sábado, 23 de diciembre de 2017

Vigilante de seguridad rescata a una conductora


Rescatan a una conductora herida tras caer su coche por un barranco de 50 metros



 El vehículo dio vueltas de campana, desde una altura de cincuenta metros, a una zona de difícil acceso, lo que dificultó el rescate

Una mujer de nacionalidad inglesa y unos 70 años de edad resultó ayer herida tras despeñarse el vehículo que conducía por un barranco de unos cincuenta metros de altura, en la urbanización del Monte de los Almendros en el término de Salobreña. Según informaron los bomberos de Motril, que participaron en el rescate junto a la Guardia Civil y el vigilante privado de una de las fincas cercanas, la conductora perdió el control del vehículo, por causas que se desconocen y el coche cayó, dando vueltas de campana, desde una altura de cincuenta metros, a una zona de difícil acceso, lo que dificultó el rescate.

"La encontré dentro del vehículo que estaba destrozado, boca abajo y tuve que intervenir porque el cinturón de seguridad le estaba haciendo daño en el cuello, por lo que la saqué y por suerte enseguida llegaron los bomberos, la Guardia Civil y el 061 que estabilizó a la mujer, estaba consciente", contó el vigilante José Rivas, que fue el primero en atender a la herida.

viernes, 22 de diciembre de 2017

quien cobra primero en concurso de acreedores



Un mes, dos meses, tres meses sin poder pagar las nóminas de los trabajadores, los seguros sociales o los vencimientos de los créditos. Alarma!!! La empresa ha entrado en situación de insolvencia. Los administradores no pueden quedarse parados, hay que solicitar concurso de acreedores antes de que otros lo hagan por ellos.

Desde 2004, esta situación se ha convertido en realidad para más de 45.500 empresas españolas, según los datos del baremo concursal de PwC. La ley establece la declaración de concurso de acreedores como mecanismo para salvar de la quiebra a cualquier compañía con problemas de insolvencia. Pero en España,
apenas el 5% de estas 45.500 empresas ha conseguido superarlo y salir a flote. El 95% restante ha terminado en liquidación. Normalmente, en el primer mini grupo están las grandes corporaciones, mientras que el 85% de las que presentan concurso son pymes y micropymes con facturaciones inferiores a los dos millones de pasivo. Las situación de estas pequeñas es tan extrema que están avocadas a la liquidación casi desde el momento cero en que comienza el concurso.


La incongruencia es tan sangrante que hasta el Fondo Monetario Internacional instó en 2014 a España para que reformase su Ley Concursal en favor de la pymes. El Gobierno de Mariano Rajoy tomó nota, y en mayo de 2015 aprobó una nueva Ley Concursal cuyos efectos todavía no se han podido testar.

Mientras eso ocurría, el proceso que conduce a la ruina de unos (las pymes españolas), ha sido por unos años la gallina de los huevos de oro de otros (un grupo privilegiado de administradores concursales). ¿Cómo es posible llegar a esa situación? Para ello es necesario conocer todo el proceso.
¿De qué hablamos cuando hablamos de concurso de acreedores?

Como hemos comentado, el concurso de acreedores es el proceso judicial al que deben acogerse las empresas cuando no pueden pagar sus compromisos financieros más acuciantes con acreedores, trabajadores, Hacienda, Seguridad social. Existen dos modalidades de concurso. El más
 generalizado es el mal llamado concurso voluntario, que es aquel que debe solicitar el propietario de la empresa cuando detecta que no tiene liquidez suficiente para hacer frente a sus compromisos de pago más inminentes. La ley da un margen máximo de tres meses para permanecer en situación de impago sin solicitarlo. Porque a pesar del apellido 'voluntario' declararse en concurso cuando se da una situación de insolvencia es un deber legal.

De no ser así, más de una empresa no lo solicitaría hasta estar extinguida, que es muy español esto de dejar las cosas para el final. Y eso, a pesar de que una vez solicitado algunos de los riegos de la compañía que dan entre paréntesis. Por ejemplo, se paraliza cualquier demanda que hubiera sido interpuesta por los acreedores, las posibles ejecuciones hipotecarias y las deudas dejan de generar intereses.

El segundo tipo de concurso es el necesario. Que pude entenderse como una forma de control o presión sobre el anterior. Este puede ser solicitado por cualquier acreedor o socio de la compañía. Ambos están motivados a hacerlo ya que se les concede el derecho de que el 25% de sus deudas serán consideradas como privilegiadas en el momento de saldar cuentas.

Pero la verdadera amenaza de un concurso necesario radica en que el administrador concursal que nombre el juez tomará las riendas de la empresa apartando de la gestión a los responsables de la compañía.Mientras que en el concurso voluntario, los responsables de la compañía siguen al frente de la misma aunque supervisados por el administrador concursal.



Entre las primeras tareas del administrador concursal están la de verificar que los gestores de la compañía no hayan realizado durante los dos años anteriores ningún movimiento financiero que vaya en contra de los intereses del negocio. Por ejemplo, vender inmuebles por debajo del precio de mercado a otras empresas o familiares, hacer inversiones excesivamente arriesgadas, etc.

Después deberá hacer un listado de bienes y deudas de la compañía para iniciar las negociaciones con los acreedores. La idea es que a través de quitas o ampliaciones del plazo para pagar las deudas las empresas puedan recuperar su liquidez y sanear sus finanzas.

El problema, como hemos comentado más arriba, es que esas negociaciones no suelen funcionar en España. Desde que comenzó la crisis, el porcentaje de acuerdos firmados que han conseguido evitar el cierre de una empresa marcó su mejor momento en el verano del 2015, y aun así apenas llegó a al 3,97%, según datos publicados .

Llega la hora de liquidar , ¿quién pasa primero por caja?

Los administradores concursales, los primeros en cobrar

Cuando esto ocurre, es el turno de la liquidación. En ese momento el Administrador debe presentar un Plan de liquidación organizando la prelación de pagos a los acreedores. Aquí la jerga concursal puede ser farragosa para los no iniciados, pero es fundamental para saber qué posibilidades de cobrar deudas se tienen en caso de estar afectados.

En la lista preferente están los denominados créditos contra la masa, que son aquellos que la empresa genera desde el momento en que ha solicitado el concurso. Es decir, los nuevos compromisos de pago como nóminas de los trabajadores, cotizaciones a la Seguridad Social, pagos de impuestos, etc.

También son acreedores con privilegio especial quienes para conceder el crédito a la compañía solicitaron un aval ejecutable. Estos cobrarán tras la ejecución de dicho aval. Por ejemplo, si son hipotecarios se subastará el inmueble y se dedicará el dinero a pagar ese crédito. Si no hay dinero suficiente, la cuantía pendiente se trata como crédito ordinario. Si, en cambio, sobra dinero, esa cuantía pasa a engrosar el remanente con el que se abonará lo debido a los siguientes de la lista: los acreedores ordinarios (los proveedores, los propietarios de bonos), seguidos de los subordinarios(intereses, créditos de los socios frente a la sociedad o las multas). En último lugar, si la empresa se disuelve y queda dinero, cobrarán los accionistas.

La vía más habitual para conseguir esa liquidez con la que saldar las deudas es la subasta de los bienes si no se encuentra comprador directo. Aquí, por supuesto, tienen ventaja empresas industriales como Abengoa (todavía en preconcurso) o Pescanova. Puesto que poseen inmuebles, naves, maquinaria e incluso patentes susceptibles de interesar a otros competidores. Todo lo contrario le sucede a las pymes que prestan servicios, para quienes su escaso patrimonio no suele superar un puñado de ordenadores y demasiadas facturas pendientes de pago de otras compañías.



Seguridad Integral Canaria ha presentado hoy voluntariamente concurso de acreedores






Seguridad Integral Canaria ha presentado hoy voluntariamente concurso de acreedores para poder afrontar el pago de los salarios de sus trabajadores de la manera más inmediata posible. La empresa recurre a esta fórmula para desbloquear los embargos de sus cuentas corrientes, que impiden el normal funcionamiento.

Así lo ha anunciado la compañía propiedad del empresario y también presidente de la UD Las Palmas, Miguel Angel Ramírez. Seguridad Integral Canaria asegura que el bloqueo de las cuentas en los últimos meses proviene de una demanda de algunos sindicatos y trabajadores que no entendieron la realidad de la empresa exigiendo el abono total de las diferencias salariales, debido a una sentencia que anula el convenio que la empresa aplicó, pactado con los representantes mayoritarios de los trabajadores, conforme a la reforma laboral de 2012.

Además añade que ese bloqueo por parte de sindicatos alineados con intereses de empresas competidoras imposibilitó atender los pagos a Seguridad Social y Hacienda, que, a su vez, reclamaron embargos.

Ante esa situación, la única herramienta legal que entendemos puede restablecer el normal funcionamiento de la empresa es el concurso de acreedores con la intención de no dejar deuda alguna en línea con la historia de la empresa, que en sus 22 años de existencia ha venido afrontando sin problemas sus obligaciones.

Tal es la convicción de Seguridad Integral Canaria en su solvencia, basada en que su activo es netamente superior a su pasivo, que la intención no es solicitar quita alguna, pese a que la ley lo permite, sino adaptar los pagos a la liquidez de la compañía, según un calendario que garantizaría la viabilidad de la empresa y el cobro por parte de los acreedores. La empresa toma esta decisión con la vocación de seguir ofreciendo sus servicios con normalidad.

La empresa admite que las dificultades que sufre en una crisis económica general reflejada en contratos de las administraciones públicas con presupuestos a la baja, la crisis particular del sector de la seguridad privada que ha supuesto la liquidación de decenas de empresas con pérdida de puestos de trabajo y graves conflictos en otras empresas que prestan sus servicios en diferentes aeropuertos de la Península, así como la desactivación judicial de la reforma laboral de 2012, con sucesivas y múltiples sentencias en contra de convenios de empresa previstos en esa ley.

Desde Seguridad Integral Canaria lamentan profundamente los perjuicios que esta situación ha causado sobre todo a los trabajadores, a los que queremos pedir perdón públicamente, y esperamos poder compensarles. Al mismo tiempo, lamentan que la intransigencia de algunos sindicatos haya provocado el bloqueo de nuestras cuentas al exigir el abono inmediato de los atrasos por diferencias salariales respecto al convenio sectorial, lo que nos ha imposibilitado cumplir con los pagos a la Seguridad Social y Hacienda, que, a su vez, también han ejecutado un bloqueo bancario, todo lo cual nos ha abocado a recurrir al concurso de acreedores.

Por último, la compañía de seguridad privada ha mostrado su agradecimiento a los proveedores que estuvieron a nuestro lado en los momentos buenos, a su comprensión en estos delicados momentos, y esperamos que sigan estando cuando ya se atisba una solución para la continuidad de la empresa de manera solvente y el mantenimiento de los puestos de trabajo.

lunes, 18 de diciembre de 2017

¿Qué hacer en caso de atentado terrorista?



Vídeo de la campaña informativa del Ministerio del Interior con las recomendaciones sobre qué hacer en caso de atentado. / MINISTERIO DEL INTERIOR

Ante un ataque terrorista, la mayoría de la población actúa con pánico, nerviosismo y si saber muy bien como comportarse. Para concienciar a la ciudadanía de la necesidad de mantener la calma y de llevar a cabo una serie de medidas de autoprotección, el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, ha presentado este lunes una campaña informativa que contiene un decálogo de recomendaciones, que serán difundidas bajo el hashtag #quéhacerenunatentado, acompañadas de un vídeo animado y divulgativo.

A continuación se detallan los consejos de los expertos sobre cómo comportarse en caso de atentado o sospecha del mismo:

1.- Se recomienda conocer la ubicación de las salidas de emergencia en los centros de trabajo y los lugares que se frecuenten con asiduidad

2.- Si se observa un objeto sospechoso, hay que evigtar manipularlo y alertar inmediatamente a las fuerzas y cuerpos de seguirdad.

3.- En caso de atentado, se aconseja alejarse del foco de peligro, siempre que la vía de escape sea segura, y sobre todo actuar con calma.

4.- No hay que detenerse a recoger pertenencias u otros objetos

5.- Tampoco conviene tirarse al suelo fingiendo haber sido avatido.

6.- Se debe procurar alertar a otras personas para impedir que se aproximen.

7.- Si es imposible escapar, hay que protegerse detrás de algún muro resistente, teniendo en cuenta que las balas pueden atravesar el mobiliario común.

8.- Si se opta por esconderse en algún establecimiento o local, conviene reforzar el cierre de la puerta con muebles o enseres y, después, alejarse de la salidad.

9.- Para permanecer oculto, lo mejor es silenciar el teléfono móvil y hacer el menor ruido posible. Sin delatar la posición, hay que avisar a las fuerzas de seguridad.

10.- Cuando los cuerpos policiales o de emergencias aparezcan, hay que evitar movimientos bruscos y mantener las manos a la vista procurando no llevar nada en ellas que pueda confundir a la policía.


AlertCorps

Interior ha puesto en marcha una aplicación gratuita para smartphones llamada 'AlertCorps' que permite enviar una alerta con la posición geográfica, así como mantener una conversación por teléfono o chat y colaborar con los servicios policiales en caso de atentado.


miércoles, 13 de diciembre de 2017

Los agentes actúan de oficio ante la violencia de género a turistas


Los agentes actúan de oficio ante la violencia de género a turistas


Los agentes actúan de oficio ante la violencia de género a turistas



La inmensa mayoría de las víctimas no quieren denunciar a sus agresores y en los juzgados se detecta un aumento de los casos, sobre todo con varones de entre 25 y 50 años.

Personal de los juzgados especializados detecta cada vez más casos de violencia de género entre personas de otras nacionalidades durante sus vacaciones en las zonas turísticas del Archipiélago, según fuentes del Ministerio Público, aunque en las estadísticas oficiales no se diferencian estos delitos de los protagonizados por residentes.

El elevado consumo de alcohol o sustancias estupefacientes suele estar detrás de buena parte de estas situaciones. Dichos asuntos ocupan una parte significativa del trabajo de los funcionarios de los órganos judiciales.

Según explica un funcionario que trabaja directamente con estos procesos, la inmensa mayoría de las víctimas no quiere interponer denuncia contra su agresor.

Ante esta circunstancia, los procedimientos continúan adelante por que los agentes de las fuerzas de seguridad que intervienen con las afectadas actúan de oficio. Este comportamiento también se percibe con mucha frecuencia entre las mujeres agredidas que residen en las islas.

Los policías locales, agentes de la Policía Nacional o miembros de la Guardia Civil detectan estos episodios gracias a las llamadas realizadas por vigilantes de seguridad o personal de recepción de los complejos alojativos, que son testigos directos de los delitos o escuchan los gritos de las afectadas.

La intervención con estos asuntos varía en función de las épocas del año. Hay periodos en los que, por ejemplo, en la zona turística del Sur de Tenerife pueden llegar a los juzgados hasta tres episodios de violencia machista en un único día.

Estos procesos se resuelven casi siempre mediante juicios rápidos, tanto por la naturaleza de los delitos como por el hecho de que el agresor y la afectada deben regresar a sus países de origen.

En ese sentido, fuentes judiciales comentan que los implicados no suelen viajar antes de la celebración de la vista.

Generalmente, los autores de la infracción penal suelen conformarse con la sentencia que se les impone.

La edad media de los autores de los ataques machistas ronda entre los 25 y los 45 o 50 años.

En la mayoría de las ocasiones, en el proceso de toma de declaración suele ser suficiente con los intérpretes que ya trabajan en los juzgados. Sin embargo, en otras ocasiones se requiere de colaboradores externos para este trámite, por ejemplo, si la víctima y el agresor son de origen ruso.