lunes, 21 de junio de 2021

¿Quién puede jubilarse con 65, 64 o 63 años en España en 2021?




Este 2021 pueden acceder a la jubilación ordinaria quienes tengan 65 años y hayan cotizado 37 años y 3 meses o más. Los trabajadores con una carrera de cotización inferior a ese periodo deberán esperar a cumplir 66 años para jubilarse con el 100% de la pensión.

No obstante, es posible jubilarse de forma voluntaria antes de tiempo si se tiene, como máximo, dos años menos de la edad ordinaria. Además, se exige haber cotizado como mínimo durante 35 años, y al menos dos de ellos tienen que estar comprendidos entre los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o en el que cesó la obligación de cotizar.

En estos casos la cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora un porcentaje en función de los años cotizados y el coeficiente reductor correspondiente. Hoy por hoy esos coeficientes se aplican por cada trimestre que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:

-Para un periodo de cotización inferior a los 38 años y 6 meses se aplica un coeficiente del 2% por trimestre. Por tanto, si la jubilación anticipada se ejecuta un año antes de lo legalmente establecido, la reducción es del 8%. Si se hace con dos años de antelación, de un 16%.

-Cuando el tiempo cotizado está entre 38 años y 6 meses y los 41 años y 6 meses el coeficiente aplicado es del 1,875% por trimestre (un 7,52% si la jubilación se produce con un año de antelación, y un 15,04% si se hace con dos años).

-En el caso de que el periodo de cotización se encuentre entre los 41 años y 6 meses y los 44 años y 6 meses, el coeficiente es del 1,750% por trimestre. Esto supone que el trabajador que se jubile con un año de antelación verá mermada su base reguladora en un 7% (un 14% si se retira dos años antes).

-Por último, a los trabajadores con carreras de cotización superiores a los 44 años y 6 meses se les aplica un coeficiente reductor del 1,625% por trimestre. De esta forma, el coeficiente total es del 6,52% si se jubila un año antes, y del 13,04% si el retiro tiene lugar con dos años se antelación.




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