viernes, 13 de julio de 2018

El Ministerio de Defensa contrata servicios de vigilancia de seguridad por 5,8 millones de euros


El Ministerio de Defensa contrata servicios de vigilancia de seguridad por 5,8 millones de euros


El Consejo de Ministros ha acordado este viernes la contratación transitoria de servicios de vigilantes de seguridad, con y sin armas, para el Ministerio de Defensa y sus organismos autónomos por un importe máximo de 5.798.479,85 euros.




El anterior acuerdo marco para la contratación de este tipo de servicios fue formalizado con la empresa Novosegur Seguridad Privada el 10 de abril de 2017 para un periodo de un año y con posibilidad de prorrogarlo un año más, pero la Junta de Contratación del Ministerio acordó no extenderlo.

La Junta de Contratación acordó autorizar que los contratos basados en dicho expediente pudieran tener una vigencia superior a la del acuerdo marco, para cubrir el periodo de tiempo comprendido entre la finalización del expediente y la entrada en vigor del nuevo acuerdo marco que deberá sustituirlo y que actualmente se encuentra en fase de adjudicación.



LA EMPRESA CONTRATADA EN 2017, EN CONCURSO DE ACREEDORES
Sin embargo, Novosegur entró en concurso de acreedores el pasado mes de marzo y esto impide la celebración de nuevos contratos, así como la prórroga de los contratos en vigor, al estar incursa la contratista en prohibición de contratar.

Por este motivo, el pasado 6 de abril, el secretario de Estado de Defensa declaró la tramitación de emergencia de la contratación transitoria de servicios de vigilantes de seguridad desde el 10 de abril para los lotes 1 y 3 o desde entre el 1 de junio para el lote 2 y hasta que entre en vigor del nuevo acuerdo marco.


El lote 2 incluye las instalaciones de la Subdirección General de Régimen Interior y (SGRI); el lote 3, las instalaciones del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED); y el 1 se refiere a las instalaciones del Ministerio de Defensa exceptuando las de la SGRI y el INVIED.

El plazo de ejecución de la prestación de emergencia de servicios de seguridad es de cuatro meses (desde el 10 de abril) para los lotes 1 y 3 y de dos meses (desde el 1 de junio) para el lote 2.



acabar con la prevalencia del convenio de empresa



Acabar con la prevalencia del convenio de empresa

Objetivo prioritario de recuperar la prevalencia del convenio sectorial sobre el de empresa.


El Gobierno anunció que convocará la mesa de diálogo social este mismo julio, en el que será el tercer encuentro a seis en apenas dos meses, prueba de la importancia que quieren otorgar los socialistas a las relaciones laborales en esta legislatura, se marca como objetivo prioritario derogar la parte de la reforma laboral del anterior gobierno que daba prevalencia a los convenios de empresa en contra de los sectoriales se endurecerán los descuelgues -inaplicaciones del convenio colectivo- para que vuelvan a ser un mecanismo excepcional, al tiempo que se recuperará la ultraactividad de los convenios para que no pierdan su vigencia.


FUENTE : http://www.eleconomista.es/



"Grupo Norte" CULPABLE




Grupo Norte sancionada con 695.577 € por cotizar indebidamente.


El acta de liquidación se realiza por diferencias al cotizar durante casi cuatro años (2014-mayo de 2018) de un grupo de 18 trabajadores destinados en el Centro Coordinador de Emergencias (CCE) y en la Unidad de Apoyo Logístico en Emergencias (UALE), cuyas sedes están en el viejo Hospital Militar de Valladolid. 


En las respectivas visitas, el inspector de Trabajo comprobó que pese a estar contratado por Eural el personal del CCE disponía de tarjeta de fichaje para la misma máquina que el resto de la UTE Grupo Norte, compartían vestuario, ropa de trabajo, vehículos con el anagrama de la Junta de Castilla yLeón, y aplicaciones informáticas que utilizaba la empresa que realizó el subarriendo del servicio en enero de 2014. Un contrato que Grupo Norte iba renovando cada dos años, finalizando éste.

La empresa ha recurrido esta sanción, presentando alegaciones a la misma.





miércoles, 11 de julio de 2018



Eulen, condenada a indemnizar con 3.000 euros y a recolocar a un empleado por vulnerar su libertad sindical


El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la empresa Eulen Seguridad a indemnizar con 3.000 euros a un empleado, además de representante sindical , y a recolocarle en su anterior centro de trabajo con el horario que tenía en el mismo, que también se había modificado.


El fallo considera que Eulen vulneró el derecho fundamental de la libertad sindical de C.M.F.S, delegado sindical y responsable regional de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada del sindicato, al cambiarle de centro de trabajo y horario, según han informado a Europa Press fuentes del Despacho Enrique Ríos Argüello, que ha representado al trabajador.


Los hechos se remontan a 2017, cuando el trabajador, que llevaba prestando servicio de vigilante de seguridad nocturno más de 20 años en el edificio que alberga la Consejería de Fomento y Medio Ambiente (en la calle Rigoberto Cortejoso de 23.00 a 7.00 horas), cuando tras varias denuncias ante la Inspección de Trabajo, la empresa decidió cambiarle de centro de trabajo y horario.

En concreto, en mayo del pasado año, el vigilante denunció ante la inspección que la empresa no elaboraba un cuadrante anual y ponía de manifiesto también agravios comparativos con otros representantes sindicales, acoso a trabajadores 

 y la realización de más de nueve horas de trabajo por las noches. El trabajador requería el cuadrante para saber con antelación sus horarios y días de servicio, entre otras cosas, porque el empleado tenía que cuidar de su madre mayor y enferma y necesitaba organizar horarios con su hermana para ello.


Tras la denuncia, en junio de ese año, la Inspección requirió a Eulen que elaborara los citados cuadrantes y algo más de un mes después, el 24 de julio, la empresa comunicó al trabajador que a partir de agosto cambiara de centro de trabajo de la Consejería a la fábrica Lingotes Especiales, donde también la empresa prestaba servicio. Esto supuso además un cambio en su horario, ya en lugar de 23.00 a 7.00 horas tendría que hacerlo de 22.00 a 6.00 horas.



"REPRESALIA"
La medida fue impugnada ante el Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid por modificación sustancial de condiciones de trabajo y por vulneración de la libertad sindical, "entendiendo que era una represalia clara contra la actividad reivindicativa del trabajador", han apuntado las mismas fuentes.


En primera instancia el Juzgado Social 2 de Valladolid consideró que había modificación sustancial porque le habían cambiado el horario, y que no había vulneración, por lo que se anuló la medida del cambio del horario (no del centro propiamente dicho) y no se impuso sanción alguna.

Ante la inicial sentencia, ambas partes recurrieron, Eulen Seguridad porque entendía que no había modificación sustancial, y el trabajador porque entendía que había represalia.

Ahora, el TSJCyL considera que sí hubo vulneración de derechos y que por tanto procede anular todas las medidas, la vuelta del trabajador a su centro y horario anterior e imponer una indemnización que la empresa deberá pagar al trabajador que asciende a 3.000 euros.

Ríos Argüello ha destacado la "calidad técnica muy alta" y que su fundamentación coincide con lo que esta parte mantuvo desde el día en que el trabajador recibió la notificación de su traslado "y que a pesar de que se intentó solucionar el problema de forma amistosa antes de interponer la demanda, incluso antes de que se publicara la primera sentencia, la empresa nunca valoró un acuerdo con este trabajador, sobre el que tiene una especial fijación por ser el miembro del Comité de Empresa más reinvidicativo".


Asimismo, ha adelantado que tras la sentencia estudian la posibilidad de exigir responsabilidades tanto a la Jefatura del Departamento de Personal como a la de Seguridad de la empresa, "puesto que igual que el resto de trabajadores están sometidos a un régimen disciplinario, los jefes de Departamento sobre los que una sentencia advierten que han represaliado a un delegado sindical no pueden quedar al margen de estas responsabilidades disciplinarias".


reglamento de seguridad privada




CCOO reclama que se reabra la negociación del reglamento de seguridad privada

El sindicato CCOO ha reclamado la reapertura del proceso de elaboración del reglamento de seguridad privada que desarrollará la ley del sector aprobada en 2014, después del reciente cambio de gobierno y tras haber presentado sus alegaciones al borrador en el plazo dado por el ejecutivo anterior.

"Independientemente de las alegaciones y enmiendas continuaremos realizando las gestiones y reuniones que sean necesarias solicitando la retirada del borrador del reglamento y la apertura de un nuevo proceso de elaboración", ha apuntado hoy la Federación de Construcción y Servicios de CCOO en un comunicado.

La central ha solicitado, además, una mayor participación sindical en una nueva negociación.

Entre las alegaciones presentadas al borrador, CCOO ha destacado las referidas a la disminución de personal y medios, la limitación respecto al derecho de huelga y la falta de regulación respecto al relevo en el servicio.

También la falta de equiparación de los medios de protección y defensa con relación a los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por ejemplo, en el uso cascos protectores o chalecos en determinados eventos.

Otras alegaciones han sido referidas a la carencia de universalización de la protección jurídica a los vigilantes y la necesidad del mantenimiento de la formación obligatoria en los términos de la normativa actual, así como la mejora de la uniformidad de los trabajadores y las que se oponen a la liberalización del transporte de fondos (furgones blindados).

Las alegaciones fueron presentadas por CCOO el pasado viernes, 22 de junio, cuando terminó el plazo dado por el Ministerio del Interior el 22 de mayo al presentar el borrador.

Tanto CCOO como las centrales UGT y USO y la patronal de la seguridad privada Aproser han cuestionado el borrador y han solicitado a la nueva dirección de Interior comandada por el ministro Fernando Grande-Marlaska que dé un giro a la norma.

Sentencia histórica




CCOO gana la sentencia a ICTS del kilometraje lo que supondrá más de 150.000€ en atrasos para los vigilantes del aeropuerto de Bilbao

CCOO Construcción y Servicios de Euskadi gana el juicio contra ICTS para más de 70 vigilantes de seguridad privada del aeropuerto de Bilbao

Sentencia histórica
Sentencia histórica

Desde CCOO Construcción y Servicios de Euskadi hace un par de semanas os informamos que habíamos conseguido que la nueva empresa adjudicataria del aeropuerto de Bilbao SEGUIRSA  abonara a la totalidad de los vigilantes de seguridad privada el concepto de kilometraje.

Pues bien, ya tenemos la sentencia contra la empresa anterior que realizaba este servicio en el Aeropuerto de Bilbao, ICTS HISPANIA S.A.

El Juzgado de lo Social nº 7 de Bilbao ha dado la razón a CCOO.

Esta sentencia supondrá una media de más de 2.000 € para unos/as 70 vigilantes que prestan servicio en el aeropuerto, lo que ascenderá a más de 150.000 € que ICTS HISPANIA S.A. tendrá que abonar en concepto de atrasos.

La sentencia es clara "la fecha de ingreso o admisión en la empresa no es una justificación para la exclusión del abono al resto de la plantilla ya que sufren las mismas carencias de transporte público que sus compañeros que sí venían percibiéndolo".

Para CCOO era una injusticia que los y las vigilantes de nueva incorporación no se les abonará dicho plus, y nos comprometimos a defenderlo en el juzgado para TODA la plantilla y lo hemos conseguido.

Desde nuestro sindicato nos pondremos en contacto con nuestra afiliación para realizar las reclamaciones correspondientes de sus cantidades.


CCOO denuncia que prosegur incumple una sentencia por despido nulo



CCOO DENUNCIA QUE PROSEGUR INCUMPLE UNA SENTENCIA POR DESPIDO NULO EN EL GRUPO CEPSA



CCOO denuncia que prosegur incumple una sentencia por despido nulo en el Grupo Cepsa



CCOO ha denunciado que la empresa Prosegur ha incumplido una sentencia por despido nulo, así como la ejecución provisional de la misma, que implican la reincorporación de un vigilante de seguridad en las instalaciones del Grupo Cepsa en nuestra comarca. El sindicato anuncia movilizaciones de protesta.

CCOO ha denunciado la situación de un vigilante de seguridad de la empresa Prosegur que realizaba sus labores en las instalaciones del Grupo Cepsa en San Roque desde hacía más de 16 años. En Julio del 2016 recibe una carta comunicándole su despido por unos hechos acaecidos en las Instalaciones donde trabaja, tras los cual el trabajador acude a los servicios jurídicos de CC.OO para presentar una demanda por su despido.

En Septiembre del 2017, después de estar más de un año despedido y cobrando el desempleo, los servicios jurídicos de del sindicato logran ganar la demanda, obligando la sentencia judicial a la readmisión del trabajador en las condiciones que se encontraba antes del despido, asi como al abono de todos los salarios dejados de percibir desde el momento del despido. Esto es, declara nulo el despido.

Tras esta sentencia, La empresa Prosegur readmite al trabajador, pero lejos de cumplir la sentencia en su totalidad, no abona al trabajador los salarios dejados de percibir, no abona la nómina mensual como dicta la sentencia, restándole unos 900 euros mensuales a esta en conceptos de pluses y complementos, y ni tan siquiera readmite en su puesto de trabajo habitual en el Grupo Cepsa.

Prosegur, mantiene su aptitud de imcumplimiento sistemático de la sentencia, enviando al trabajador a una urbanización en obras que se encuentra en Sotogrande, con turnos distintos, salario distinto y triple de distancia de su anterior puesto de trabajo.

CCOO añade que el trabajador interpone nueva demanda en el Juzgado de lo Social, ahora solicitando ejecución provisional de la sentencia ya que la empresa ha recurrido al TSJA. Tras lo cual, en Abril del presente año, la Sala de lo Social de Algeciras, vuelve a condenar a la empresa Prosegur; esta vez el fallo dicta que la empresa esta readmitiendo al trabajador irregularmente y obliga a la readmisión en el centro del Grupo Cepsa o bien mantener al trabajador en su domicilio abonándole sus salarios hasta que la sentencia sea firme.

Siguiendo en su tónica de desprecio a las resoluciones judiciales, Prosegur continua incumpliendo esa ejecución manteniendo al ten el servicio de Sotogrande y la merma de salario.

Ante esta situación, el responsable comarcal del sector de Seguridad Privada de CCOO, Miguel A Páramo, ha lamentado el continuo incumplimiento por parte de Prosegur de las sentencias, la falta de sensibilidad antes los continuos incumplimientos económicos que están afectando a la economía familiar del trabajador y la falta de ética y profesionalidad que esta demostrando la empresa en este caso.

“Desde CCOO consideramos inaceptables este ataque despiadado a los derechos de este compañero, por lo que estamos preparando una acción en la que llamaremos al resto de compañero a una movilización en próximas fechas” concluía Miguel Páramo.