sábado, 30 de septiembre de 2017

ULTIMA HORA SOBRE EL CONVENIO


29 / septiembre / 2017

El sector de la seguridad privada prepara una convocatoria de huelga general en toda España


CCOO, UGT y USO
 Las tres centrales sindicales mantendrán reunión con carácter de urgencia para concretar un calendario conjunto de movilizaciones en el territorio nacional que culmine en la convocatoria de huelga general, una vez puesto de manifiesto por parte de la Patronal su inmovilismo en la mesa negociadora sobre abandonar propuestas de retroceso para el conjunto de vigilantes de seguridad privada.
Tras nueve meses de negociación del convenio sectorial, las Patronales del sector siguen planteando abiertamente congelación de antigüedad, modificación de parámetros de IT, así como flexibilizar la jornada en el ámbito de Transporte de Fondos, elementos camuflados en medidas de productividad, cuando realmente son conductas inequívocas de retroceso en las condiciones laborales del sector.
El comportamiento de las empresas de seguridad privada en los últimos años viene derivando en una competencia de precios a la baja, mermando condiciones laborales, que para nada coinciden con el planteamiento expuesto en la MESA por la parte social, que no es otro que situar comportamientos claros de no retroceso asi como avanzar en una apuesta clara de situar al sector de la seguridad en condiciones laborales y de calidad de servicios lejos de políticas de retroceso.
Abordar un incremento salarial, así como la clara intención de avanzar en políticas de empleabilidad, jubilación anticipada, carrera profesional, acceso a la profesión, especialización son elementos que contrarios a los planteamientos empresariales la parte social sitúa como de vital importancia para el presente y futuro de la profesión, encontrando una patronal incapaz de situar con altura de miras suficientes ningún planteamiento que no pase por congelar antigüedad, recortar IT, o modificar jornadas del Transporte de Fondos.
UGT, CCOO, USO consideran que la solución a la situación del sector debe ser negociada, con seriedad y rigor lejos del ruido, pero nunca debe ser situada en el retroceso. Esta situación de retroceso nos lleva desde la unidad de acción que el tema merece, a plantear movilizaciones en el sector que culmine en huelga general, exigiendo a la Patronal que como petición ineludible que retire de la MESA elementos de retroceso pasando a explorar políticas de avance.
30 / septiembre / 2017
Tras este comunicado firmado por las centrales sindicales con el firme compromiso de levantarse de la mesa e ir a la huelga APROSER  ha tardado un día en reaccionar y ha emitido la siguiente nota : 
Estimados miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad:
En respuesta a la solicitud formulada por la organización empresarial APROSER a esta Secretaría, se convoca reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el próximo LUNES 2 de OCTUBRE a las 17 horas.
La reunión  tendrá  lugar  en Madrid. Durante  la  mañana del  lunes  se comunicará  el lugar  de celebración de la reunión.
Un cordial  saludo.
Secretaría  de  la  Comisión  Negociadora  del  Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad.

Desde CCOO somos cautos y no descartamos ninguna posibilidad después de lo sucedido en la reunión del pasado jueves día 28. Entendemos que esta convocatoria tan repentina, pueda estar motivada por un replanteamiento en la postura que hasta ese día han mantenido las patronales que componen APROSER en la negociación del convenio colectivo sectorial y que representa a las empresas mas importantes en número de trabajadores del sector.

jueves, 28 de septiembre de 2017

Negociación del convenio



Tras finalizar la reunión de hoy sin ningún tipo de cambio de actitud por parte de la Patronal, en relación a retirar sus opciones de eliminación o supresión de conceptos que implican la pérdida de derechos para los trabajadores como son:

“IT, antigüedad y la modificación de las jornadas en transporte de fondos” y así mismo sin poner sobre la mesa ninguna subida salarial. Firmar por 5 años , PRODUCTIVIDAD,  PRODUCTIVIDAD
 PRODUCTIVIDAD,  PRODUCTIVIDAD obsesión es lo que tienen.


Los Sindicatos nos reuniremos en el menor tiempo posible, para dar una respuesta acorde y contundente a esta patronal, ya que con su actitud entendemos, que en ningún momento ha tenido la más mínima intención de negociar nada.


Reunión Grupo de trabajo Seguridad Privada








miércoles, 27 de septiembre de 2017

Borrador del nuevo Reglamento de Seguridad Privada



10 novedades previsibles en el nuevo Reglamento de Seguridad Privada

Desde CCOO deseamos que este nuevo reglamento nos de a los Vigilantes de Seguridad una cobertura jurídica y una protección legal ante las continuas agresiones y amenazas que sufrimos.


Nos hemos leído las 388 páginas del último borrador del Reglamento de Seguridad Privada 2017 y hemos realizado el análisis de todas las novedades y las noticias relacionadas. Para que no te lo tengas que leer entero, te destacamos sus puntos principales. Si el Ministerio del Interior cumple con su palabra, este Reglamento verá la luz este 2017. Recordemos que ya hace 3 años de la publicación de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada (en adelante, Ley de Seguridad Privada), pero es que hace más de 12 años que se aprobó el Reglamento de Seguridad Privada que está vigente a día de hoy.

Este desfase normativo hace que el sector de la seguridad privada esté desordenado,tenga ineficiencias, falta de regulación y control, ausencia de herramientas, descoordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, sobre todo, falta de adaptación a la realidad, riesgos y amenazas que afectan al personal de seguridad, a nuestros ciudadanos, a las empresas y, por ende, a las instituciones. A continuación, desgranamos las principales novedades que previsiblemente incluirá el Reglamento:

1. Su objetivo principal: Aumentar la eficacia de los servicios de seguridad a los que tienen derecho los ciudadanos y dar respuesta a las necesidades reales de seguridad en cada momento, lo que obliga a permitir cierta flexibilidad en el marco jurídico para que la seguridad se pueda adaptar con cierta rapidez a las necesidades de seguridad de la sociedad.

2. Creación de un nuevo Registro: Se creará un Registro Nacional de Seguridad Privada único para todo el territorio nacional que permitirá tener actualizado un mapa de los servicios de seguridad privada a nivel estatal facilitando la integración y coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

3. Relación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: De sumisión, dependencia y subordinación a coordinación, colaboración y corresponsabilidad. Ya lo establecía la Ley de Seguridad Privada de 2014, pero ahora se hace aún más énfasis con el objetivo de mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios en favor de la preservación de la
seguridad ciudadana y la lucha contra el delito.

4. Incentivos económicos, sí… ¿pero para quién?

A. Para los que quieran crear empresas de seguridad privada (y a las ya existentes) se reducen o eliminan exigencias que provocaban desembolsos desproporcionados einnecesarios, excepto en lo relativo a medidas de seguridad obligatorias (ver punto 9).

B. En lo que se refiere a concursos públicos para contratar servicios de seguridad, a partir de ahora, se priorizarán los criterios cualitativos en vez de tener en cuenta solo el precio.

Esta priorización es positiva porque debería provocar que las empresas no compitan en reducir el precio/hora de vigilante de seguridad a toda costa, con lo que ello implica para los sueldos del profesional de la seguridad. Estos criterios cualitativos dependerán principalmente de los Directores de Seguridad y de los Directores de Compras quepodrán tener en cuenta factores como la formación permanente por parte de la empresa a su propio personal, la rotación de servicios, las vacaciones del personal de seguridad, la inversión en herramientas tecnológicas de soporte al vigilante, entre otras, con la intención de que las empresas de seguridad que aporten más valor y no las más baratas sean las que ganen más contratos. 

5. Consideración de Agente de Autoridad: Un tema especialmente necesario, a la vez que delicado, es el de la consideración de agente de autoridad al personal de seguridad privada en el ejercicio de sus funciones. Este reglamento prevé la protección jurídica al profesional de seguridad cuando se le agreda o desobedezca cuando está cooperando y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, aunque éstas no estén presentes en el lugar de los hechos.

Falta ver cómo se traduce esto en la práctica. En la actualidad la jurisprudencia exige que haya un convenio o acuerdo por escrito entre la Policía y la empresa contratante de los servicios de seguridad en la que se definan el marco temporal, geográfico y funcional de los servicios de seguridad, acuerdo que rara vez existe provocando que rara vez se pueda considerar a un vigilante de seguridad como agente de autoridad, con la merma que eso supone en su seguridad y en la eficacia de su función. Esperemos que en la práctica se pueda llevar a cabo la flexibilización de este punto. 

6. Servicios mínimos ante situaciones de huelga: Se incluye en este Reglamento la posibilidad de que la autoridad laboral decrete servicios mínimos del personal de seguridad ante situaciones de huelga en supuestos en los que los servicios de seguridad se declaren esenciales, tales como:

1. La vigilancia y protección en centrales nucleares, refinerías, transporte y distribución de materias inflamables, fábricas de armas de fuego, centros de telecomunicaciones,hospitales y juzgados.

2. El Depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes.
3. Protección personal a autoridades y cargos públicos.
4. Operadores en centrales receptoras de alarmas.
5. Personal de seguridad de establecimientos, instalaciones o actividades en los que los servicios de seguridad privada se hubieran impuesto con carácter obligatorio. 

7. Servicios de control de accesos: por primera vez en la legislación sobre seguridad privada, se especifican los requisitos, obligaciones y facultades que debe cumplir el personal de seguridad privada en la ejecución de los servicios de control de accesos. 

8. Ampliación de las tipologías de servicio de seguridad reguladas: Se ha hecho una recopilación de las tipologías de servicio de seguridad que se prestan en la actualidad para regularlas, ponerles condiciones y requisitos varios. Los servicios que contemplará el Reglamento son:

1. La protección de bienes en vías públicas.
2. La vigilancia y protección de buques mercantes y pesqueros.
3. La protección de cajeros automáticos.
4. La protección de medios de transporte.
5. La realización de rondas o vigilancia discontinua.
6. La vigilancia perimetral de centros penitenciarios y centros de internamiento de extranjeros.
7. La vigilancia de edificios o instalaciones de organismos públicos.
8. La participación en servicios encomendados a la seguridad pública.
9. La vigilancia de polígonos industriales y urbanizaciones, complejos o parques comerciales y de ocio.
10. La vigilancia de recintos y espacios abiertos que se encuentren delimitados y acontecimientos culturales, sociales o deportivos.
11. Los servicios de videovigilancia.
12. Los servicios de protección para personas o grupos de personas determinadas.
13. El transporte, protección y depósito de dinero, joyas u otros objetos valiosos, de obras de arte y antigüedades, así como de armas, explosivos y sustancias peligrosas.
14. La instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad.
15. Los servicios de alarmas de seguridad.
16. Los servicios de investigación privada (detectives privados).

9. Regulación de las medidas de seguridad privada para ciertas empresas:

A. Se regulan las medidas de seguridad privada, sus características, naturaleza, exigibilidad y finalidades, qué organismo puede imponerlas y definición deresponsabilidades. Esto es un poco delicado (sobre todo para las empresas pequeñas) que estarán obligadas a invertir en medidas de seguridad. Esperamos que se flexibilice y se haga progresivo para que esta no provoque problemas económicos en las empresas de seguridad, lo que repercutiría también en el personal que trabaja en ellas.

B. Se establece que la principal medida de seguridad organizativa es la constitución de un Departamento de Seguridad en las empresas, acompañado de los planes de seguridad, cuya elaboración y actualización queda atribuida únicamente a la figura del Director de Seguridad.

C. Otro paso importante en la creación (y en los mejores casos consolidación) de los Departamentos de Seguridad en las empresas es la específica y amplia regulación sobre as Centrales receptoras de alarmas de uso propio así como de los Centros de Control o de Videovigilancia cada vez más habituales en empresas de mediano y gran tamaño. 

10. ¿Y la Seguridad de la Información y Ciberseguridad que está tan de moda? 

A. Una gran novedad, aunque no podía ser de otra manera, es la inclusión (por fin) de la seguridad informática en el reglamento. Se establecen requisitos y condiciones a las empresas que presten este tipo de servicios de Seguridad de la Información o Ciberseguridad para garantizar la calidad de sus servicios en función de para qué tipo de cliente estén trabajando. Aunque seguramente escaso, este constituye el primer desarrollo reglamentario de la Seguridad Informática en España, Histórico.

B. En línea con lo anterior, otra novedad es la necesidad obligatoria de que las empresas de seguridad informática y las empresas de seguridad privada que quieran prestar servicios en sectores estratégicos definidos en la normativa de Infraestructuras Críticas se sometan a una auditoría externa obligatoria. Esta obligatoriedad es una tendencia cada vez más habitual en todos aquellos sectores económicos y esenciales tales con el sector financiero o el sector sanitario, ejemplo de la importancia que el legislador le atribuye al sector de la seguridad privada. 


(+) PUNTOS POSITIVOS DE ESTA PROPUESTA DE REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA 

Como siempre, depende. Depende de si eres un vigilante de seguridad, un detective privado que está pagando autónomos, una empresa de seguridad pequeña o una empresa de seguridad grande. En términos generales el Reglamento es positivo al:

1. Regular más el sector y dar más seguridad jurídica a profesionales y empresas por estar ejerciendo funciones que están previstas en la ley.

2. Mantener vigentes indefinidamente las TIP ya obtenidas así como los diplomas expedidos hasta la fecha de cualquier vigilante de seguridad, sus especialidades y los grados y cursos de detective privado y Director de Seguridad.

3. Regular el intercambio de información, no solo hacia la Policía sino hacia el personal de seguridad privada para que pueda: (1) adoptar medidas de protección adecuadas ante riesgos e incluso (2) facilitar datos personales para prevenir peligros reales para la seguridad ciudadana o para evitar comisión de delitos.

4. Reconocer social e institucionalmente al sector, estableciendo oficialmente el Día de la Seguridad Privada, concediendo reconocimientos honoríficos al personal de seguridad privada.

5. Establecer medidas de seguridad obligadas para las empresas de seguridad privada: (1) sistema de seguridad físico y electrónico, (2) área restringida destinada a la custodiade información y documentación sensible, (3) sistema informático acorde con la clasificación del nivel de criticidad, (4) un plan de seguridad frente a riesgos y amenazas y (5) un plan de contingencia para garantizar la continuidad de la actividad cuando se materialicen las amenazas. Estas medidas son coherentes tratándose del sector encuestión, aunque la clave está en cuánto tiempo permitirán dar de alta estas medidas de seguridad y si darán ayudas a las que las empresas puedan acogerse.

6. Darle mayor contenido a la figura del Director de Seguridad al considerarle interlocutor y enlace con la Administración en relación a los siguientes ámbitos. En la mayoría de empresas esos ámbitos están diseminados entre diferentes departamentos por lo que el hecho de que lo incluya el Reglamento da fuerza para que dichas competencias las acabe vehiculando el Director de Seguridad:
a) Materias clasificadas. 
b) Infraestructuras críticas. 
c) Seguridad de la información y las comunicaciones. 
d) Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. 
e) Protección contra incendios. 
f) Seguridad laboral. 
g) Intercambio de información con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sobre cuestiones relativas a delincuencia, de las que se tuviesen indicios o conocimiento en su entidad. 
h) Actuación ante situaciones de emergencia que afecten a la propia empresa o cuando esta aporte recursos en caso de situaciones de catástrofe o emergencia pública. 
i) Cualquier acción de colaboración público-privada en el marco de la Estrategia de Seguridad Nacional.
j) Cualquier otro que afecte a la seguridad de su organización y contribuya a la persecución de delitos e infracciones.

(-) PUNTOS NEGATIVOS DEL REGLAMENTO

Aún así, creemos que este borrador de Reglamento es mejorable en los siguientes puntos:

1. Se pierde una oportunidad de profesionalizar el sector: cada vez hay menos gente que quiere ser vigilante de seguridad por las condiciones laborales y económicas que lleva asociadas una profesión con tantos riesgos intrínsecos. Si no se hace atractiva la profesión, difícilmente se atraerá a personas que quieran dedicarse a la seguridad privada vocacionalmente.

2. Se podría haber aprovechado para exigir mayor calidad en la formación impartida en los Centros de Formación y Universidades: las formaciones de seguridad privada no tienen un método pedagógico moderno, dinámico ni interactivo; los contenidos impartidos son cada vez más teóricos y las prácticas solo se hacen cuando son imprescindibles, sin importar si el candidato ha adquirido realmente los conocimientos y habilidades que lleva asociada la TIP.  Tampoco está previsto el reciclaje en cursos complementarios que ayudarían al profesional a ampliar sus capacidades y habilidades, tales como cursos deciberseguridad, autoprotección, gestión de conflictos, entre otros, que va a necesitar a lo largo de su trayectoria profesional. Haz clic aquí para consultar nuestro método y loscursos sobre ciberseguridad, inteligencia y autoprotección.

3. Flexibilizar en términos prácticos y viables la figura de agente de autoridad (como pasa en algunos países de nuestro entorno): se ha producido un avance no exigiendo lapresencia de FCS en el lugar de los hechos y reconociéndola en algunos supuestos concretos pero, aún así, con el actual redactado, será difícil que jurídicamente se reconozca esta protección jurídica en todos los casos en los que se produzca una agresión o desobediencia a un profesional de la seguridad en el ejercicio de sus funciones.

EN RESUMEN

Este borrador del Reglamento es un avance en muchos ámbitos. Aún así, ha dejado algunos temas a medias que podría haber consolidado en una norma de tanta repercusión para el sector y para la seguridad en general.

Y.. ¿CUÁNDO ENTRARÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?


Responsables políticos y altos funcionarios del Ministerio de Interior, en varias ocasiones,han comentado que será a la vuelta de verano cuando este Reglamento vea la luz definitivamente.  De todos modos, esto lleva diciéndose varios años y siempre se ha ido posponiendo hasta la fecha, por lo que esperamos que esta vez sea cierto. La sociedad lo demanda. Las empresas lo necesitan y el entorno de riesgo lo exige


si quieres leer el borrador completo pincha aqui


inigo.ccoo@hotmail.com

martes, 26 de septiembre de 2017

acción de Prosegur sigue imparable

Prosegur sigue imparable en Bolsa y vuelve a valer más que su filial



La acción de Prosegur sigue imparable en Bolsa. La acción acumula 16 subidas en las últimas 20 sesiones (avanzó un 1,98% este lunes), marca un nuevo maximo del año en los 6,19 euros por acción y la capitalización bursátil supera ya los 3.800 millones de euros.

El rally, que alcanza ya el 8% en el mes de septiembre, permite al grupo de seguridad corregir el desfase en el que incurrió con su filial hace dos semanas. Entonces, con la acción de Prosegur Cash disparada también en Bolsa, paradójicamente el valor de mercado de esta última superó la de la matriz. Corregida esta anomalía, ambas compañía ya están en positivo en 2017. Prosegur ha dejado atrás la corrección gracias a la gran reacción de las cuatro últimas semanas y ya sube cerca de un 6% este año. Cash, por su parte, se ha revalorizado un espectacular 25% desde su salida a bolsa en marzo a 2 euros por acción.


Precisamente la fortaleza de la filial que está detrás del gran avance de Prosegur en los últimos días, ya que ha provocado el cierre de numerosas posiciones cortas sobre la matriz.. Según el último recuento de la CNMV, las posiciones cortas sobre Prosegur se han desplomado un 57% desde el 0,51% hasta el 0,22% del capital. Es el nivel más bajo del año y de los últimos tiempos. Los bajistas han salido de Prosegur en estampida por el buen comportamiento de la filial y porque consideran que el potencial bajista de la empresa de seguridad ya estaba agotado. Los analistas asignan a la compañía un potencial alcista de alrededor del 10% desde los niveles actuales.

inigo.ccoo@hotmail.com

lunes, 25 de septiembre de 2017

Huelga en Marsegur






Huelga en Marsegur, 99% de seguimiento en Defensa, a falta de datos del resto de sectores afectados. En la imágen funcionarios de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz en la calle, sin poder acceder a sus puestos de trabajo.


A las 00:00 horas de hoy lunes 25 de septiembre primer día de huelga convocada por los tres sindicatos mayoritarios del sector, UGT, CCOO y USO, un miembro del comité de huelga , informa de que tras ponerse en contacto con él, los diferentes territorios en los que los 188 centros dependientes del Ministerio de Defensa, como bases, cuarteles, sedes regionales, edificios históricos, museos, hospitales militares, tiene seguridad privada, siendo la empresa ‘PIRATA’ Marsegur la adjudicataria de los mismos. "Se puede afirmar de que el seguimiento de la huelga es del 99% de la plantilla, más de 700 vigilantes en toda España solo en Defensa".

Estamos a la espera de datos de los servicios que esta empresa PIRATA tiene en el resto del territorio nacional.

Huelga provocada por los retrasos e impagos reiterados de MARSEGUR con sus trabajadores y familias a los que ha llevado a la miseria económica, esta empresa PIRATA.

En la subdelegación del Gobierno en Badajoz han secundado la huelga el 100%, los funcionarios está mañana se encontraron las puertas cerradas y tuvieron que entrar por el garaje, provocando que saltasen las alarmas.

También en el acuartelamiento Sancha Brava de Badajoz han secundado la huelga todos los VS.

.- En Sevilla 100%





inigo.ccoo@hotmail.com

domingo, 24 de septiembre de 2017

Detenida tras insultar, agredir y amenazar de muerte a una vigilante de seguridad




La arrestada se alojaba en un hospedaje de Beiramar, donde protagonizó algunos incidentes


Una mujer ha sido detenida en Vigo acusada de insultar, amenazar de muerte y agredir a la vigilante de seguridad de un hospedaje, informaron hoy fuentes policiales. Identificada con las iniciales M.N.B., de 36 años de edad, natural de Barcelona, la mujer fue detenida ayer por agentes de la Policía Local de Vigo.


Los agentes, tras recibir una denuncia, acudieron hacia las 15:50 horas a un hospedaje de la avenida de Beiramar, donde la mujer se había alojado durante dos días creando bastantes problemas tanto a los usuarios como al personal, según las citadas fuentes. La mujer se presentó "formando escándalo", por lo que la vigilante de seguridad le pidió que depusiese su actitud o, de lo contrario, tendría que llamar a la Policía. Entonces, comenzó entonces a insultar y a agredir a la agente y llegó incluso, en presencia de los agentes, a indicar que cuando se fueran "la mataría", señalaron las mismas fuentes.