este mundo.

lunes, 4 de septiembre de 2017

Los vigilantes de seguridad de El Prat dicen que no se está cumpliendo el laudo y convocan otra huelga



Los vigilantes de seguridad de El Prat dicen que no se está cumpliendo el laudo y convocan otra huelga



En una decisión rotunda y unánime, los trabajadores de los controles de seguridad del aeropuerto de El Prat acordaron ayer la convocatoria de una nueva huelga que empezará en las instalaciones el próximo viernes 6 de octubre.


La nueva exigencia de los huelguistas es que se cumpla el laudo obligatorio publicado la semana anterior. «Aunque no queremos este laudo, sí pedimos que se cumpla porque es lo que se nos ha prometido», afirmó el asesor del comité de huelga de los vigilantes de Eulen en El Prat, Juan Carlos Giménez. «Nuestra situación es ahora peor que cuando empezamos», añadió.


La plantilla considera que el laudo arbitral empeora las condiciones de la propuesta acordada por el gestor aeroportuario Aena, el Departamento de Trabajo de la Generalitat y la dirección de Eulen. «No nos gusta nada pero exigimos su cumplimiento porque estamos mucho más presionados que hace dos meses, sin prácticamente poder ausentarnos tres minutos para ir al baño», explicó un empleado.


Con esta segunda oleada de paros, los trabajadores de la concesionaria Eulen denuncian que sus actuales condiciones de trabajo, impuestas por un árbitro designado por el Gobierno, han empeorado respecto a las que los llevó a iniciar, el pasado 24 de julio, el conflicto laboral que sumió El Prat en el caos, con largas esperas de pasajeros durante 20 días, hasta que la Guardia Civil tomó el control de los filtros.


Giménez admitió que «es increíble» que los trabajadores exijan el cumplimiento de un laudo obligatorio contra el que ayer votaron unánimemente los 115 asistentes a una asamblea que terminó a las 18.00 horas en un equipamiento municipal de El Prat de Llobregat. «Queremos que se cumpla aquello que no queremos pero que es a lo único a lo que nos podemos acoger y que no se está cumpliendo», manifestó Giménez al término de una asamblea en la que los empleados denunciaron que su día a día es hoy «mucho peor» que al inicio de las movilizaciones.


Con idéntica unidad, la plantilla secundó una nueva huelga en protesta contra el «incumplimiento» de todos los puntos del laudo, en concreto con los que garantizan pausas para comer o para ir al lavabo durante su jornada laboral.






Con un mes por delante para la anunciada huelga, el comité reclama que el gestor aeroportuario Aena vuelva a sentarse en la mesa de negociación de un conflicto del que, dicen, no van «a permitir que vuelva a irse de rositas». La plantilla exige que Aena «dé soluciones» y que aporte «garantías de que va a respetar las mejoras que incluye el convenio para que algo así no pueda volver a pasar en el futuro».


Los nuevos paros, que arrancarán el primer viernes de octubre, serán inicialmente parciales y semanales pero el comité de huelga anunció que podrán convertirse en totales y diarios. La huelga prevista para este viernes quedó desconvocada en tanto que Eulen retiró los despidos y las sanciones a los empleados, tal y como establecía el laudo.


La plantilla se manifestará en las calles de Madrid el próximo 27 de septiembre a favor del cumplimiento del convenio nacional de vigilantes de seguridad privada.

¿A quién beneficia más el laudo de El Prat?


¿A quién beneficia más el laudo de El Prat?


El árbitro designado por el Gobierno, Marcos Peña, presentó este jueves a Eulen y el comité de huelga de la empresa un laudo de obligado cumplimiento. El documento, que ocupa 29 folios, pondrá fin al conflicto vivido en El Prat durante los últimos meses, aunque, como ya dijo Peña, no ha dejado «contento a ninguna parte».

¿A quién beneficia más este arbitraje? En materia salarial, a la empresa. La petición de un mayor sueldo fue una de las principales reivindicaciones de los trabajadores a la hora de convocar sus paros. Marcos Peña ha resuelto este aspecto estipulando un plus de 200 euros al mes para los guardias de seguridad de Eulen en El Prat. Es exactamente la misma cantidad que propuso hace unas semanas la Generalitat, que gracias a sus competencias en materia laboral intervino como mediador en este conflicto.

La propuesta, calificada de «razonable» por el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, fue aceptada por la empresa... pero no por los sindicatos. El complemento de 200 euros fue descartado por la asamblea de los trabajadores de Eulen hasta en dos ocasiones. Estos plantearon un bonus de 350 euros repartidos en 15 nóminas, una contraoferta rechazada tajantemente por la compañía y criticada por De la Serna.


Con el laudo de Marcos Peña, el conflicto salarial se resuelve a favor de las preferencias de la Generalitat. Y la empresa.

Caso distinto es el asunto de los trabajadores despedidos durante las protestas. Cuando el Gobierno anunció que establecería un laudo que sería de obligado cumplimiento para ambas partes e impediría que se mantuvieran las huelgas, el comité de Eulen rechazó tajantemente esta medida. El pasado domingo, de hecho, decidió convocar nuevos paros a partir del 17 de septiembre. Dado que estas movilizaciones no podían ser por los mismos motivos que las producidas en agosto, los empleados justificaron los paros por los despidos y sanciones producidas durante las últimas semanas.

No hay que olvidar que el portavoz del comité de huelga de Eulen, Juan Carlos Giménez, llegó a declarar que el laudo solo evitaba una huelga por el motivo concreto que estaba entonces en disputa (el salario). Es decir, que se podían convocar nuevas protestas de forma totalmente legal por otros motivos. «No sé si luego los trabajadores harán una huelga porque les duelen los zapatos tan malos que tienen. (...) A lo mejor hacen otra huelga», llegó a decir Giménez.
Readmisiones

El laudo de Marcos Peña suprime también este motivo, ya que obliga a la empresa a readmitir a los empleados que han sido despedidos en las últimas semanas. Esta posibilidad había sido rechazada por Eulen en las últimas reuniones mantenidas con los representantes de los trabajadores.

El documento elaborado por el mediador hace referencia asimismo al refuerzo de la plantilla de Eulen, una petición reclamada por los trabajadores. El comité denunció que se realizaban turnos de hasta 16 horas para hacer frente a la afluencia de pasajeros en los controles de seguridad de El Prat durante periodos de máxima afluencia. La respuesta de Peña ha sido imponer un nuevo vigilante por línea de trabajo. Una posibilidad que también había sido propuesta por la Generalitat en su propuesta de mediación.

Salarios, readmisiones y refuerzo de personal son las principales claves del laudo de Marcos Peña. Y las tres ya habían sido recogidas en distintas situaciones por el mediador del conflicto, la Generalitat. Su plan fue rechazado repetidamente por el comité de huelga de Eulen. Tras conocer el laudo, los trabajadores han asegurado que estudian nuevas movilizaciones.

viernes, 1 de septiembre de 2017

La eficaz política de la porra

La eficaz política de la porra

Fuente:infolibre.es/Jesús Maraña 30/08/2017


Nada le puede gustar más a un Gobierno políticamente débil que tirar de la porra para fortalecerse ante el electorado. Esta costumbre no es novedosa ni exclusiva de España: Franco inventaba de cuando en cuando una conspiración judeomasónica para darse un autohomenaje en la Plaza de Oriente después de firmar unos cuantos fusilamientos, pero ahí están también los reiterados ejemplos de muy diversos presidentes norteamericanos capaces de decretar guerras patrióticas en lugares exóticos para excitar la unidad del pueblo en torno a la Casa Blanca.


Hoy el recurso de la porra ha adquirido formatos más pacíficos y burocráticos, aunque igualmente eficaces desde el punto de vista político. Vale para un amago de legislación secesionista en Cataluña, pero también para una huelga de seguratas en el aeropuerto de El Prat. El Gobierno saca la porra de la autoridad con indisimulado orgullo y satisfacción, convencido de que tal ejercicio es una fábrica de futuros votos.


Mariano Rajoy había convocado para el miércoles 16 de agosto un Consejo de Ministros extraordinario (obsérvese el oxímoron que ya supone la organización anticipada de una reunión supuestamente “extraordinaria”) en previsión de que la Mesa del Parlament iniciara la tramitación de la ley del referéndum, para recurrirla de inmediato ante el Tribunal Constitucional.


A falta de esa iniciativa, aplazada por los independentistas hasta ocasión más propicia a sus intereses (o menos arriesgada judicialmente para sus dirigentes), el Gobierno aprovechó la cita para tomar otra decisión “extraordinaria”: decretar que fuera un árbitro o mediador quien resolviera el conflicto de El Prat por la huelga de los vigilantes de Eulen, empresa adjudicataria de los servicios de seguridad en el aeropuerto barcelonés, donde ya no hay enormes colas ante los arcos metálicos de filtro de pasajeros tras la imposición por el Gobierno de servicios mínimos del 90% y la sustitución de los huelguistas por guardias civiles.


El "árbitro" nombrado por el Gobierno, Marcos Peña (presidente del Consejo Económico y Social), deberá tener listo este mismo miércoles un laudo que los sindicatos ya han advertido que denunciarán en los tribunales.


Todo eso ocurrió en vísperas de los atentados de Barcelona, hace menos de dos semanas, aunque la gravedad de los mismos y la intensidad con la que vivimos cada minuto de los hechos y las reacciones posteriores instalen la sensación colectiva de que hace siglos de "lo de El Prat".


Observado desde la simplicidad con la que conviene analizar las decisiones guiadas por la eficacia política, el conflicto de El Prat era una golosina veraniega para cualquier Gobierno: los seguratas de una empresa privada fastidian las vacaciones a miles de ciudadanos con el fin de presionar para lograr mejoras salariales.


Una vez producido el grado suficiente de “alarma social” o encabronamiento colectivo, acude entonces el Gobierno con su porra en forma de guardia civil y de laudo obligatorio para garantizar la tranquilidad de los sufridos pasajeros-ciudadanos-votantes.


El inconveniente político principal del uso de la porra es que debe tener carácter realmente “extraordinario” para no volverse contraproducente. El Gobierno lo sabe, y ante la firme posibilidad de que los conflictos laborales a imitación de El Prat se sucedan, declaró ese mismo miércoles su disposición a crear un “grupo de trabajo” que aborde las condiciones del sector de la seguridad privada en las diferentes contrataciones con la Administración (no sólo aeropuertos sino todo tipo de edificios que albergan servicios públicos).


Ya se sabe que anunciar la creación de un “grupo de trabajo” equivale a soltar un patadón a la pelota o problema lo más lejos posible en el espacio temporal, es decir hasta más allá de la fecha en que sea posible recoger los frutos electorales del uso previo (y extraordinario) de la porra.


Los vigilantes privados de El Prat, que habían suspendido los paros a los pocos minutos de los atentados, votaron este domingo una nueva huelga a partir del 8 de septiembre, y los sindicatos del gestor aeroportuario público-privado Aena tienen anunciada también su intención de ir a la huelga a partir del 15 de septiembre y durante todo el otoño-invierno en las fechas más complejas para el tráfico de pasajeros.


El Gobierno sabe que si se dedica a tirar de la porra cada dos semanas llegará un momento en que será considerado, con razón, inútil para la resolución razonable de los problemas o para anticiparse a los mismos.


Lo que esconde el conflicto de El Prat


En realidad al fondo del conflicto de El Prat asoman dos cuestiones graves y muy significativas de lo que ha sido la gestión política de la crisis económica y lo que está siendo la presunta y desigual “recuperación”.


Por un lado, las reivindicaciones de los empleados de Eulen son perfectamente legítimas: su salario medio se ha recortado desde 2012 casi un 12%, se han eliminado pluses de antigüedad y los nuevos contratos suponen un sueldo que no llega a los 900 euros mensuales.


Mientras tanto, como hemos contado en infoLibre, los sueldos de los administradores de la sociedad que gestiona esos filtros de pasajeros en 21 aeropuertos crecían un 20%, y la empresa declaraba constantemente pérdidas pese a ingresar entre 2012 y 2016 casi 926 millones de euros.


De modo que los seguratas de Eulen (que no son los vigilantes que peores condiciones laborales sufren) vienen a simbolizar lo que ha ocurrido con millones de trabajadores de todos los sectores, que han visto disminuir sus rentas de forma contundente, al tiempo que las de sus máximos ejecutivos aumentaban.


Además, los procesos de privatización de empresas públicas o de externalización de servicios públicos han significado una precarización clara de las condiciones laborales sin aportar tampoco una mejora de la calidad de esos servicios. (Podrían citarse decenas de ejemplos, uno de los más sonoros el de las empresas adjudicatarias de los servicios de limpieza de las calles de Madrid y la recogida de basuras, cuyo deterioro galopante llevó a una huelga en tiempos de Ana Botella que desveló los recortes y el exclusivo negocio de las sociedades beneficiadas).


Por otro lado, el conflicto de El Prat deja en evidencia los tics autoritarios de la legislación vigente sobre el derecho a la huelga, como apuntaba nuestra compañera Elena Herrera tras contrastar los datos con expertos en materia laboral.


Esa legislación se basa en un decreto de 1977, preconstitucional, que ha sido reinterpretado en fallos posteriores pero que sigue otorgando al Ejecutivo un estatus de juez y parte en asuntos capitales como la capacidad de determinar qué actividad es esencial para la ciudadanía, qué porcentaje de servicios mínimos fija o la utilización a capricho del arbitraje obligatorio.


El Tribunal Supremo ha anulado los laudos obligatorios impuestos por el Gobierno en casos como huelgas de pilotos de Iberia o de empleados de gasolineras, pero lo ha hecho con años de retraso, de modo que esas decisiones son papel mojado, como denuncian con razón los sindicatos.


El propio Comité Europeo de Derechos Sociales y los tribunales de justicia de la Unión Europea han denunciado y sentenciado reiteradamente los incumplimientos del Estado español en materia de derechos laborales. (Puede leerse aquí un detallado informe de Belén Cardona sobre los atropellos a la Carta Social Europea o aquí un análisis de Luz Rodríguez sobre la absoluta precariedad en la contratación por las administraciones públicas).


Lo que asoma por tanto al fondo del conflicto de El Prat es la consecuencia de unas políticas austericidas y privatizadoras que han precarizado las condiciones laborales de los trabajadores y deteriorado los servicios públicos.


El recurso de la porra administrativa por parte del Gobierno demuestra una vez más las enormes lagunas en la protección de derechos fundamentales como el de huelga, que queda anulado de facto por las decisiones que puede tomar la autoridad competente, por ilegales que se demuestren demasiado tarde.


Entre las muchas y graves consecuencias del proceso independentista en Cataluña, algún día habrá que analizar su descarada utilización (en Cataluña y en Madrid) para desviar los focos de asuntos tan trascendentes como la precarización generalizada tras la crisis o el progresivo debilitamiento de los derechos sociales y laborales. Esos sí que son fenómenos de carácter “extraordinario” que amenazan con convertirse en crónicos.